CONVENIOS INTERNACIONALES
Enviado por Anahi • 31 de Enero de 2012 • 1.632 Palabras (7 Páginas) • 1.245 Visitas
1. LIC. CÉSAR MARTÍN ALCÁNTARA VEGA CAPACITADOR EPT Importancia de la Ratificación de los Convenios OIT
2. La importancia de l0s Convenios OIT
o Los convenios s on expresiones formales de voluntad entre los Estados mediante l a s cuales se crean obligaciones jurídicas.
o Los convenios internacionales constituyen tratados internacionales obligatorios para sus miembros una vez ratificados,
o Tienen carácter vinculante, es decir pueden exigirse jurídicamente.
o La vigencia de los Tratados es plena de acuerdo al rango que adquieran al incorporarse al derecho interno .
3.
4. Nivel de los tratados ratificados en los países de la región
o Constitución Política de Bolivia de 1967 con reformas de 1994. Señala como función del poder Legislativo: Art. 59 numeral 12: Aprobar los tratados, concordatos y convenios internacionales
o Constitución Política de la República de Venezuela:
o Artículo 23. ° Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.
5. Nivel de los tratados ratificados en los países de la región
o CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR ( 1998)
o Art. 163.- Las normas contenidas en los tratados y convenios internacionales, una vez promulgados en el Registro Oficial, formarán parte del ordenamiento jurídico de la República y prevalecerán sobre leyes y otras normas de menor jerarquía.
o Constitución Política de la República de Colombia, de 1991, con la Reforma de 1997
o Art. 53. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados hacen parte de la legislación interna.
6. Constitución Política del Perú
o Artículo 55°. Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional.
o
o Artículo 56°. Los tratados deben ser aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el Presidente de la República, siempre que versen sobre las siguientes materias:
o 1. Derechos Humanos.
o También deben ser aprobados por el Congreso los tratados que (…) exigen modificación o derogación de alguna ley y los que requieren medidas legislativas para su ejecución.
o Disposición final Cuarta . Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.
7. CONSECUENCIAS DE RATIFICACIONES
8. Convenios OIT sobre embarazo, parto y lactancia
9. Campaña de ratificación
o Convenio 183 s obre protección de la maternidad
o Fecha de adopción : 15/06/2000
o Fecha de entrada en vigor : 07/02/2002
o Sólo 13 ratificaciones de América Latina sólo Cuba.
o Aquellos países que ratificaron el Convenio 103, pueden optar por mantenerlo, pero los que no están en esa situación sólo pueden ratificar el 183, puesto que el 103 se cerró al adoptarse la nueva versión.
10. Países latinoamericanos que ratificaron el Convenio 103
11. Definición y campo de aplicación Convenio 183 Definición : El término mujer se aplica a toda persona del sexo femenino sin ninguna discriminación y el término hijo a todo hijo, sin ninguna discriminación (Art.1) Campo de aplicación : Se aplica a todas las mujeres empleadas, incluídas las que desempeñan formas atípicas de trabajo dependiente (Art.2.1) Legislaciones nacionales de América Latina En varios países la definición del campo de aplicación de la legislación de protección a la maternidad coincide con la del nuevo Convenio (todas las trabajadoras en relación de dependencia). En algunos es más amplia (todas las trabajadoras).
12. Licencia maternidad Convenio 183 Toda mujer a la que se aplique el Convenio tendrá derecho a una licencia maternidad de por lo menos 14 semanas (Art.4). Todo miembro podrá notificar posteriormente al Director General de la OIT, mediante otra declaración, que extiende la duración de la licencia maternidad (Art 4.4) Mediante la presentación de un certificado médico o de cualquier otro certificado apropiado según la legislación y práctica nacionales (Art.4) Legislaciones nacionales En todos los países analizados está prevista una licencia maternidad obligatoria. El unico en el cual esa licencia es inferior a 12 semanas es Bolivia (60 días). En 9, la licencia es de 12 semanas (México, Paraguay, Uruguay, Colombia, Ecuador, Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Honduras). En 7 es superior a 12 semanas: Argentina y Perú (13 semanas), Panamá (14 semanas), Brasil y Costa Rica (16 semanas), Chile y Venezuela (18 semanas).
13. Prestaciones
o Nuevas disposiciones
o Como cláusula programática se establece que se deberá garantizar que los requisitos para acceder a las prestaciones pecuniarias puedan ser satisfechos por la mayoría de las mujeres comprendidas en el Convenio (Art. 6.5).
o Se establece que todo Miembro cuya economía y sistema de seguridad social no estén suficientemente desarrollados, cumple con lo dispuesto en los párrafos 3 y 4 del artículo 6 si el monto de las prestaciones pecuniarias es por lo menos equivalente al de las prestaciones
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