La codificación en el Perú
Enviado por Teto1994 • 8 de Mayo de 2013 • Ensayo • 1.611 Palabras (7 Páginas) • 363 Visitas
INTRODUCCION:
L a codificación en el Perú republicano se inicio en el siglo XIX después de las guerras de la independencia, a pesar de la inestabilidad política y las contradicciones entre las tendencias liberales y conservadoras el proyecto era ambicioso y a la vez necesario.
En un inicio la arraigada influencia española y el uso de un ordenamiento jurídico similar provocaron un desapego a dicho sistema, por parte de las tendencias liberas, aún así la doctrina jurídica española influyo mucho en la elaboración del primer código civil (1852), no dejando de lado el derecho comparado, en especial el francés que era el más desarrollado y completo de la época.
Más adelante por los cambios que se dieron a lo largo de la sociedad peruana y la crisis imperante después de la guerra del pacifico, el código de 1852 quedo desfasado.
En el gobierno de Augusto B. Leguía y su denominada “Patria Nueva” busco acabar con la crisis y las heridas dejadas por la guerra con chile; el nuevo código civil de 1936 dictado por resolución suprema tuvo influencia alemana, suiza (Rep. Federal) y brasileña . Considerado como un código dogmatico frente al anterior, el código civil de 1936 diseñado por insignes juristas entre ellos Manuel Augusto Olaechea ha de ser cambiando a poco menos de cumplir 50 años según algunos para adaptarse al nuevo contexto que se vivía en el Perú y preferentemente para “humanizarlo” en cuanto a materias obligacionales y de contratos, con esto se daría inicio a la tarea de la constitutiva de elaborar un nuevo código civil (1984); ahora ya casi con 30 años de eficacia el código civil de 1984 requiere algunas reformas según algunos juristas en materia obligacional, ya que esta es la esencia que dinamiza todos los actos contractuales.
El cambio en el código civil no implica una inestabilidad jurídica sin embargo su modificación es algo necesario en cuanto a los cambios sociales para hacer más justas las relaciones o actos jurídicos que se den en el tiempo; esto no implica dejar de lado la herencia de legislativa de códigos anteriores ni mucho menos dejar de lado el derecho comparado. El cambio de un código civil radica en la necesidad para el bienestar social.
1. ¿Qué es un Código Civil?
El profesor Luis DIEZ-PICAZO siguiendo a GIOVANNI TARELLO, recuerda que las expresiones códice, código y codificación son vocablos de remota ascendencia que derivan de la palabra latina "codex". El codex -continua este autor- "fue, originaria¬mente, una forma tecnológica en la confección de los textos escritos ", y el código, "un libro paginado, cuyas páginas aparecen unidas por uno de sus lados" y no en forma de rollos.
A manera general un Código civil es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, privadas o públicas, en este último caso siempre que actúen como particulares desprovistas de imperium, se entiende que un código civil fue la mayor manifestación de la doctrina liberal basada en la igualdad y libertad de los miembros de una sociedad determinada, sin embargo el código civil no solo regula las relaciones de entes particulares entre sí, también los entes estatales con los particulares siempre cuando los primero no utilicen su poder de imperium.
2.- CODIGO CIVIL DE 1852:
La naciente republica peruana, la guerra de la independencia, la arraigada herencia española, la implantación de la dictadura bolivariana, crisis política e inestabilidad social y económica una demanda urgente sobre la legislación civil y la necesidad de brindar seguridad jurídica a la nueva republica se vio marcada por dos tendencias principales de la época (Liberales y Conservadores).
En un inicio la tarea de codificación en el Perú inicio a petición del libertador Simón Bolívar en materia civil y criminal a cargo de Don Manuel Vidaurre, para mala suerte esta comisión no funciono pues el Perú aun no tenía una carta política.
Después, el nacimiento de la confederación Peru-Bolivina a cargo del mariscal Andrés de Santa Cruz la implantación de códigos bolivianos en el estado sur peruano influenciados por el código de napoleónico y algunas referencias del derecho español, como lo cita Jorge Basadre Ayulo:
“El código civil de Andrés de Santa Cruz constituye a su vez la recepción parcial del Código civil francés de Napoleón Bonaparte y otras disposiciones Castellanas […] ”.
El fin de la confederación trajo consigo inestabilidad jurídica volviéndose las legislaciones españolas desfasadas que no se adecuaban a la realidad nacional ni Latino americana, era algo irónico en un país anti-hispánico el ordenamiento jurídico regio bajo dichas leyes.
En el gobierno de Rufino Echenique y como ministro de Justicia a don Bartolomé Herrera, se formo una comisión codificadora compuesta por los ilustres juristas Manuel Lorenzo de Vidaurre y Encalada, Nicolás de Araníbar, Justo Figuerolla, Manuel Pérez de Tudela.
Algunos críticos consideran que el código civil de 1852 es una fiel adaptación del código Napoleónico.
El código de 1852 constaba de un Titulo preliminar
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