TRABAJO DE REGULACION JURIDICA MEDIOS DE COMUNICACION
Enviado por elkao • 15 de Enero de 2014 • 8.234 Palabras (33 Páginas) • 266 Visitas
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
En la lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explicitas con base en la idea contemporánea del "derecho natural", Inglaterra incorpora en 1679 a su constitución la "Habeas Corpus Act" (Ley de hábeas corpus) y la "Bill of Rights" (Declaración de Derechos) en 1689. En Francia como consecuencia de la Revolución Francesa, se hace pública, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
En 1927 el Convenio de Ginebra prohíbe la esclavitud en todas sus formas. Los llamados "Códigos de Malinas" que abarcan la Moral Internacional (1937), Relaciones Sociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Código de Moral Política (1957), son intentos parciales de la conciencia pública por regular una seguridad mínima de respeto al individuo, habitualmente ignorado por los Estados. Como consecuencia de la Primera Guerra Mundial la Sociedad de Naciones impulsó los Convenios de Ginebra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de los prisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el documento titulado "Declaración Universal de Derechos del Hombre", conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos.
A partir del 10 de diciembre de 1948 en París se somete a votación el proyecto de Declaración, el cual fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros dos países miembros no estuvieron presentes en la votación.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París; en ésta se recopilan los 30 artículos los Derechos Humanos considerados básicos, a partir de la carta de San Francisco de 1945.
A raíz de dicha Declaración surge la Carta Internacional de Derechos Humanos, dado a la unión con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos, visto que la Declaración generalmente constituyó un documento orientativo, los pactos son tratados internacionales donde se obligan los Estados a firmar y cumplir con los mismos.
Con la presencia de los miembros de los Estados se dan las numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de derechos humanos, y el 80% de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales.
La DUDH (Declaración Universal de los Derechos Humanos) se compone de un preámbulo y treinta artículos, que recogen derechos de carácter civil, político, social, económico y cultural.
El 10 de diciembre de 2008 se cumplieron sesenta años desde la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En esa jornada, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al año siguiente, 2009, Año Internacional del Aprendizaje sobre los Derechos Humanos; debido a que, tras un análisis de la situación real en el mundo, se tomó conciencia de que la realización de la Declaración tenía defectos que podrían reducirse a través del aprendizaje y la educación.
Por este aniversario, la Declaración fue el diseño de la moneda conmemorativa de 2 euros de los siguientes países: Bélgica, Italia, Malta y Portugal.
• Artículo 19 (libertad de expresión, opinión, ideas e información)
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.
DECLARACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LA COMUNICACIÓN
El derecho a la comunicación resulta esencial para la causa más amplia de la defensa de los derechos humanos en todo el mundo; fundamentándolo en toda organización social y por lo tanto es fundamental para la vida de todos los individuos y sus comunidades; ya que se puede dar un proceso participativo e interactivo, esencial para el desarrollo sustentable del individuo y la sociedad, por lo que todo individuo debería gozar de igualdad de oportunidades para participar activamente en todos los medios de comunicación y para beneficiarse de dichos medios al mismo tiempo que preservan el derecho a protegerse de los abusos.
Es por ello, la necesidad crítica de un diálogo entre civilizaciones a fin de buscar un nuevo sistema de relaciones internacionales basadas en la inclusión, la cooperación y la solidaridad, donde el compromiso de la comunidad internacional sea para alcanzar los progresos sustanciales en sus esfuerzos por los derechos humanos y que la declaración no sea una sustitución de los derechos ya reconocidos por la comunidad internacional por el derecho a la comunicación.
La comunicación juega un rol central en la política, la economía y la cultura en las sociedades de todas partes del mundo, ya que las tecnologías de la información y comunicación, junto con la voluntad política para implementar los derechos de la comunicación, pueden proveer nuevas y vitales oportunidades para la interacción política, el desarrollo social y económico, y la sustentabilidad cultural, con estos medios podemos lograr estos fines que incluyen el acceso universal a los medios de comunicación e información y a una diversidad de medios por todo el mundo.
La comunicación más que la mera transmisión de mensajes, es la comunicación de interacción humana
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