EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO EN NAUCALPAN
Enviado por candypink • 27 de Mayo de 2017 • Práctica o problema • 1.754 Palabras (8 Páginas) • 353 Visitas
QUEJOSA: MARIANA JIMENEZ LOPEZ
AMPARO DIRECTO:303 /2017
SE INTERPONE AMPARO ADHESIVO.
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H.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO
EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO EN NAUCALPAN
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PRESENTE.
FERNANDO TORRES CANO , apoderado legal de MARIANA JIMENEZ LOPEZ , personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos del juicio origen de amparo, que solicito se me reconozca en términos del artículo 11 , párrafo segundo de la ley de Amparo, con el debido respeto, en su nombre comparezco y expongo:
Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el ubicado en la Calle BUGAMBILIA 13, COLONIA SAN MATEO , CODIGO POSTAL:53760 EN NAUCALPAN.EDO.MEX .
Autorizo indistintamente en términos del articulo 12, de la Ley de Amparo a los Licenciados en derecho TANIA RAMIREZ HERNANDEZ, con cédula profesional número 8745623 y ROGELIO ANDRADE SANDOVAL con cédula profesional número 9856321, todas aquellas expedidas por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación Pública; así mismo faculto de manera indistinta para oír y recibir toda clase de notificaciones, recoger documentos y valores e imponerse de los autos, así como tomar fotografías de los acuerdos que se dicten en el juicio de amparo, a los CC.VERONICA LUGO GARCIA Y GERARDO VALTIERRA FONSECA .
Por medio del presente en nombre de MARIANA JIMENEZ LOPEZ , vengo a interponer demanda de amparo adhesivo en contra de los actos que se señalan en el capítulo correspondiente, de conformidad con el artículo 182, fracción I, de la Ley de Amparo, con el objeto de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo, a fin de no quedar indefensa .
( Puede también señalarse en caso de que hagan valer violaciones al procedimiento, el texto siguiente: Por medio del presente en nombre de ______, vengo a interponer demanda de amparo adhesivo en contra de los actos que se señalan en el capitulo correspondiente, de conformidad con el articulo 182, fracciones I y II, de la Ley de Amparo, con el objeto de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo, a fin de no quedar indefensa, asi como a reclamar violaciones al procedimiento que pudieran afectar las defensas del adherente, trascendiendo al resultado del fallo )
En cumplimento a lo establecido por el numeral 182, primer párrafo, de la Ley de Amparo, de acuerdo al artículo 175, de la Ley de Amparo.
I.NOMBRE Y DOMICILIO DE LA QUEJOSA ADHERENTE Y DE QUIEN PROMUEVE A SU NOMBRE:
QUEJOSA ADHERENTE: MARIANA JIMENEZ LOPEZ, promueve por conducto de su apoderado legal, ambos con domicilio ubicado en la CALLE BUGAMBILIA 13, COLONIA SAN MATEO, CODIGO POSTAL: 53760 EN NAUCALPAN.EDO.MEX.
II.NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO.
ESTEFANI POSADAS HERNANDEZ, con domicilio en: CALLE AVALOS NUMERO 8, COLONIA VALLE DORADO, CODIGO POSTAL. 53750 NAUCALPAN.EDO.MEX.
III. AUTORIDAD RESPONSABLE:
SEGUNDA SALA EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO
IV.EL ACTO RECLAMADO:
La sentencia definitiva de fecha 4 de Mayo de 2017 , dictada en los autos del toca de apelación 3450/2017 , formado con motivo del recurso de apelación hecho valer por la parte actora ALAN SERRALDE ARELLANO , por conducto de su APODERADO LEGAL JAIME MARTINEZ OTERO, en contra de la sentencia definitiva de fecha 30 de Abril de dos mil diecisiete, dictada por la C.JUEZ SEXTA DE LO FAMILIAR EN LA CUIDAD DE MEXICO DERIVADA DEL JUICIO 23987/23 en contra de ALAN SERRALDE ARELLANO , con numero de expediente 2904/2017.
V. LA FECHA EN QUE SE HAYA NOTIFICADO EL ACTO RECLAMADO AL QUEJOSO O AQUELLA EN QUE HUBIESE TENIDO CONOCIMIENTO DEL MISMO:
De la resolución que se reclama a la autoridad señalad0a como responsable tuve conocimiento por medio de publicación en el Boletin Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal el dia 5 de Mayo de dos mil diecisiete , Pero para efectos del presente amparo adhesivo el auto admisorio de la demanda en el principal fue dictado con fecha dia 11 de Mayo de dos mil dieciciete, notificado por medio de lista de este H. Tribunal Colegiado de Circuito el dia 12 de Mayo de dos mil diecisiete .
VI. LOS PRECEPTOS QUE CONFORME A LA FRACCION I DEL ARTICULO 1° DE LA LEY DE AMPARO, CONTENGAN LOS DERECHOS HUMANOS CUYA VIOLACION SE RECLAME:
Si solamente se trata de fortalecer las consideraciones de la autoridad responsable el texto será :
No existen violaciones a los artículos 14 y 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que la sentencia reclamada cumple con los extremos que al efecto señalan tales dispositivos constitucionales.
Sin embargo, en caso de que se reclamen violaciones al procedimiento, se indicara:
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