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Ley 43 1990


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2011  •  914 Palabras (4 Páginas)  •  4.679 Visitas

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La ley 43 de 1990 expresa claramente el concepto de lo que es el Contador Público, dice que es la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente, está facultada para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros, realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general.

La relación de dependencia laboral inhabilita al contador para dar fe pública sobre actos que interesen a su empleador. Esta inhabilidad no se aplica a los revisores fiscales ni a los contadores públicos que presten sus servicios a sociedades que no este obligadas, por ley o por estatutos, a tener revisor fiscal.

Los Contadores Públicos, cuando otorguen Fe Pública en materia contable se asimilarán a funcionarios públicos para efectos de las sanciones penales por los delitos que cometieren en el ejercicio de las actividades propias de su profesión, sin perjuicio de las responsabilidades de orden civil a que hubiere lugar conforme a las leyes.

Empezare definiendo que es ética profesional para poder escribir sobre los artículos consagrados en la Ley 43 de 1990. La ética es una palabra de origen latín ETHICUS y este del griego (ETHIKA – ETHOS “comportamiento”, costumbre) para mi concepto la ética y la moral solo es un debate entre lo bueno y lo malo, lo correcto y lo incorrecto, lo que se debe hacer y lo que no se debe hacer, o así lo entiendo yo, que en ese orden de ideas la ética profesional de un Contador, se entiende y se rige por las normas contempladas para cumplir con la mayor responsabilidad, confidencialidad y honestidad el trabajo encomendado por todas aquellas personas que confían de alguna manera sus finanzas, sus empresas y recursos al Contador, sin poner en riesgo su buen

La ley 43 de 1990 en Colombia establece lo q hoy se concibe por la profesión de Contador Público, entendida esta como, aquel profesional que tiene la facultad de dar fe pública, es decir que se dedica a aplicar, analizar e interpretar, la información contable y financiera de una organización, con la finalidad de diseñar e implementar instrumentos y mecanismos de apoyo a las directivas de la organización en el proceso de Toma de decisiones. Se conoce también como aquel experto con formación universitaria en ciencias empresariales, con especial énfasis en materias y prácticas contable-financiero-tributaria-administrativas, auditoría externa e interna y servicios de asesoramiento empresarial, el cual cumple con unas funciones relacionadas con la ciencia contable en general, las que implican organización, revisión y control de contabilidades, certificaciones y dictámenes sobre estados financieros.

En cuanto a la fe pública, el estado da la facultad de que los contadores puedan dar por escrito el testimonio de determinados actos con el fin de satisfacer

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