Magistrados Y Jueces Del Derecho Romano
Enviado por NoeRuiz • 18 de Marzo de 2013 • 2.990 Palabras (12 Páginas) • 4.439 Visitas
MAGISTRADOS Y JUECES
Juez es persona física que encarna la titularidad de un órgano unipersonal encargado de administrar justicia y tiene potestad y autoridad para juzgar y sentenciar en el caso que corresponda; también aquélla que forma parte de un tribunal colegiado, compuesto de tres o más miembros que reciben el nombre de magistrados y se encargan de impartir justicia, por regla general en grado de apelación o recurso interpuesto contra las sentencias de los órganos formados por un juez o un grupo de jueces. Todos ellos integran el poder judicial, uno de los tres grandes poderes en que se estructura el Estado de Derecho y tienen por función el juzgar los litigios presentados a su consideración o los delitos y faltas castigados en el Código Penal, y vigilar el cumplimiento de la sanción, todo ello con arreglo estricto a lo dispuesto en la ley y con total independencia, que debe ser respetada por los demás órganos del Estado y ciudadanos en general, cuando se encuentran en el ejercicio de sus funciones. En muchos países las autoridades judiciales constituyen un cuerpo de altos funcionarios del Estado al que se accede por examen de oposición entre licenciados en Derecho, y van ascendiendo por categorías hasta llegar a los grados y tribunales superiores. Un porcentaje de ellos se elige entre juristas profesionales de reconocido prestigio que lleven ejerciendo un cierto número de años, en casi todos los casos superior a 10. Su régimen es el de absoluta incompatibilidad con el ejercicio de cualquier tipo de profesión o negocios, toda vez que no debe ejercerse sobre ellos influencia o presión alguna que atente a su imparcialidad en el cumplimiento de su deber, que consiste en fallar, sin pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de las leyes, aplicando las fuentes del Derecho consideradas por el ordenamiento jurídico, y de acuerdo con el orden en el que se hallen establecidas.
Magistrado, miembro de la judicatura responsable de ejercer su función jurisdiccional en órganos colegiados. En un sentido amplio, juez es todo funcionario que imparte justicia o aquel encargado de resolver si lo que los sujetos reclaman se ajusta o no a Derecho. Sin embargo, en sentido técnico sólo es juez quien actúa de este modo en un juzgado: se pronuncia desde su soberanía unipersonal. En cambio, cuando hablamos de magistrados, el órgano de decisión está compuesto por varias personas, de modo que la resolución pertinente ha de adoptarse por mayoría de los miembros del tribunal. Existen ordenamientos en los cuales este matiz no siempre se observa ni respeta. Así, en materia laboral es habitual la denominación magistrado de trabajo, y sin embargo se trata en realidad de órganos judiciales unipersonales.
Magistrados:
Pretor posee funciones judiciales y tiene 3 facultades:
Imperium: Potestad delegada por el pueblo a través de la lex imperium la cual le otorgaba los siguientesderechos; de utilizar la coerción y las fuerzas publicas para el cumplimiento de su oficio.
Jurisdictio: Decir el derecho se ocupa de designar la norma del derecho prexistente aplicable al caso, o crear normas atraes del Edicto, de organizar la instancia frente a las partes y designar a un juez y el poder de dar solemnidad a los actos celebrados frente a él. Imperium Mixtum: Se ocupa de garantizar la ejecutoriedad de los actos y designados por el a través de ciertos atributos tales como la Missio in possesionis o la in integrum restitutio.
Jueces y Funciones:
• Jueces particulares:
El iudex: era un cargo unipersonal, estaba ocupado por un particular el cual iba a cesar en su labor cuando termine el conflicto. Se encargaba de dirimir la contienda ente las partes aplicando reglas de derecho estricto.
El Arbitro: Cargo unipersonal o colegiado (1 a 3 p) se ocupaban de dirimir los conflictos entre las partes según su leal saber y entender, principalmente se encargan de conflictos con cernieres a la buena fe.
Los Recuperadores: Cuerpo colegiado de 3 a 5 p. en principio se ocuparon de conflictos entre romanos y peregrinos para los cuales no había un derecho. Pero luego se comenzó a aplicar tb en conflictos entre Rom.
• Tribunales permanentes:
Los Decemviri: Son Nombrados por asamblea popular y se ocupan de conflictos tales como Juicios de estado es decir los que implican la libertad y la ciudadanía.
Los Centuviri: son un tribunal compuesto por 105 miembros organizados y divididos en colegias, los cuales se ocupan de causas hereditarias o en materia de reivindicación de propiedad. En ciertos casos se reunían en cesión plenaria.
Acción. Concepto: Es el derecho de perseguir ante un juez lo que se nos debe o Es un instrumento jurídico mediante el cual se pone en movimiento el aparato estatal para otorgar la protección de los derechos.
Evolución:
1−) En la Legis Actionis era esa especie de monologo que la parte debía recitar frente al el magistrado; es decir saber expresar el derecho subjetivo para que luego sea reconocido como objetivo.
2−) En el Procedimiento formulario: la acción es el derecho que combate por hacerse valer en justicia, existen tantas acciones como formulas propuestas en el edicto del pretor.
3−) Procedimiento Cognitorio: Acción es la facultad de demandar y obtener una protección del representante del poder público.
Clasificación de acciones:
Acciones reales y personales: Son reales las que recaen sobre las cosas (actio in rem), esta siempre se ejercen sobre la persona detenta la cosa o que impide el libre goce de la misma en función de un derecho real. Son acciones personales (in personam) aquellas que sirven para reclamar cualquier tipo de deudas o que provengan de un delito o el incumplimiento de un contrato. La acción debes solo ser ejercida sobre la persona del deudor.
Acciones Civiles y Honorarias: Son acciones civiles las pertenecientes al ius civile.
Son acciones honorarias las que previenen de el poder del pretor y se clasifican en tres:
Acciones Ficticias: Son aquellas en la que el pretor ordena que el juez juzgue teniendo como cierto u hecho que nunca se produjo (inexistente) se utiliza para conseguir soluciones justas que de otra forma no podrían ser así.
Acciones Útiles: Son aquellas que el pretor utiliza para las situaciones no previstas por el ius civile, en busca de dar protección a esas situaciones con el fin de dar soluciones justas y equitativas.
Acciones in Factum: Son las formulas creadas por el pretor que solo rigen para casos concretos, es decir cuestiones de hecho y según tales y cuales circunstancias. Son el caso de las acciones ex dolo o bonae fides.
Acciones con transposición de personas: son aquellas formulas que cuya intentio refiere a la obligación jurídica
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