Derecho Constitucional Mexicano
Enviado por raquemendoza • 9 de Octubre de 2013 • 2.391 Palabras (10 Páginas) • 581 Visitas
Derecho constitucional Mexicano.
La forma de gobierno.
Los términos Estado y gobierno son muy diferentes.
El Estado representa el todo, mientras que el Gobierno es tan solo un elemento propio del Estado.
El Gobierno es primordialmente el medio por el cual el Estado impone una reglamentación de conducta a la población, el órgano de dirección y de realización de los fines y de la aplicación de la política del propio Estado.
Aristóteles: el poder cayera en manos de uno solo, de algunos o bien de muchos individuos.
Cuando el titular del poder supremo es un solo individuo se denomina monarquía; cuando recaen una minoría selecta es aristocracia y cuando es la mayoría de los ciudadanos quien gobierna se le designa democracia o política.
La democracia fue considerada por Aristóteles como la forma de gobierno más conveniente.
Clasificación de las formas de gobierno según Aristóteles.
En la monarquía el poder supremo aparece en manos de un solo individuo que se le llama monarca o rey. La monarquía es vitalicia y hereditaria, como fundamento de esta forma de gobierno se estimó que era su origen divino que emanaba de Dios.
La monarquía constitucional se subdivide en pura y parlamentaria. Es monarquía constitucional pura si el monarca ejerce plenamente dentro del ámbito constitucional, el poder del gobierno y es monarquía constitucional parlamentaria en la que el poder lo ejerce el parlamento.
La República es una forma de gobierno típicamente popular, porque es precisamente el pueblo, el que por el medio del voto elige al titular del órgano de dirección.
La republica puede ser directa o indirecta. Es directa cuando el pueblo mismo asume la figura de órganos del Estado e indirecta cuando el pueblo aunque sigue siendo soberano, nombra a sus representantes en quienes delega sus funciones.
Puede ser también republica presidencial y parlamentaria. En la primera el jefe de estado, Presidente de la República, tiene plena independencia del órgano legislativo, en la parlamentaria los ministros son los responsables ante las cámaras, las que extienden su poder sobre la conducta del presidente.
La forma de gobierno de México.
De conformidad con el artículo 40: "Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior.
Concepto de democracia
Es el gobierno del pueblo, es decir los gobernantes son elegidos por el pueblo mediante el voto.
Desde el punto de vista jurídico, la democracia significa el gobierno para todos, beneficio para todos
El que tiene la libre oportunidad de emitir su opinión, aunque no es la voluntad de todos la que prevalece, si no la de la mayoría.
La democracia la forma de gobierno mediante la cual se forma una sociedad en la que cada uno de sus miembros, uniéndose a los demás sigue manteniendo su libertad anterior.
Concepto de pueblo
Se usa para designar aquella parte de habitantes que tienen derechos civiles y políticos plenos.
Se refiere a aquellas personas que están sujetas a nuestra soberanía ligada por el vínculo de ciudadanía, en el territorio nacional o en el extranjero.
Concepto de población
Al conjunto de seres humanos que viven en el territorio de un Estado, sin tomar en cuenta su nacionalidad.
El sufragio universal
Es aquel que considera que es la totalidad de los ciudadanos los que pueden y deben ejercitar la función electoral.
El sufragio universal no se toma en cuenta calidades personales, ni intereses representados, considerando como electos a aquellos candidatos que cuenten con la mayoría de votos.
Desde junio de mil novecientos sesenta y ocho se ha iniciado una corriente de opinión para conceder la ciudadanía desde los 18 años, sin importar el estado civil.
El sistema representativo.
Es la forma en que el pueblo, llamándole así al conjunto de ciudadanos con capacidad jurídica de ejercer el sufragio, designe a sus representantes, entendiéndose por representantes, a las personas que habrán de dirigirlos.
La elección de los representantes es periódica, tanto al Presidente como a los Senadores se les escoge cada seis años, mientras que a los Diputados cada tres.
Este sistema representativo aparece como necesidad para una mejor forma de gobierno, toda vez que el pueblo, no puede intervenir directamente en los asuntos políticos, y por tanto nombran a sus representantes.
Los orígenes del federalismo mexicano.
El Estado Federal aparece en la constitución americana de 1787 como resultado de necesidades urgentes y prácticas.
Al iniciarse el movimiento de independencia las Colonias, hasta entonces independientes, se vieron en la forzosa necesidad de unirse y fortalecer su unión.
De lo anterior se desprende que la federación es una unión de Estados libres y soberanos en su régimen interior que forman un nuevo ente dotado de poderes y facultades superiores, llamado Estado Federal.
Durante la dominación española, México vivió bajo el gobierno de un virrey.
Nuestro pueblo con súbditos comunes, leyes comunes, costumbres comunes, con dependencia también común a la corona de España.
El sistema federal aparece en México con el acta constitutiva, de 31 de enero de 1824, que es un anticipo de la constitución federal.
La nación adopta para su gobierno la forma de Republica Representativa Popular Federal.
El resultado fue que duró poco la vigencia de la Constitución Federal de 1824, ya que doce años después de su promulgación fue subestimada por las Siete Leyes Centralistas de 1836. Pero después de duros combates ideológicos y políticos en la Constitución de 1857 se reimplantó de nuevo la forma de Gobierno Federal, sistema que sigue hasta la fecha.
Los Estados se pueden arreglar entre sí, por convenios amistosos, sus respectivos límites; pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación del Congreso de la Unión.
El Régimen municipal.
A partir de la revolución mexicana, el estado mexicano opta por adoptar esta forma de gobierno para fortalecer la democracia y el sistema federal.
Con el fin de abatir el centralismo se adoptó el municipio libre como base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los Estados, plasmado en el Art. 115 de la Constitución.
Para el funcionamiento del municipio es necesario contar con el Ayuntamiento, que es el encargado de su administración. Las autoridades principales del municipio
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