Capitulo 10 Derecho Publico Y Derecho Privado
Enviado por Erickaadb • 25 de Noviembre de 2012 • 1.053 Palabras (5 Páginas) • 1.369 Visitas
Capítulo 10
Derecho público y derecho privado.
69. La distinción entre derecho público y derecho privado.
Uno de los temas más discutidos por los juristas es el de la distinción entre el derecho privado y derecho público. Mientras ciertos autores, como Radbruch , estiman que dichos conceptos son categorías apriorísticas de la ciencia del derecho, otros afirman que se trata de una dicotomía de índole política, y no pocos niegan enfáticamente la existencia de un criterio válido de diferenciación.
70. Teoría Romana.
La división de las normas jurídicas en las dos grandes ramas del derecho privado y el derecho público es obra de los juristas romanos. La doctrina clásica hállese sintetizada en la conocida sentencia del jurisconsulto Ulpiano: “Publicum jus est quod ad statum rei romane spectat; privatum quod ad singulorum utilitatem.”
71. Teoría de la naturaleza de la relación.
La doctrina más generalmente aceptada consiste en sostener que el criterio diferencial entre los derechos privado y público no debe buscarse en la índole de los intereses protegidos, sino en la naturaleza de las relaciones que las normas de aquéllos establecen.
72. Tesis de Roguin
Este autor ha tratado de resolver la cuestión que acabamos de plantear, diciendo que la calidad con que el Estado interviene en la relación jurídica puede determinarse examinando si la actividad del órgano de que se trate se encuentra sujeta a una legislación especial o a la leyes comunes.
73. Conclusión.
Creemos que ninguna de las teorías elaboradas para distinguir el derecho privado y el público, y de las cuales únicamente hemos expuesto las más conocidas, resuelve satisfactoriamente el punto. En última instancia, todas ellas hacen depender de la voluntad estatal la determinación del carácter de cada norma o conjunto de normas.
Capítulo 11
Disciplinas jurídicas especiales y disciplinas jurídicas auxiliares.
74. Disciplinas jurídicas especiales.
La distancia entre derecho privado y derecho público es el eje en torno del cal gira la jurisprudencia técnica en su aspecto sistemático. Cada una de las dos grandes ramas divídese en varias disciplinas, a las que suele darse el nombre de especiales.
75. Derecho Constitucional.
El derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares.
Desde el punto de vista formal la palabra constitución se aplica al documento que contiene las normas relativas a la estructura fundamental del Estado; desde el punto de vista material, en cambio, aplícase a esa misma estructura, es decir, a la organización política, a la competencia de los diversos poderes y a los principios concernientes al status de las personas.
76. Derecho administrativo.
“El derecho administrativo es la rama del derecho público que tiene por objeto específico a la administración pública.”
El derecho administrativo podría definirse como “complejo de normas jurídicas que regula la organización y la actividad de la administración pública en sentido formal.
77. Derecho penal.
“Conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.”
El principio no hay delito sin ley, ni pena sin ley, hállase consagrado en el artículo 14 de la Constitución Federal.
El derecho mexicano el delito es una acción antijurídica, típica, culpable y sancionada con una pena.
La pena es definida como “el sufrimiento impuesto
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