Suprema Corte De Justicia De La Nacion
Enviado por galletita9028 • 21 de Septiembre de 2014 • 3.165 Palabras (13 Páginas) • 453 Visitas
INTRODUCCIÓN
La Constitución federal deposita el poder judicial federal en diversos órganos del estado, entre ellos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN o la Corte). La SCJN es el órgano máximo del Poder Judicial de la Federación (PJF) en términos jurisdiccionales –excepto en algunas controversias electorales, lugar que ocupa el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y su principal función es la de vigilar el cumplimiento y respeto de la Constitución federal.
De acuerdo con nuestra Constitución, la SCJN se compone de once ministros –cuyo cargo dura quince años– y funcionará, a su vez, en dos órganos: Pleno y Salas. Su presidente se elige por cuatro años, sin posibilidad de reelección.
La Corte sesiona en dos periodos ordinarios anuales. La regla general indica que sus sesiones son públicas. Incluso las sesiones del Pleno son transmitidas por televisión, a través del Canal Judicial, y por Internet, desde su página. Sin embargo, pueden ser privadas en los casos en que la moral o el interés público lo justifiquen.
Su funcionamiento se encuentra regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) y en diversos acuerdos generales emitidos por el Pleno.
“LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION”
ESTRUCTURA ORGANICA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación. Tiene entre sus responsabilidades defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; mantener el equilibrio entre los distintos Poderes y ámbitos de gobierno, a través de las resoluciones judiciales que emite; además de solucionar, de manera definitiva, asuntos que son de gran importancia para la sociedad. En esa virtud, y toda vez que imparte justicia en el más alto nivel, es decir, el constitucional, no existe en nuestro país autoridad que se encuentre por encima de ella o recurso legal que pueda ejercerse en contra de sus resoluciones.
El edificio sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentra ubicado en Avenida Pino Suárez número 2, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06065, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
Sin embargo, en el año de 2002, se determinó establecer como sede alterna para el desarrollo de las sesiones del Alto Tribunal, el edificio ubicado en Avenida Revolución número 1508, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Con base en lo señalado por la Constitución Mexicana, el Poder Judicial de la Federación representa al guardián de la Constitución, el protector de los derechos fundamentales y el árbitro que dirime las controversias, manteniendo el equilibrio necesario que requiere un Estado de derecho.
Es importante mencionar que este es un poder distinto al que imparte la justicia local, es decir, que sólo conoce de las materias expresamente asignadas en la Constitución.
INTEGRACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
El artículo 1° de su Ley Orgánica señala que las instancias que lo conforman son:
• La Suprema Corte de Justicia de la Nación
• El Tribunal Electoral
• Los Tribunales Colegiados de Circuito
• Los Tribunales Unitarios de Circuito
• Los Juzgados de Distrito
• El Consejo de la Judicatura Federal
PODER JUDICIAL Y SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Órganos del Poder Judicial de la Federación
Fragmentos recopilados de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación del 22 de noviembre de 1996.
ARTICULO 1o. El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:
I. La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
II. El Tribunal Electoral;
III.- Los Tribunales Colegiados de Circuito;
IV.- Los Tribunales Unitarios de Circuito;
V. Los Juzgados de Distrito;
VI. El Consejo de la Judicatura Federal;
VII. El Jurado Federal de Ciudadanos, y
VIII. Los Tribunales de los Estados y el Distrito Federal en los casos previstos por el Artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la justicia federal.
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Fragmentos recopilados de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación del 22 de noviembre de 1996.
"ARTICULO 68. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley.
El Consejo de la Judicatura Federal velará, en todo momento, por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de los miembros de este último."
ASUNTOS CUYA ATENCIÓN CORRESPONDE A LA SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país, en virtud de lo cual, tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de solucionar, de manera definitiva, otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad.
De manera más específica, entre los asuntos cuya atención le corresponde, se encuentran los siguientes: Los llamados Medios de Control de la Constitucionalidad, en los casos que a continuación se señalan:
1. El juicio de amparo:
• Amparos directos trascendentales.
• Recursos.
• Casos de incumplimiento de sentencias o repetición de actos reclamados.
• Casos de violaciones a la suspensión del acto reclamado o de admisión de fianzas ilusorias o insuficientes.
2. Las controversias constitucionales.
3. Las acciones de inconstitucionalidad.
4. Las determinaciones de constitucionalidad sobre la materia de consultas populares.
5. Las contradicciones de tesis, sustentadas entre dos o más órganos jurisdiccionales.
6. Las controversias que por razón de competencia surjan entre los tribunales locales y federales.
7. Los recursos de apelación contra
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