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Introduccion Al Derecho Privado


Enviado por   •  20 de Enero de 2014  •  763 Palabras (4 Páginas)  •  523 Visitas

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS

UAPA

ESCUELA DE NEGOCIOS

CARRERA:

DERECHO

ASIGNATURA:

Introducción al derecho privado

TEMA:

Prctica2

PRESENTADO POR:

FACILITADOR/A:

YUDELKA PADILLA

Santiago de los caballeros, República Dominicana

Realización de un diario de doble entrada considerando:

a. Distinguir los tipos de Constitución.

b. Identifica a cual se circunscribe la Constitución dominicana.

c. Clasifica las fuentes del derecho.

CONSTITUCIÓN ESCRITA:

Es aquella que ha sido otorgada y votada por un magistrado o por una asamblea con capacidad para hacerlo y que figura estampada de documentos con fuerza jurídica. Por ejemplo la constitución dominicana.

La constitución dominicana de circunscribe a la rígida.

Son aquellas que han sido votadas por una asamblea especialmente establecida o apoderada para aquello únicamente, y que no puede ser modificada sino por una asamblea de la misma naturaleza.

CONSTITUCIÓN NO ESCRITA O CONSUETUDINARIA:

Es aquella que está integrada por normas tradicionales reconocidas como suprema por los pueblos y gobernantes (formada sobre la costumbre) implica un conjunto de normas basadas en prácticas jurídicas y sociales de constante realización. Inglaterra es un ejemplo de este tipo de constitución, no quiere decir que sus normas no han sido dictadas como tales por una autoridad o asamblea.

CONSTITUCIÓN EXTENSA:

Es aquella que su contenido alcanza una gran extensión de artículos, por ejemplo de la Colombia que tiene 380 artículos.

Clasifica las fuentes del derecho.

Las fuentes del derecho se clasifican en:

* Fuentes formales.

* Fuentes reales.

* Fuentes históricas.

Fuentes formales: son las formas a través de las cuales se manifiesta la norma jurídica Son los distintos modos de manifestarse externa y socialmente la norma. El concepto de fuentes del derecho en sentido formal es, en parte, confuso por las siguientes razones. En primer lugar, se dice fuente formal para designar tanto al "acto" a través del cual se producen normas jurídicas, como al "modo de expresión" a través del cual se exterioriza el producto de un acto normativo, es decir, el texto o documento en que se formulan las normas

Así, cuando se habla de la Constitución como una fuente formal de derecho se puede hacer referencia tanto al acto producto del ejercicio de la potestad constituyente (esto es, la facultad de dictar normas constitucionales) como al texto mismo en donde se encuentran las normas.

Fuentes reales: Son los factores y elementos que determinan el contenido

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