LEGITIMACION
Enviado por steph13 • 29 de Octubre de 2013 • 694 Palabras (3 Páginas) • 406 Visitas
LA LEGITIMACIÓN
Era, ni más ni menos, un acto jurídico por el cual se reconoce la calidad de legítimo al hijo que en principio no la tiene.
Ese acto, en el derecho actual, tiene caracteres muy distintos de los que tuvo en el romano. Es que para saber lo que constituye la legitimación, precisa examinar las distintas clases de hijos: legítimos, legitimados, naturales e ilegítimos.
Los legítimos eran los concebidos dentro de matrimonio. Los naturales los habidos en relación de concubinato y los ilegítimos todos aquellos que eran productos de relaciones sexuales extramatrimoniales distintas al concubinato.
Conforme al Derecho Romano únicamente podían ser legitimados los hijos concebidos en concubinato, los cuales, se repite, eran los llamados naturales. Ese derecho castigaba severamente las relaciones sexuales extramatrimoniales a excepción del concubinato. El tratamiento jurídico distinto dado a éste, como lo sostiene Pedro Bonfante en su obra “Instituciones de Derecho Romano”, seguramente devino, o a consecuencia de las penas graves contra el stuprum (relación sexual por fuera de las justas nupcias con mujer honesta), o a causa de la prohibición de las nupcias entre senadores y libertas o mujeres de teatro, entre ingenuos o mujeres ignominiosas, entre gobernadores provinciales y mujeres de la provincia gobernada, o también tal vez, en razón de haberse prohibido el matrimonio en la clase de los militares.
El mismo autor citado señala que el concubinato era la cohabitación con una mujer de baja condición social, sin affectio maritalis, situación que hacía que el concubinato no pudiera confundirse fácilmente con la legítima relación conyugal derivada del matrimonio, más cuando los preceptos legales establecían que la cohabitación de hombre romano con mujer honesta e ingenua entrañaba matrimonio siempre, supuesto que, caso contrario, habría stuprum.
En la época del imperio cristiano, el concubinato adquirió carácter de verdadera institución jurídica que a larga, no obstante, los emperadores buscaron suprimir, pero sin perjuicio de que los liberi naturales, como eran denominados los hijos de las concubinas, pudieran ser legitimados, bien por el matrimonio posterior de los padres, ora por la oblación a la curia, o por rescripto imperial.
Por matrimonio posterior de los padres concubinarios, dado que el concubinato sólo era permitido, como unión lícita, entre hombre y mujer romanos solteros que carecieran de impedimentos para un matrimonio posterior, el cual, si se efectuaba, tenía la virtud de legitimar al hijo previo habido en la relación de cohabitación.
Respecto a la oblación a la curia se tiene que primitivamente todos los romanos púberes varones constituían el ejército; que la evidencia histórica patentiza que más tarde las armas fueron entregadas a
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