DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Enviado por nehalenya • 7 de Noviembre de 2012 • 3.945 Palabras (16 Páginas) • 485 Visitas
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
El actual sistema de Derecho internacional público puede definirse como el conjunto de normas jurídicas y principios que las jerarquizan y coordinan coherentemente; destinadas a regular las relaciones externas entre, sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos a los cuales también se les confiere calidad de sujetos de derecho internacional; con el propósito de armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.
Se trata de un conjunto de normas jurídicas con una estructura especialmente adecuada a los destinatarios del sistema y a las necesidades del mismo. La estructura del Derecho internacional público es de coordinación, lo que le diferencia de las estructuras de subordinación de los sistemas internos, dónde los sujetos están sometidos a poderes que los condicionan. Esta estructura de coordinación, responde a que sus principales sujetos, los Estados, son soberanos, razón por la cuál, por definición, no admiten sometimiento a poder material ajeno que les condicione, aunque si se subordinan, sin perder su atributo, a reglas jurídicas que le obligan sin excepción.
Funciones del Derecho Internacional Público:
Anteriormente, las funciones del DIP sólo alcanzaban a regular las relaciones entre los Estados. Hoy en día, tal como lo afirma Vergara, pueden resaltarse las siguientes funciones:
• Establecer los derechos y deberes de los sujetos de la comunidad internacional.
• Promover la defensa de los derechos humanos
• Garantizar la paz universal.
• Regular las relaciones entre los estados y las de los estados con los demás sujetos del derecho internacional.
• Reglamentar la competencia de los Organismos Internacionales.
• Proporcionar a los sujetos del D.I.P soluciones pacíficas para no recurrir a la Guerra, sometiéndolos a arbitraje (método de carácter jurídico en donde dos estados en conflicto nombran un árbitro para solucionar sus litigios.)u otros métodos de carácter pacíficos.
Actualmente, la función del Derecho Internacional va más allá de regular las relaciones entre los estados, su función ha llegado al campo interinstitucional, con el nacimiento de las organizaciones internacionales y organismos especializados que fueron creados con la finalidad de establecer la cooperación política, económica y administrativa internacional y asimismo por la conciencia que han tomado los estados de la necesidad de una sociedad mundial organizada.
TEMA VIII
SOLUCIONES PACIFICAS DE LOS CONFLICTOS INTERNACIONALES
AUTOEVALUACION
1.Diga una noción de Controversia Internacional.
R= Noción de Controversia Internacional : "Un desacuerdo o situación sobre puntos de hecho o de derecho; una contradicción o una divergencia de intereses entre dos estados" (Sentencia de TPJI 30 ago 1924 asunto Mavrommatis pag 11 – citado por P.P. Camargo T. II Tratado DIP pag. 6 )
Noción: "Desacuerdo sobre situación de hecho o de derecho, presenta violación o desconocimiento de un situación o un derecho "
1. Jurídico : Originado de la interpretación y la aplicación (errada o no errada) de una norma
2. Político o diplomático: Una modificación del derecho existente, no teniendo las pretensiones un asidero legal, se transforma en una situación de hecho.
Modos de solucionar los conflictos internacionales en el derecho clásico: mediante la guerra
2. ¿Qué es la paz de la haya de 1899?
R= Esta conferencia se celebró en la Haya del 18 de mayo al 29 de julio de 1899. Los puntos principales a los cuales la conferencia se avocó, según la circular del Conde Mouravieff, fueron:
1. Un acuerdo para no incrementar, por un periodo de tiempo, los presentes efectivos de las fuerzas armadas y navales, y al mismo tiempo, a no incrementar los gastos militares en adelante; y de manera preliminar, examinar los medios en que esto pueda lograrse.
2. Prohibir el uso en los ejércitos y las flotas navales de nuevos tipos de armas y nuevos explosivos o cualquier otro tipo de detonantes más poderosos de los que son utilizados actualmente, lo mismo en rifles o cañones.
3. Restringir el uso en la guerra terrestre de los explosivos formidables que ya existen, y prohibir el lanzamiento de proyectiles o explosivos de cualquier tipo desde globos o de cualquier tipo de dispositivos similares.
4. Prohibir el uso, en la guerra naval, de buques y submarinos cargados de torpedos, u otros dispositivos similares. Dar garantías de que no se construirán buques con esta tecnología.
5. Aplicar las estipulaciones sobre guerra naval de a Conferencia de Ginebra de 1864, sobre la base de los artículos adicionados en 1868.
6. Neutralizar las embarcaciones utilizadas en el rescate de la toma de buques por escuadras beligerantes
7. Revisar la Declaración concerniente a las leyes y costumbres de guerra elaboradas en 1874 por la Conferencia de Bruselas, que se ha mantenido sin ratificarse hasta la fecha.
8. Aceptar el principio del uso de los buenos oficios, la mediación y el arbitraje en los casos que así lo requieran, con el objeto de prevenir los conflictos armados entre las naciones; así como llegar a un acuerdo con respecto al modo de emplear los buenos oficios, y establecer una práctica uniforme sobre su uso.
3.¿Que es el arbitraje?.
R=: La palabra arbitraje proviene del latín arbitrari, que significa juzgar, decidir o enjuiciar una diferencia. Se define como un instrumento de impartición de justicia, acordado por las partes, fundamentadas en la legislación que así lo autoriza, alternativo al proceso judicial, en el que un particular, que es investido con facultades jurisdiccionales, resuelve vinculativamente para los contendientes la controversia, con la colaboración de la autoridad judicial para la realización de actos coactivos y de otros señalados en el acuerdo arbitral o en la ley.
Todos los días existe un gran intercambio de bienes y servicios entre proveedores que se encuentran en un país y compradores o adquirientes que se hallan en otro. Con frecuencia, los operadores del comercio realizan sus transacciones a distancia por medio de representantes. La relación personal de antaño prácticamente se ha perdido, lo que obliga a las partes a actuar con fundamento en principios y objetivos de buena fe, y conforme a las prácticas, usos y costumbres internacionalmente aceptadas, necesarios para el buen desarrollo del comercio.
Proyecto de Convención de la CCI, La Cámara de Comercio Internacional de París (CCI) redactó un Proyecto de Convención,
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