ENSAYO SOBRE SENTENCIA JURIDICA
Enviado por munkka • 18 de Septiembre de 2013 • 699 Palabras (3 Páginas) • 859 Visitas
LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA Y SU APLICACIÓN FRENTE A LOS ACCIDENTES LABORALES
Magistrado Ponente: GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA
Radicación No 30.193
Acta No.23
Bogotá D.C., trece (13) de mayo de dos mil ocho (2008).
En una empresa o lugar de trabajo se pueden encontrar factores de riesgo y peligros que pueden terminar en accidentes de trabajo, en enfermedades laborales o peor aun en la muerte, es por ello que las empresas deben tener en cuenta las leyes que se manejan a través de un programa de salud ocupacional evitándose un problema más grave como una demanda.
Al buscar un aplicativo a lo anterior expuesto encontramos una sentencia de la Corte Suprema de Justicia donde se demanda a la EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS ECOPETROL, por la muerte del operario HUGO RAFAEL ESCOBAR TORO, el cual laboro del 26 de Enero de 1977 hasta el 4 de Agosto de 1994. El 3 de agosto de 1994 ocurrió un nefasto incendio en la Planta de Aromáticos, situada dentro del Complejo Industrial de Ecopetrol de Barrancabermeja, a las 12 del día, el incendio causó la muerte de varios trabajadores, entre los cuales se encontraba el operador anteriormente mencionado.
MARIELA ORDÓÑEZ RICO (Esposa), HUGO ALEXÁNDER ESCOBAR ORDÓÑEZ, VLADIMIR ESCOBAR ORDÓÑEZ y JHONATAN ESCOBAR ORDÓÑEZ (Hijos), MATILDE TORO VERA (Madre) y NIDIA MARÍA DÍAZ TORO (Hermana) convocaron a juicio a la Empresa Colombiana de Petróleos –Ecopetrol, con miras a que, previa declaratoria de que Hugo Rafael Escobar Toro falleció en accidente de trabajo por culpa de la demandada, se la condene a pagarle perjuicios materiales y morales, con apreciación de la desvalorización monetaria o indexación.
Al proceder a investigar sobre el accidente ocurrido en donde se dio muerte al operador Escobar Toro, se expone que él se encontraba con compañeros limpiando el filtro de una de las motobombas que se debió, como causa inmediata, “a escapes de la nafta gasificada, al ponerse en contacto con el aire y el fuego del horno que la gasificaba”, se produjo un incendio.
Se probó con las investigaciones efectuadas por el Ministerio del Trabajo que el incendió del Planta de Aromáticos se debió a una serie de fallas, por acción y por omisión, cometidas por los directivos de la empresa; y que el ex trabajador fallecido era un simple operario y, por lo mismo, no tenía la dirección o supervisión de los trabajos que se estaban realizando en la Planta en el momento del incendio, por lo que ninguna responsabilidad le cabe en el accidente.
Ecopetrol apeló a esta sentencia basándose en que ellos cumplían con las normas técnicas nacionales e internacionales recomendadas para estas operaciones de refinería de petróleos, también poseía un programa de salud ocupacional, antes que existiera su normatividad legal, y una estricta vigilancia en
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