Regulacion Del Trabajo
Enviado por angelmendoza667 • 30 de Enero de 2013 • 6.631 Palabras (27 Páginas) • 297 Visitas
1 MENORES CON CONDUCTA ANTISOCIAL
La evaluación como proceso para la determinación de las necesidades educativas de los menores con conducta antisocial es instituciones de prevención y rehabilitación.
Es un fenómeno, proceso o acontecimiento, como soporte de una eventual decisión sobre el mismo, se inicia la etapa de planeación como parte del desarrollo de la evaluación para llegar al objetivo propuesto, que es: determinar las necesidades educativas de los menores con conducta antisocial en las instituciones de rehabilitación y prevención.
1.1 la importancia de los valores en la determinación de las necesidades.
Se viven en una profunda crisis de valores, no solo por que se enfrenta un creciente numero de actos antisociales y delictivos, sino porque se están relajando los criterios y costumbres sustituyéndose las normas objetivas por una ética relativista y hedonista centrada en el beneficio personal. Esta crisis esta afectando todas las facetas de la vida familiar, profesional y social.
Se requiere rescatar la fibra moral que impulse a fijarnos estándares más altos en nuestro comportamiento individual y colectivo. Vivimos en una época de profundas transformaciones sociales y económicas; nos presenta retos, no solo de competitividad y productividad, sino también de afianzar y fortalecer los valores que forman parte de nuestro quehacer profesional.
Los valores son considerados como el fundamento mismo de la educación, tanto en su proceso como en su finalidad. Las necesidades se determinan en un proceso de discusión mediante un proceso de cooperación de necesidades.
Se considera como tratamiento la aplicación de sistemas o métodos especializados, con aportación de la ciencia, técnicas y disciplinas pertinentes, para lograr la adaptación social del menor.
Es importante que el tratamiento sea integral, secuencial, interdisciplinario y aplicado al menor con el apoyo de su familia. Dicho tratamiento tendrá por objeto:
• lograr la autoestima del sujeto a través del desarrollo de sus potencialidades y de la autodisciplina necesaria para proporcionar el equilibrio entre sus condiciones de vida individual, familiar y social.
• Modificar los factores negativos de su estructura y o psicosocial para proporcionar un desarrollo armónico, útil y sano.
• Promover y proporcionar la estructuración de valores y la formación de hábitos que contribuyan al adecuado desarrollo de su personalidad.
• Reforzar el conocimiento y respeto a las normas morales, sociales y legales y de los valores que estas tutelan, conduciéndolos al conocimiento de los daños y prejuicios que puedan producir su inobservancia.
• Fomentar los sentimientos de solidaridad familiar, social, nacional y humana.
Los contactos para planificar la evaluación de necesidades de los menores con conducta antisocial de las instituciones de rehabilitación puedan recurrir a:
• Autoridades gubernamentales.
• Autoridades institucionales
• Técnicos encargados del proceso de rehabilitación de los menores.
• Padres de familia.
La técnica de los incidentes críticos (CIT). Supone observaciones directas o auto informes de conductas específicas que relacionan directamente el logro de unos resultados en una situación dada. El CIT es preguntar a los encuestados sobre sucesos o condiciones concretas observados recientemente que ilustren si una organización esta realizando un trabajo insatisfactorio o que una área requiere ser mejorada.
Técnica Delphi: la define como el método utilizado para pronósticos que permiten obtener datos de juicios relativos a futuros eventos.
2 ¿QUIÉNES SON LOS MENORES CON CONDUCTA ANTISOCIAL?
Los menores que manifiestan actividades o conductas contrarias a los buenos principios de la moral social: delincuentes juveniles, delincuentes infantiles, menores desviados, menores infractores o menores con conducta antisocial.
Estas expresiones se utilizan para designar aquellos preadolescentes jóvenes adultos que violan la ley penal de un país.
La delincuencia, como algo diferente a criminalidad y ser entendida a partir de diversas teorías que determinen como casuales a la inadaptación, problemas familiares, conflictos generacionales, situación económica, fracaso escolar, influencias negativas del medio, problemas congénitos.
Conforme a lo establecido por la ley los menores de edad no comenten delitos, sino conductas antisociales, debido a que no se considera que tengan el desarrollo intelectual y moral para responder sus actos.
Cuando el menor comete conductas tipificadas, como delitos en el código penal, no son sancionados, toda vez que la infracción que cometieron solo es típica y antijurídica. Careciendo de los elementos de imputabilidad, punibilidad y culpabilidad.
Por tal motivo, los menores que cometen dichos actos, se les llaman menores infractores debido a que no logran distinguir el bien del mal y son considerados jurídicamente incapaces, pues no logran comprender la significación completa trascendente moral y social de la conducta.
El menor con conducta antisocial generalmente se caracteriza por provenir de un hogar desintegrado, carente de afecto y de confianza vive en un constante conflicto porque así lo han introyectado de su hogar, porque no ha tenido el respaldo de su familia o porque es inseguro de si mismo: huye de todo lo que representa autoridad y control sumándose a pequeños grupos que le garantizan convivencia y libertad.
Para Solís Quiroga los menores infractores pueden cometer actos considerados en tres categorías.
1.- hecho cuya gravedad es tal que su tipo esta comprendido como delito en las leyes penales.
2.- hechos que violan las disposiciones reglamentarias de la policía de un buen gobierno.
3.- hechos de los que no se ocupa la legislación, pero cuya trascendencia es considerable para el futuro del menor, de su familia y de la sociedad; estos se dividen en dos subcategorías:
• Vicios y perversiones.
• Desobediencias sistemáticas, rebeldías constantes, faltas a la escuela e incumplimiento de deberes.
De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en 1985:
a) Menor es todo niño o joven que, con arreglo al sistema jurídico respectivo, puede ser castigado por un delito en forma diferente a un adulto.
b) Delito es todo comportamiento (acción u omisión) penado por la ley, con arreglo al sistema jurídico de que se trate.
c) Menor delincuente es todo niño o joven al que se ha imputado la comisión de un delito o se le ha considerado culpable de la comisión de un adulto.
Para Juárez Pérez J. R. en 1989 “conducta
...