Consistenciad El Dolo Como Parte De La Culpabilidad
Enviado por maryySandoval • 2 de Junio de 2014 • 1.665 Palabras (7 Páginas) • 329 Visitas
INTRODUCCIÓN
Para comprender el dolo, es necesario saber de dónde proviene. Es necesariamente un elemento de la culpabilidad.
Maggiore (1989) Define a la culpabilidad como “La desobediencia consciente y voluntaria –y de lo que uno está obligado a responder –a alguna ley” (p.26). El concepto de culpabilidad viéndolo como tercer aspecto del delito y de acuerdo a la definición anterior, nos señala cuatro importantes elementos que la conforman y son: una ley, una acción, un contraste entre esa acción y la ley y el conocimiento de esta situación, según lo manifestó Maggiore.
La culpabilidad se percibe como una relación de causalidad psíquica con el nexo que explica el resultado como producto de la mente de la persona. El dolo y la culpa se ven como las dos formas posibles de esta conexión psíquica entre el autor y su hecho. Es aquí cuando un delito aparece como el resultado de una doble vinculación causal. Causalidad material, que da lugar a la antijuricidad y causalidad psíquica que consiste en la culpabilidad.
El dolo le pareció un tema muy importante ya que dolo es la forma más patente de la culpabilidad, para fundamentarlo es necesario unir dos teorías: una llamada de la voluntad y otra llamada de la representación. Es el resultado delictivo, pero es necesario saber identificar porque cuando escuchamos hablar de dolo pensando que la culpa y culpabilidad,ya que estas también se tratan de consecuencias del delito.
Entonces caemos en cuenta que el dolo es una mera parte de culpabilidad pero llevada a su más grande extremo en donde el sujeto sabe perfecto que su acción es infractora de la ley pero aun así conscientemente la realiza. Un grave error es pensar que el hecho de no existir el dolo no trae como consecuencia la presencia de la culpa, la cual como forma de la culpabilidad debe ser demostrada. En cambio es correcto decir que si están probados los presupuestos de la acción dolosa, no se toma en cuenta la culpa.
Es aquí entonces en donde surge su interés por estudiar e inmiscuir más en este tema. Crear una clara diferenciación e identificación de este supuesto sobre el de la culpa es esencial para un estudiante y futuro licenciado en la carrera de derecho.
El dolo, tiene prioridad sobre la culpa. Una persona que ha actuado culposamente es aquel al que se le reprocha haber desatendido un deber de precaución que le incumbía personalmente y que por esto no ha evitado el hecho y sus consecuencias.
Tomando como juicio que el dolo y la culpa no solo pertenecen a la culpabilidad, sino que son las dos clases o especies de culpabilidad que constituyen el género. O sea que no solo son formas de la culpabilidad, sino que son la culpabilidad misma pero en una de sus dos posibles formas de presentarse.
Para Jiménez es:
Dolo es la producción de un resultado típicamente antijurídico, con la conciencia de que se quebranta el deber, con conocimiento de las circunstancias de hecho y del curso esencial de la relación de causalidad existente entre la manifestación humana y el cambio en el mundo exterior, con voluntad de realizar la acción y con representación del resultado que se quiere o ratifica (p.417).
El más obvio ejemplo de delito doloso es el homicidio, ya que el homicida pretende dar muerte a una persona haciendo todo lo posible para que su delito se consume y claro deseando el resultado.
Maggiore nos señala que son dos los elementos del dolo: 1) La previsión o representación del resultado; 2) La violación de él. Si alguno de estos elementos faltara no podría haber dolo.
Deben unirse la teoría de la voluntad y la representación, para que el elemento afectivo del dolo quede perfecto. La voluntad sola no es suficiente, porque se debe hacer una distinción clara entre solo la voluntad y el dolo propiamente dicho. Del mismo modo deben separarse deseo de intención. Podemos tener el deseo de que una persona muera y aunque obtenga el resultado, puede no ser este doloso. Esto quiere decir que el deseo no puede identificarse con el dolo.
Algunos autores solo habían percibido la teoría de la voluntariedad, por lo que definían al dolo como en orden a la consecuencia directa que el autor ha previsto y ha deseado.Para existencia de este se es necesario cuente con tres requerimientos: voluntad, intención y fin.
Entonces hablar para comprender el dolo es necesario comprender todos los diferentes tipos y teorías sobre el dolo que existen.
Teoría de los móviles
Esta teoría pretende construir el dolo con independencia de la doctrina de la voluntad y la representación. El autor Ferri, le da un valor esencial al móvil de la acción en el dolo, ya que según él, si la persona comete un delito y los móviles no son egoístas, todo queda reducido a una contravención policiaca. Dentro de esta doctrina se han concebido cuatro funciones de móvil: primero, debe servir para investigación sobre la calidad del motivo psicológico del delito; segundo, la calidad moral y social del motivo que nos conduce a un criterio fundamental para determinar la condición peligrosa del delincuente; tercero, la calidad de los motivos que actúen con eficacia permanente,
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