La Constitucion
Enviado por daisyglz930109 • 24 de Septiembre de 2012 • 2.033 Palabras (9 Páginas) • 385 Visitas
LAS CONSECUENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO DE LA CONSTITUCION CADIZ
La Constitución española de 1812, conocida popularmente como la Pepa, fue promulgada por las Cortes Generales de España, reunidas extraordinariamente en Cádiz, el 19 de marzo de 1812. Se le ha otorgado una gran importancia histórica por tratarse de la primera constitución promulgada en España, además de ser una de las más liberales de su tiempo. Respecto al origen de su sobrenombre, la Pepa, no está muy claro aún, pero parece que fue un recurso indirecto tras su derogación para referirse a ella, debido a que fue promulgada el día de San José.
La revolución iniciada en Cádiz suscitó la contrarrevolución fernandina. El 4 de mayo de 1814 el recién restaurado rey Fernando VII decretó la disolución de las Cortes, la derogación de la Constitución y la detención de los diputados liberales, entre los que se encontraban el diputado Ramón Olaguer Feliú. Comenzaba el regreso del absolutismo. El día 10 el general Eguía tomó Madrid militarmente proclamando a Fernando como rey absoluto. Previamente, se había gestado todo un clima de bienvenida popular.
Fernando VII se opone a los decretos y a la constitución de las Cortes de Cádiz porque significan el paso de un Estado absolutista a uno constitucional. Es obvio, pero también hay que subrayarlo con énfasis, porque tras los decretos de igualdad de derechos y de representación, tras una constitución para «ambos hemisferios», y tras decretar la constitución de un Estado nacional en el cual los territorios americanos se integraban como provincias, la Corona perdía no sólo su privilegio absoluto sobre el resto de individuos, sino las rentas de todo el continente americano que pasaban directamente a poder del aparato administrativo estatal y no del monarca, al establecer el nuevo Estado nacional una sustancial diferencia entre la "hacienda de la nación" y la hacienda real. No podría consentirlo Fernando VII.
Por otra parte, la representación política y la igualdad de derechos de los americanos se tradujo en una reivindicación de soberanía que colisionaba con la nacional, al estar ésta concebida por los liberales peninsulares como única, central y soberana. El conflicto se estableció no solo entre un rey absoluto y la soberanía nacional y sus instituciones y representantes sino también entre una concepción centralista del Estado (basada en el gobierno de Madrid) y una descentralizada. Nada nuevo en el universo de las revoluciones burguesas, podría concluirse, pero la cuestión es que no era, estrictamente, sólo una revolución española, si se precisan no sólo la nacionalidad sino también los territorios del Estado en cuestión.
Hasta la década de 1820, la mayor parte del criollismo era autonomista, no independentista. Podía asumir una condición nacional española, pero a cambio de un autonomismo en América para todas las cuestiones de política interna, lo que implicaba la descentralización política y las libertades económicas. Para lograr sus pretensiones, los americanos planteaban una división de la soberanía a tres niveles: la nacional, representada en las Cortes; la provincial, depositada en las diputaciones; y la municipal, que residía en los ayuntamientos. Esta triple división de la soberanía, combatida por los liberales peninsulares, se legitimaba en los procesos electorales. Con estas propuestas, el autonomismo americano estaba planteando un Estado nacional no sólo con caracteres hispanos, sino también desde concepciones federales.
Los americanos depositaron toda la organización del Estado en la capacidad representativa y administrativa de las diputaciones provinciales como instituciones capaces de canalizar, administrar y recaudar las pretensiones y necesidades del criollismo de cada provincia. Esto provocó una doble reacción: por una parte el rey se opuso al federalismo, dado que los Estados que eran federales o confederales tenían la república como forma de Estado: los Estados Unidos de América y Suiza. Pero además, federalismo era sinónimo, en aquellos momentos, de democracia, asociada a elementos de disolución del Estado absolutista, y por ende tachados de "anárquicos". En segundo lugar, la propuesta federal de los americanos provocó una reacción cada vez más centralista entre los liberales peninsulares, que insistían en que la soberanía nacional (al ser indivisible) no podía delegarse en modo alguno en diputaciones provinciales y la maquinaria administrativa debería ser manejada sólo desde la Península.
Tras la década absolutista, frustrada la opción autonomista gaditana, el nacionalismo ultramarino optó por la insurrección armada, lo que condicionó la situación final revolucionaria española hasta el triunfo de las independencias continentales americanas en 1825.
PLAN DE IGUALA
El Plan de Iguala (1821), también conocido como el Plan de las Tres Garantías (Plan Trigarante) fue proclamado el 24 de febrero de 1821, en la etapa final de la Guerra de la Independencia de México. El plan fue un intento para establecer una base constitucional para un Imperio mexicano independiente. El Plan de Iguala se proclamó de la ciudad de Iguala, en el estado actual de Guerrero.
El Plan de Iguala fue un pronunciamiento político proclamado por Agustín de Iturbide el 24 de febrero de 1821 en la ciudad de Iguala de la Independencia, Guerrero; en el cual se declaraba la Independencia de México.
Sus tres puntos fundamentales fueron:
1. Establecer la independencia de México de España.
2. Establecer la religión católica como única.
3. Establecer la unión de todas las clases sociales.
Más tarde, estos tres principios (Religión, Independencia y Unión) se convertirían en las Tres Garantías que promovió el ejército que sustentaría al gobierno, al que, por la misma causa, se le llamó Ejército Trigarante.
Según este plan, el gobierno que adoptaría como nación independiente sería el de una monarquía moderada, cuya corona sería otorgada a Fernando VII miembro de la Casa de los Borbones, o en su defecto, a algún otro infante.
El plan suprimía, además, las distinciones étnicas entre los habitantes de la hasta entonces Nueva España; declaraba la igualdad de todos los individuos y, por lo tanto, en adelante todos tendrían los mismos derechos.
Para gobernar al nuevo país en lo que llegaba un príncipe a ocupar la corona, el plan proponía la creación de una "Junta Gubernativa" y, posteriormente, una Regencia que se encargaría de gobernar en lo que se elegía al nuevo emperador. Además convocaría a las Cortes para elaborar una Constitución.
El plan es una reacción
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