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MARIANO OTERO APORTACIONES


Enviado por   •  22 de Febrero de 2013  •  1.955 Palabras (8 Páginas)  •  3.291 Visitas

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MARIANO OTERO APORTACIONES

Josef Mariano Fausto Otero Mestas de origen jalisciense, mexicano y distinguido jurista y político, que proclamó los principios jurídicos y morales que deben observarse en todo buen gobierno, que intervino en diferentes discursos, proyecto, cartas y actos nacionales de relevancia para la vida del país.

Después de la independencia, México pasó una etapa de organización y reacomodo sobre el estilo de gobierno que debía imperar en nuestro país, de ahí las discrepancias entre conservadores y liberales, quienes luchaban por un sistema federalista, representativo y popular, que diera seguridad y bienestar a los gobernantes y donde la autoridad garantizara leyes que dieran orden a la sociedad.

Después de la constitución de 1824, en esa larga batalla de organización surgieron personalidades que debido a la necesidad de mejorar al país, aportaron ideales que han hecho eco y siguen vigentes hasta nuestra actualidad en el terreno político, económico y social.

El presente trabajo me ha permitido conocer de manera más detallada sus obras, pensamiento y gran preocupación de Don Mariano Otero quien participó en esas épocas de organización en los más importantes y trascendentales actos políticos del país como lo es el acta reforma de 1847; ocupó puestos políticos de renombre, fue diputado, senador, alcalde de la ciudad de México, ministro de Relaciones Exteriores que le permitió hacer infinidad de valiosísimas aportaciones a nuestra nación en el ámbito constitucional, legal y político, siendo los más importantes el Juicio de Amparo, institución que ha garantizado los derechos humanos de los gobernantes ante las autoridades que de manera arbitraria y excesiva hace uso de su poder; y de lo que es ahora las acciones de inconstitucionalidad.

También participó en el periodo en el que se desarrollaron las negociaciones de paz entre México y los Estados Unidos de América que culminó en el tratado de Guadalupe Hidalgo.

Aportaciones legales obra política y documentos históricos

La obra inicia con un título introductorio de la biografía del gran jurista jalisciense José Marino Fausto Andrés Otero Mestas, quien logró grandes aportaciones al Derecho Constitucional Mexicano a mediados del siglo XIX, como lo es el juicio de amparo y lo que en la actualidad se denomina Acción de Inconstitucionalidad.

Alguna de sus grandes aportaciones jurídicas, primeramente, fue la propuesta de una constitución con objetivos de armonizar los intereses del pueblo; que se estableciera una República popular y federal de forma equilibrada, donde se estipulara los principios generales, la soberanía, y que las personas y funcionarios no hicieran el mal, sino que se estipularan sanciones; que se ordenara la constitución en cuatro partes: iniciando con las ideas fundamentales necesarias y accidentales; con artículos necesarios; normas accidentales y las reformas no debían mezclarse con las normas anteriores. Insistió en una forma de gobierno federal, virtud que el centralismo no daba la felicidad. Que la tutela judicial estuviera a cargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como mejor baluarte, con atribuciones de interpretación de leyes, tratados, etc, y diera equilibrio entre los poderes supremos, la monarquía por ejemplo; asimismo, resolviera sobre asuntos de inconstitucionalidad o legalidad de una ley y de los recursos de nulidad y que tuviera independencia en el pago, no debía de depender del presidente. Por otra parte consideró que era una anomalía el fuero militar, “La milicia sin privilegios”.

Otero se pronunció por la federación y la democracia y en el voto particular al proyecto de Constitución, argumentó que las constituciones de 1824 y 1835 centralistas, tuvieron deficiencias; propuso modificar la constitución del 24 con los requisitos constitucionales y legales siguientes: Como derechos de los ciudadanos, implementó el derecho al voto y el sufragio “los ciudadanos con ciertos requisitos legales y constitucionales para ser representantes”; propuso también que se fijaran en la Carta Magna las garantías individuales y su aseguramiento de inviolabilidad. Que los diputados fueran pocos, tres senadores por estado; la eliminación del vicepresidente por conspiración contra el presidente; propuso el juicio político como control constitucional; se pronunció por una sistema de gobierno mixto, siguiendo los ideales de soberanía y democracia de Aristóteles, Rosseao, Montesquieu y Destutt de Tracy.

Mariano Otero, como es sabido, redactó el Acta de Reforma donde planteó cuatro puntos importantes: primeramente, la soberanía de los Estados de la República, señaló los derechos del hombre y la ciudadanía y, la suspensión de las garantías; estipuló las bases para la representación nacional y los requisitos de elegibilidad para diputados federales y senadores de la República; estableció que los controles constitucionales y políticos estuvieron a cargo del Congreso y los judiciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y por último, que los controles constitucionales sobre leyes consideradas inconstitucionales y el amparo para cualquier persona contra ataques de los poderes formales. También redactó el decreto sobre la traslación de los Supremos Poderes al Distrito Federal.

En el proyecto de ley sobre garantías individuales se establecieron los derechos del hombre y del ciudadano, que sirvió de base para la Constitución de 1857, en la que ya se establece en su primer capítulo las garantías individuales que hasta la actualidad se siguen conservando ahora como derechos humanos. En la ley constitucional para el nombramiento de ministros, consideró que la opinión mayoritaria de cinco quedara en tres; defendió las tres instancias en los procedimientos judiciales para garantizar la seguridad jurídica en el estado de derecho y consideró conveniente el recurso de “casación” (estilo francés).

Dentro de las aportaciones legales y de gran relieve al sistema jurídico mexicano, son las establecidas en el acta de reforma como el proyecto para la creación de tribunales de amparo, de la ley de amparo y de la administración.

Otero en su ensayo sobre el verdadero estado de la cuestión social

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