Acción de la ley por requerimiento condictio
Enviado por Ateneamichu • 1 de Octubre de 2013 • Ensayo • 2.558 Palabras (11 Páginas) • 1.771 Visitas
acción de la ley por requerimiento condictio
Fue creada para la recuperación de aquellos créditos referentes a una determinada suma de dinero o una cosa determinada o sea una cosa individualmente designada por ejemplo el esclavo panfilo o cierta cantidad de cosas fungibles por ejemplo la medida de los alimentos en primera calidad, el procedimiento es similar a las dos anteriores.
Las ejecutivas la de aprehensión corporal manus iniectio, y la de toma de prenda o embargo pignoris capio.
Esta es una acción ejecutiva y el procedimiento que da nombre a dicha acción tiene las características de la defensa privada, en el acreedor prende a su deudor si este no satisface su obligación en un cierto plazo el primero podía venderlo como esclavo.
Primera el acreedor debería llevar al deudor moroso ante el magistrado y recitar una formula determinada y poniendo en su mano sobre manus iniectio dar a conocer el tiulo sobre el que apoyaba su pretensión la cuantía de su crédito, después repetía el gesto de aprehender al deudor y llevarlo a su casa, en este lapso debería exhibirlo por tres veces en el mercado para ver si alguien se a compadecía y lo liberaba pagando por el, si esto no sucedía podía venderlo o matarlo.
Segunda la ley de las XII tablas fijo los plazos que debían mediar entre la aprehensión corporal y la ejercitación.
La tercera la ley solo permitía la manus iniection cuando una deuda había sido reconocida judicialmente
La cuarta cualquier tercero o el propio deudor podían oponerse a la manus si no estuviera justificada como cuando no se siguieran las reglas del procedimiento en cuyo caso el magistrado suspendía el proceso y nombraba a un juez que debía establecer si existía o no el titulo invocado.
PROCEDIMIENTO FORMULARIO
El procedimiento de legis actiones únicamente era aplicable a los ciudadanos romanos. Cuando las relaciones con extranjeros se hacen más frecuentes en Roma, los juicios se vuelven inevitables y nace una nueva magistratura, el pretor peregrino que se encarga de resolver las controversias entre ciudadanos y extranjeros a través del procedimiento formulario. El pretor peregrino ayudaba a los litigantes a redactar un pequeño texto, llamado formula. La fórmula es un documento que resume la controversia entre las partes y que luego es remitida por el magistrado al juez y le sirve para decidir el litigio. IV. 2. PROCEDIMIENTO FORMULARIO
FASES DEL PROCEDIMIENTO FORMULARIO FASE IN IURE FASE APUD IUDICEM VIAS DE EJECUCION PROTECCION JURIDICA ESPECIAL FASE IN IURE En la que se redactaba y aceptaba la formula y mediante la aceptación de este documento redactado por las partes, que se le confiere al juez la facultad de poder condenar o absolver al demandado. En toda formula lo primero que aparece es la designación del juez que se hará cargo del litigio. PARTES DE LA FASE IN IURE La Formula La Litis contestatio PROCESO FORMULARIO
LA LITIS CONTESTATIO Es el ultimo acto llevado ante el magistrado, con el se termina la primera fase del procedimiento, la fase in iure. A partir de este momento el proceso esta completamente entablado, es la piedra angular del proceso EFECTOS QUE PRODUCE LA LITIS CONTESTATIO Efecto regulador : una vez fijadas y aceptadas las pretensiones no se podía agregar nada ante el juez Efecto Consuntivo: no se puede litigar dos veces el mismo asunto Efecto creador: por ser una especie de contrato entre las partes , ambos deben sujetarse a las consecuencias que nazcan de esta nueva relación. FORMAS DE OPERAR DEL EFECTO CONSUNTIVO Si se trata de una acción personal el magistrado tiene la facultad de rechazársela al demandante para que vuelva a intentarla. Si la acción es real, solo se podrá rechazar si existe una excepción interpuesta por el demandado.
FASE IN IURE
Es mediante la aceptación de este documento redactado por las partes que se le confiere al juez la facultad de poder condenar o absolver al demandad, debemos tener en cuenta que lo primero que aparece en toda formula es la designación del juez que se hara cargo del litigio independientemente de esta generalidad toda formula debe de contener cuatro partes, la demonstratio , la intentio, la condemnatio y la adiudicatio.
La demostratio consiste en una exposición de los hechos y señala la causa ´por la cual se lleva a cabo el litigio.
En la intentio se indica la pretensión del demandante o actor esto es la cuestión misma en que se basa el proceso.
La intentio puede ser certa o incerta, será certa cuando el objeto del litigio este perfectamente determinado e incerta cuando no esta determinado y su determinación se deja al criterio del juez.
En la dondemnatio la formula le confiere al juez la facultad de absorver o condenar al demandado.
La audicatio faculta dicho juez a adjudicar total o parcialmente el objeto del litigio esta parte de la formula solo existirá en aquellos casos en los que se ejerce una acción divisora.
Existen dos categorías de excepciones las parentorias y las dilatorias las primeras pueden ser opuestas en cualquier momento tal seria la excepción de dolo por ejemplo las excepciones dilatorias solo pueden ser opuestas en ciertos momentos y bajo determinadas circunstancias por ejemplo si ambas partes han convenido que la deuda se pague en dos partes el acreedor no podrá exigir el pago de la segunda hasta que haya transcurrido el plazo previsto pudiendo el deudor oponer una excepción dilatorio.
Las excepciones pueden ser objetadas por una replica del actor a la cual puede oponer el demandado una duplica y todavía cabe que el actor interponga una riplicatio.
Las praecriptiones eran partes que precedían a la demontratio y en ocasiones la remplazaban unas veces en interés del demandante ex parte actoria y otras en interés del demandado ex parte rei, las primeras tenían por objeto limitar y precisar la demanda.
LA LITIS CONTESTATIO
litis contestatio varía según el tipo de procedimiento en que tiene lugar. En el procedimiento de las acciones de la ley, la litis contestatio es el momento de la fase in iure en que son llamados los testigos del juicio para que recuerden lo que en dicha fase ha ocurrido y lo repitan ante el juez. En el procedimiento formulario la litis contestatio es un momento jurídico procesal un poco más complejo, que suele confundirse con el momento en que el demandado recibe la fórmula del demandante y la acepta, quedando así definido el juicio. Ya en la cognitio extraordinem la litis contestatio adopta una fisonomía diferente, puesto que si bien remite aun momento procesal específico, esto es, el momento en que la demanda es notificada al demandado, sus efectos dejan de ser los que se habían configurado durante la vigencia del procedimiento formulario.
Además,tenía dos importantes
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