Perspectivas Teóricas sobre el Estado
Enviado por Maribel Novo • 17 de Junio de 2016 • Apuntes • 410 Palabras (2 Páginas) • 141 Visitas
Perspectivas Teóricas sobre el Estado
Primer Parcial
Consigna.
1. Elegir 2 (dos) pensadores entre los enumerados: Maquiavelo, Hobbes, Locke, Rousseau. El criterio de elección es totalmente personal y NO es necesario que lo fundamenten.
2. Analizar, comparando los autores elegidos, 1 (una) similitud y 1(una) divergencia entre ellos, en relación a su pensamiento sobre el estado, la política o el poder.
3. Desarrollar la respuesta en no más de una carilla. No es necesario apoyar las afirmaciones con citas. Se evaluará la manera en que expliquen por qué consideran que coinciden y difieren en los puntos que señalen.
4. El archivo debe ser nombrado de la siguiente manera: APELLIDO_NOMBRE_PTE_1P. Debe ser un archivo WORD.
- Pensadores elegidos : Thomas Hobbes
John Locke
- La principal similitud entre ambos pensadores es que tanto uno como el otro son contractualitas, de decir que piensa que la sociedad y el Estado nacen de un pacto. Ese pacto lo establecen los individuos que comienzan a ser parte de esa sociedad, dirigida por el Estado. Sin embargo uno posee un ideología de absolutismo monárquico, Hobbes, mientras que el otro tiene un pensamiento de liberalismo burgués.
Hobbes plantea el hombre es malo por naturaleza, que es egoísta, individualista. El describe un estado de naturaleza. En el estado de naturaleza rige el derecho natural, que es la libertad que cada uno tiene de conservar su vida y gozarla acrecentando sus bienes y aumentando su poder. Pero como todos poseen esta igualdad, se desean las mismas cosas, y entonces esto causa inseguridad. Pero la incertidumbre respecto a la propia seguridad y la desconfianza mutua, hace que el estado natural de los hombres donde rige el derecho natural sea el de guerra de todos contra todos. Para salir de este estado de naturaleza Hobbes plantea la llama “ley natural”: a traces de un contrato previo hecho por los hombres. Consiste en que cada uno accede, si los demás también consienten, a renunciar a ese derecho natural. Y se hace con vistas a la obtención de seguridad de conservar la propia vida y los propios bienes.
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