ACTIVOS A TITURALIZAR
Enviado por gabyte • 11 de Junio de 2014 • 322 Palabras (2 Páginas) • 466 Visitas
ACTIVOS QUE SE PUEDEN TITULARIZAR
Se pueden titularizar los activos que existen o que se espera que existan, que conlleven la expectativa de generar flujos futuros determinables, sea de fondos o sea de derechos de contenido económico y ser de naturaleza homogénea dentro del mismo grupo; como: créditos, bienes inmobiliarios, obras de infraestructura y servicios públicos, valores, entre otros, pero que deben ser autorizados por la Superintendencia de Compañías, mediante norma expedida por el Consejo Nacional de Valores.
No puede pesar sobre dichos activos ninguna clase de gravámenes, limitaciones al dominio, prohibiciones de enajenar, condiciones suspensivas o resolutorias, ni debe estar pendiente de pago de impuestos, tasas o contribuciones.
De los procesos de titularización de inmuebles.- La titularización de inmuebles consiste en la transferencia de un activo inmobiliario con el propósito de efectuar su transformación en valores mobiliarios.
El activo inmobiliario objeto de la titularización deberá estar libre de gravámenes, limitaciones de dominio, prohibiciones de enajenar o condiciones resolutorias y no tener pendiente de pago los impuestos, tasas y contribuciones.
De los procesos de titularización de proyectos inmobiliarios.- La titularización de proyectos inmobiliarios consiste en la emisión de títulos mixtos o de participación que incorporen derechos alícuotas o porcentuales sobre un patrimonio de propósito exclusivo constituido con un bien inmueble, los diseños, estudios técnicos y de prefactibilidad económica, programación de obra y presupuestos necesarios para desarrollar un proyecto inmobiliario objeto de titularización.
De los procesos de titularización de flujos de fondos en general.- la emisión de estos títulos con cargo a flujos en general podrá efectuarse por la totalidad o por un segmento del respectivo flujo; en este último caso, dicha emisión podrá hacerse hasta por el monto que fije el C.N.V., para el segmento correspondiente.
ACTIVOS SUSCEPTIBLES DE TITULARIZACIÓN
Son activos susceptibles de titularización:
a. Valores representativos de deuda pública
b. Valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores
c. Cartera de crédito
d. Activos y proyectos inmobiliarios
e. Activos o proyectos susceptibles de generar flujos futuros determinables.
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