Organizacion Territorial
Enviado por juanapetra1 • 19 de Febrero de 2015 • 3.258 Palabras (14 Páginas) • 157 Visitas
Si bien nuestro país cuenta hoy en día con un modelo de Estado claramente definido por la constitución de 1991, éste no es el que ha predominado siempre, ya que el mismo es producto de un proceso de conformación en donde se han instituido diversas formas de organización estatal. En virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta que la organización territorial es un elemento característico del actual modelo de estado, se elaborará una breve reseña histórica sobre los modelos de organización estatal que han existido en Colombia.
Desde que nuestro país se independizó como nación el 20 de julio de 1810, surgieron dos opciones posibles para organizar la república. Por un lado, se proponía un modelo de estado unitario el cual contaría con una constitución, un congreso y un poder central en cabeza del ejecutivo; y por otro lado, un modelo federal que se identifica con el establecimiento de varios estados dentro de un gran estado, cada uno de éstos tendría su propia constitución y parlamento pero estarían ligados entre sí por una única constitución federal, una moneda y un ejército común.
Durante estos primeros años de gestación nacional, el poder del estado se fue turnando en cabeza de dirigentes federalistas y centralistas, razón por la cual se crearon diversas constituciones en donde se instauraron uno y otro modelo. A la postre, se entró en una etapa de guerra civil en donde tanto federalistas como centralistas disputaban el poder, lo que causó divisiones al interior del estado y facilitó la posterior reconquista española en el año 1816. Por todo lo anterior, a este periodo de la historia nacional colombiana se le denominó “patria boba”. Posteriormente en la batalla de Boyacá del 7 de agosto de 1819 liderada por el general Simón Bolívar, se volvieron a expulsar a los españoles de la republica colombiana y se gozó nuevamente de independencia.
Ulteriormente se crea un modelo de estado centralista, caracterizado por el establecimiento de un poder ejecutivo concentrado y un orden territorial organizado por departamentos y municipios. En esta época surgieron disputas por la dirección del gobierno, pero ya no producidas por el tipo de modelo de estado a instaurar, si no por las diferencias ideológicas entre los grupos políticos del momento.
Por su parte, en el siglo XX, el departamento de Panamá logra independizarse de Colombia y las causas de este caótico hecho son endilgadas al excesivo centralismo y por ende al abandono por parte del estado de los departamentos y municipios. En consecuencia, dentro de este siglo se forjaron varias constituciones en las cuales se plasmó la intención que tenía el constituyente de quitarle atribuciones al poder central y brindarle mayor independencia a los entes territoriales.
Finalmente con la Constitución de 1991, se creó un modelo de estado central con descentralización administrativa, el cual representa un avance en la organización del estado pero que aún posee imperfecciones, dadas las particulares características desde el punto de vista cultural, social, político, étnico y geográfico de los entes descentralizados. (Basado en las Clases de Cátedra Rosarista, Universidad del Rosario, Profesor Rodrigo Lizarazo)
Este modelo de estado está plasmado en el artículo 1 de la Constitución Política:
Art. 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.(Constitución Política de Colombia, Articulo 1)
Efectuadas las anteriores precisiones, es relevante desarrollar más a fondo la descentralización territorial como parte de la estructura de la administración pública, a la cual nos habíamos referido en la lección anterior:
Sector Descentralizado Territorialmente:
a. Entidades Territoriales:
· Distritos: Se encuentran definidos por la Constitución Política de Colombia en su artículo 322 y siguientes, y los componen el Distrito Capital de Bogotá el cual cuenta con un régimen político, fiscal y administrativo establecido por la Constitución, las leyes especiales que para el efecto se dicten y las disposiciones vigentes para los municipios.
Su territorio será dividido por localidades con ocasión a las condiciones socioculturales de sus habitantes, dentro de las cuales deberá existir una Junta Administradora Local, que será elegida popularmente por un periodo de cuatro años, compuesta por un numero mínimo de siete ediles en proporción al número de habitantes de la localidad. (Constitución Política de Colombia, Artículo 322 y 323)
Por su parte, el consejo distrital como ente colegiado del Distrito Capital, está integrado por un concejal por cada ciento cincuenta mil habitantes o porción superior de setenta y cinco mil que tenga su territorio. (Constitución Política de Colombia, Articulo 323)
Sera función del Concejo distribuir las competencias y funciones administrativas, así como de las autoridades distritales el normal desarrollo de la ciudad y la debida prestación de los servicios asignados al Distrito. (Constitución Política, Articulo 322, ins 2)
De acuerdo a la ley, tanto los concejales como los ediles estarán inhabilitados para formar parte de las juntas directivas de las entidades descentralizadas. (Artículo 323)
Por otro lado, se encuentran el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta los cuales son tratados someramente por la Constitución del 91, como distritos que deberán mantener su “régimen y carácter”. Con la modificación que sufrió el artículo 328 a través del Acto Legislativo 02 de 2007, se incluyó dentro del mismo a la ciudad de Barranquilla como Distrito Turístico, Cultural e histórico y se dispuso la organización de Buenaventura y Tumaco como Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturismo.
A su vez se encuentra el Distrito Especial, Industrial y Portuario de la ciudad de Barranquilla el cual tendrá un régimen político, fiscal y administrativo determinado por la Constitución y toda ley especial que para el efecto se dicte y en lo no dispuesto en ellas, serán aplicables las disposiciones vigentes para los municipios. (Ley 768 de 2002)
· Municipios: Se crea como la entidad territorial más relevante dentro de la descentralización política del estado colombiano, debido a que
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