Contrato De Resiciom
Enviado por fraaaaaaaank • 4 de Junio de 2015 • 960 Palabras (4 Páginas) • 276 Visitas
INTRODUCCIÓN.
Se presentara información acerca del contrato colectivo, en este caso se hablara sobre el plazo de revisión de tal, tomando en cuenta que se hace referencia al reestudio y modificación de las cláusulas del contrato, en este caso seria las que se toman al momento de que se hace la firma del contrato, el cual liga una relación patrón-empleado como ya antes se ha hablado. Se espera que dicha información mejore en entendimiento de las ventajas o derechos que uno como trabajadores tenemos.
Plazo de la revisión de un contrato colectivo.
1.- PRINCIPIO GENERAL:
Los contratos colectivos no pueden abatir las condiciones de trabajo existentes en la empresa, porque ellas viven en las relaciones individuales de trabajo, que poseen su independencia ante el contrato colectivo, y porque la misión de los sindicatos no es la reducción de los beneficios de trabajo, sino a la inversa, su superación constante.
2.- FORMAS DE LA REVISIÓN:
La práctica mexicana ha creado un doble procedimiento, a cuyos aspectos ha dado los nombres de:
A. Nada impide que el sindicato obrero y el empresario convengan, en cualquier tiempo, en revisar los aspectos que juzguen conveniente o útil; la revisión se efectuará antes del vencimiento del contrato colectivo, ya que en caso contrario, el procedimiento normal sería la revisión obligatoria.
B. LA REVISION CONVENCIONAL.
C. LA REVISION OBLIGATORIA.
La Ley concibe a la revisión como el procedimiento que debe efectuarse en el tiempo inmediato anterior al vencimiento de la convención. Se le da el nombre de revisión obligatoria, porque tanto el sindicato obrero como el patrono puede emplazar a su contraparte, en los plazos convencionales o legales, a que concurran a las Juntas de Avenencia, en la inteligencia de que si ninguno de los dos hace el emplazamiento el contrato queda prorrogado por un período de tiempo igual al originario.
TITULARES DE LA ACCIÓN DE REVISIÓN:
Son los mismos que encontramos para la celebración de los contratos colectivos.
En el art. 398 de la Ley Federal de Trabajo, pueden presentarse diversas hipótesis con respecto a la revisión:
a. Si se celebró por un solo Sindicato de trabajadores o un solo patrono, cualquiera de las partes podrá solicitar la revisión.
b. Si se celebró por varios Sindicatos de trabajadores, la revisión se hará a solicitud de los Sindicatos que representen el 51% de la totalidad de los miembros de los Sindicatos.
c. Si se celebró por varios patronos, la revisión se hará "siempre que los solicitantes tengan el 51% de la totalidad de los trabajadores afectados por el contrato colectivo".
MODALIDADES DE LA REVISIÓN:
Es un procedimiento periódico, deberá efectuarse en fechas determinadas, anteriores a los vencimientos sucesivos de las convenciones colectivas.
La idea de la libertad de acción de los sindicatos obreros y de los patronos, creó dentro de la revisión obligatoria, dos posibilidades, a los que se dan los nombres de:
• REVISION EN PLAZO CONVENCIONAL y
• REVISION EN PLAZO LEGAL.
REVISION EN PLAZO CONVENCIONAL:
Es la que debe efectuarse en las fechas y de conformidad con las reglas fijadas por las
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