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Teoria Del Estado


Enviado por   •  27 de Enero de 2012  •  2.674 Palabras (11 Páginas)  •  463 Visitas

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ELEMENTOS DEL ESTADO

El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.

El concepto de Estado difiere según los autores, pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado como una unidad de carácter institucional que en el interior de un territorio monopoliza para sí el uso de la fuerza legal. Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras como las relaciones exteriores.

Probablemente la definición mas clásica de Estado, fue la citada por el jurista alemán Hermann Heller que define al Estado como una "unidad de dominación, independiente en lo exterior e interior, que actúa de modo continuo, con medios de poder propios, y claramente delimitado en lo personal y territorial". Además, el autor define que solo se puede hablar de Estado como una construcción propia de las monarquías absolutas del siglo xv, de la Edad Moderna. "No hay estado en la Edad Antigua", señala el reconocido autor.

Asimismo, como evolución del concepto se ha desarrollado el "Estado de Derecho" por el que se incluyen dentro de la organización estatal aquellas resultantes del imperio de la ley y la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones más sutiles, pero propias del Estado, como la emisión de moneda propia.

TERRITORIO

EL TERRITORIO, ELEMENTO FÍSICO DEL ESTADO

Espacio sobre el que se encuentra instalada la comunidad nacional.

Segundo elemento del Estado, situado en la doctrina clásica detrás de la población y antes del gobierno u organización política.

La noción de territorio, al decir de ROUSSEAU, es compleja, abarcando su contenido tanto lo que indica la aceptación etimológica y ordinaria del término, como el espacio aéreo situado sobre la superficie del Estado, noción que siguiendo al autor citado, jurídicamente ofrece el inconveniente de confundir las de espacio y territorio, lo que puede conducir a calcar los regímenes jurídicos del mar territorial y espacio aéreo sobre el del territorio propiamente dicho.

La moderna doctrina reconoce la importancia de este elemento para la construcción jurídica del concepto de Estado, puesto que sobre él se instala el primero de los elementos citados, la población, constituida en comunidad nacional.

En el Estado moderno el territorio presenta dos caracteres: a) estabilidad, en el sentido de que la colectividad nacional se instala en él de manera permanente, y b) limitación, entendido como que viene especialmente determinado por límites señalados de manera precisa y difícilmente variables, las fronteras (V. frontera), en cuyo interior ejercen su actividad la población y el gobierno, si bien se hace necesario señalar que este carácter ha sido modernamente no tenido en cuenta por la llamada teoría del Estado fluido, de raíz soviética, y por la teoría hitleriana del Estado dinámico de fronteras móviles, de conocidas consecuencias ambas en su aplicación práctica.

Entre todas las teorías jurídicas formuladas para intentar explicar la relación existente entre el Estado y su territorio, destacan aquellas que ven en el territorio simplemente un elemento constitutivo del Estado, el objeto mismo del poder estatal, un límite geográfico a la acción de los gobernantes y, finalmente, un título de competencia que justifica la acción estatal.

a) El territorio como elemento constitutivo del Estado. ROUSSEAU resume esta teoría, de importante influencia en la doctrina francesa del Derecho público interno, diciendo que el territorio es un «elemento subjetivo del Estado personificado, que forma parte integrante de su naturaleza y se halla afectado de modo exclusivo al ejercicio del poder público». El propio autor citado no considera aceptable la teoría expuesta al principiar en una confusión entre «condición» y «elemento» y fundarse en la personalidad del Estado considerada como postulado. Además de ello esta teoría se muestra imposibilitada de explicar gran parte de los fenómenos y situaciones que en Derecho Internacional pueden afectar al territorio estatal.

b) El territorio como objeto mismo del poder estatal. En función de la interpretación del poder estatal como un derecho real de propiedad o común un derecho real de soberanía, se hace necesario un estudio diferenciado de la teoría conocida como del territorio-objeto. La primera interpretación, residuo del Estado patrimonial, es rechazable por idénticas razones que esta concepción del Estado, al confundir los conceptos de dominium e imperium. Pero también lo es la segunda interpretación por cuanto para su admisión es necesaria la de la ficción de la personificación del Estado como titular de derechos subjetivos, así mismo como porque, al decir de DUGUIT, el imperium significa un poder de mando no ejercitable sobre un territorio, sino sobre personas y los hechos que realicen.

c) Teoría del territorio límite. Concibe esta teoría al territorio como el perímetro dentro del que se ejerce el mando del Estado, «el límite material de la acción efectiva de los gobiernos», según DUGUIT o, con CARRÉ DE MALBERG, «el marco dentro del cual se ejerce el poder estatal». Fácilmente puede criticarse la anterior teoría, pues el territorio, además de límite, proporciona al Estado un título positivo de competencia sin el que no queda habilitado para actuar.

d) Teoría de la competencia. Dominante en la actual literatura jurídica, considera al territorio como la porción de la superficie terrestre sobre la que se aplica, con posibilidad real de ejecución, el ordenamiento jurídico del Estado, y ello por integrarse de manera plena en la moderna concepción de las prerrogativas estatales como conjunto de competencias atribuidas a los detentadores del poder público y sus agentes para la realización de funciones de interés social. Explica esta teoría las funciones territoriales entre Estados como simples transferencias de competencias, siendo capaz de adaptarse a toda situación territorial que se presente gracias a la ductilidad de dicha noción de competencia.

Independientemente de las anteriores teorías jurídicas, se hace necesario citar la teoría nacionalsocialista del espacio vital,

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