VALORES AMBIENTALISTAS DE SIMON BOLIVAR
Enviado por ROSSANAGARCIA • 23 de Octubre de 2012 • 1.756 Palabras (8 Páginas) • 699 Visitas
DECRETO DE CHUQUISACA:
El libertador se interesó por evaluar y mitigar los estragos que el
colonialismo imperial español había producido en el medio ambiente
americano, inquietud que se expresa en su visión cosmóbiologica
sobre la preservación de los suelos dado que había una creciente
erosión de los mismos; causada por una irracional explotación
agrícola y deforestación de los bosques, a niveles alarmantes
especialmente en áreas mineras, en cabeceras de nacientes de
agua y riberas de ríos.
EL SALVADOR - SUCHITOTO FER.2008Sumando a estos, la explotación de pieles de animales como la
vicuña y otras especies, las cuales se exportaban a Europa,
mientras que las causas de la deforestación eran principalmente
debido a la demanda de madera para la construcción de galerías y
de leña para la alimentación de los hornos de fundición,
construcción de tejas y las cocinas domesticas de la población
minera, además el requerimiento para construcción de casas,
edificios, iglesias o Catedrales y palacios coloniales. Todas estas
actividades habían afectado significativamente el medio natural, sin
que se aplicara ninguna medida que resarciera el daño.
Ante la situación planteada Bolívar emite el “Decreto de
Chuquisaca” como respuesta de solución el 17 y 19 de Diciembre
de 1825.
El primer decreto contempló de manera precisa, que las
autoridades correspondientes exploraran el país e informaran al
gobierno respecto a:
1) Número de establecimientos rurales que hallan en
actividad.
2) Especie de cultivos que se hagan en ellos.
3) Especie de terrenos en que estén.
4) Número de individuos empleados en los trabajos y de su
condición.
5) Situación de los terrenos cultivados con respecto a las
vías de comunicación y de transporte.
Asimismo el decreto disponía que se elaborara “Un plan para
mejorar la agricultura así en la variedad y aumento de las
mieses y plantas como en los instrumentos y modo de
laborar en la tierra”.
El Segundo decreto se circunscribe más que todo al territorio
altoperuano el cual estaba deforestado y desertificando por falta de
riego, afectando a la población, su nivel de vida, su crecimiento
demográfico y privándola del único recurso energético a su alcance,
que era la leña. El decreto disponía:
1- Que se visiten las vertientes de los ríos, se observe el
curso de ellos y se determinen los lugares por donde
puedan conducirse aguas hacia los terrenos que estén
privados de ella.
EL SALVADOR - SUCHITOTO FER.20082- Que en todos los puntos en que el terreno promete hacer
prosperar una especie de planta mayor cualquiera, se
emprenda una plantación reglada a costa del Estado,
hasta el numero de un millón de árboles, prefiriendo los
lugares donde halla mas necesidad de ellos.
3- Que el Director general de agricultura proponga al
gobierno las ordenanzas que juzguen convenientes a la
creación, prosperidad y destino de los bosques en el
territorio de la Republica.
Estos decretos hechos por Bolívar quedaron de manera definitiva
en su Decreto Guayaquil dictado el 31 de Julio de 1829.
Considerando que “Los bosques de Colombia….encierran
grandes riquezas, tanto en madera propia para toda especie de
construcción como en tintes, quinas y otras sustancias útiles
para la medicina y las artes” y “que por todas partes (había) un
gran exceso en la extracción de maderas tintes, quinas y
demás sustancias (forestales)” , el decreto buscaba evitar por
varios medios dicha extracción irracional y proteger eficazmente los
recursos forestales públicos y privados, para ello dispuso de varias
medidas de control, ejemplo: que los gobernadores de las
provincias demarcaran la tierras baldías de propiedad estatal y
elaboraran un inventario de sus producciones peculiares (maderas
preciosas, plantas medicinales, u otras sustancias útiles).
• Que los gobernadores informasen a la ciudadanía la
prohibición de sacar de los bosques baldíos, públicos o
privados, maderas preciosas o de construcción de buques
para el comercio, sin que preceda licencia por escrito de
Gobernador.
• Que las licencias fuesen concedidas previo el pago de
derechos
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