ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CADENA DE CUSTODIA


Enviado por   •  7 de Agosto de 2013  •  2.198 Palabras (9 Páginas)  •  535 Visitas

Página 1 de 9

INTRODUCCIÓN.

En México, a partir de la reforma constitucional del año 2008, se llevó a cabo una transformación paradigmática de las instituciones jurídicas del país, como consecuencia de las exigencias que supone el proceso de democratización institucional del Estado mexicano, y de la adecuación de las normas a la realidad social. Destaca aquí, una visión garantista en la nueva resolución de los conflictos sociales, soportada, en primer término, en el principio de legalidad, que fusiona la seguridad jurídica y la libertad individual. Dicho principio se constituye como un mecanismo de control estatal, para evitar la violación a los derechos humanos de los individuos.

Ahora bien, dentro de las variadas exigencias garantistas que se incluyen en el nuevo modelo de justicia mexicano, destaca el relativo a la actuación policial, toda vez que ahora se prevé, que ésta formará parte de la investigación del delito, al tener el deber constitucional de iniciar la investigación criminal junto con el Ministerio Público (artículo 21 constitucional) titular de la investigación criminal, para lo cual deberá sujetarse a los procedimientos y técnicas establecidos y que están orientados a delimitar, preservar, fijar, recolectar, levantar, embalar, trasladar y entregar los indicios encontrados en el lugar de los hechos.

Asimismo, se modifica el modus de acceso a la veracidad de los hechos motivos del conflicto, pues ahora, la valoración de la prueba será, acorde con el mandato constitucional (artículo 20, apartado A) fracciones II y III), que establecen: II. “Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual deberá realizarse de manera libre y lógica”. III. “Para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las excepciones y los requisitos para admitir en juicio la prueba anticipada, que por su naturaleza requiera desahogo previo”.

Con vemos la tasa de las pruebas ha evolucionado, pues confluyen en este proceso principios garantistas (inmediación, publicidad, concentración, contradicción, etc.), que potencian el respeto a los derechos de las partes; aquí, se hace imprescindible la inclusión de una nueva institución jurídica, presente en otros modelos de derecho extranjero pero ausente en la normatividad mexicana, aquella denominada: Cadena de Custodia. La cual entendemos como el “sistema establecido por la normativa jurídica, cuyo propósito radica en garantizar la integridad, conservación, inalterabilidad, naturalidad, originalidad, autenticidad y mismidad, de todos los elementos materiales que puedan ser aportados como pruebas, mismos deberán ser entregados a los laboratorios criminalísticos o forenses por parte de la autoridad correspondiente con el propósito de analizar y obtener, por los expertos, técnicos o científicos, un concepto pericial”. Dicho sistema, cobra particular protagonismo al demandarse en la Carta Magna Mexicana, (artículo 20, apartado A, su fracción IX) que: “Cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales será nula”. Por tanto, la cadena de custodia, como instrumento garante de la legalidad en la actuación estatal permitirá que la demanda ciudadana encuentre eco pues transparentar el sistema de justicia mexicano es el gran logro de la mencionada reforma constitucional.

SIETE PREGUNTAS DE ORO ACERCA DE LA CADENA DE CUSTODIA.

Con la reforma constitucional del año 2008, se pretende que la investigación de los delitos se fortalezca, pues en la misma se establece, en primer término, que la persecución de los delitos compete al Ministerio Público y a las Policías, las cuales estarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función; en segundo lugar, se incluyen directrices de actuación para las autoridades correspondientes, las cuales deberán ser coordinadas y regidas por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos para ello, su actuación deberá estar fundada y motivada, máxime tratándose de actos que implique invasión a la esfera de los gobernados, garantizando los derechos contenidos en la Carta Magna mexicana.

Posterior a la notitia delictae, y ubicado el lugar de los hechos, la actuación prioritaria será la custodia inmediata del escenario, siguiendo los lineamientos que deberán ser observados, lo que permitirá una posterior actuación especializada, la que estará orientada a la búsqueda de elementos que puedan constituirse como probatorios. Aquí, cobra protagonismo la institución denominada Cadena de Custodia.

Precisamente, durante el proceso penal resulta imperioso que se despliegue una investigación garantista, donde la función desplegada por los órganos competentes de la investigación sea eficiente y eficaz, aportándose los elementos necesarios de convicción al órgano jurisdiccional que permitan soportar la imputación delictiva, teniendo un lugar preponderante acudir al auxilio de la ciencia de la criminalística.

CADENA DE CUSTODIA.

“Es el procedimiento que salvaguarda y garantiza la integridad, conservación e inalterabilidad de los indicios aportados a la investigación”.

La presente institución jurídica, tiene un papel preponderante, en el nuevo proceso penal mexicano, pues hasta antes de la reforma constitucional federal del año 2008, incluso después de la misma, dicha institución no se encontraba descrita de nomen iuris, sin embargo, las actuaciones que se despliegan durante la misma, se preveían en los ordenamientos adjetivos penales de manera dispersa y confusa.

Cabe mencionar que este vacío ha sido suplido parcialmente en el ámbito federal, en el Código de Procedimientos Penales, artículo 123 Bis, mismo que por su importancia trascribimos: “La preservación de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito es responsabilidad directa de los servidores públicos que entren en contacto con ellos. En la averiguación previa deberá constar un registro que contenga la identificación de las personas que intervengan en la cadena de custodia y de quienes estén autorizadas para reconocer y manejar los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito. Los lineamientos para la preservación de indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito, que por acuerdo general emita la Procuraduría General de la República, detallarán los datos e información

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (15 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com