ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL PARA LA OBRA CAPITULO 1
Enviado por J̡̫ẉ͡ͅs͖͕u̝̲̞s͍̺̗̖͈̀ ͟F̧̗͍̜̬̻̬c͏͚̗ C̼͍h̩͉͍͓̜a͍̣͢m̪̲̜͎b̭̼̱͕̻͙e̶̘͍̭͍̪͓ͅr̟̳̙̣͕g͜o͚̥̬͓ ̠͎M͕̫̱̦̙̭͢e͈̼r̢̺͔̼͔̪c͇͎̦̜̬̰̭a̸̯̫d͚͝o̖̙͔ • 24 de Marzo de 2016 • Informe • 5.748 Palabras (23 Páginas) • 577 Visitas
OBRA: Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el Macro Proyecto Pachacutec del Distrito de Ventanilla
ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
OCUPACIONAL PARA LA OBRA
CAPITULO 1
- GENERALIDADES
- Objeto
La presente Norma especifica las consideraciones mínimas indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción, con el objeto de prevenir los riesgos ocupacionales y proteger la salud e integridad física y mental de los trabajadores que laboran en obras de construcción.
- Campo de aplicación
La presente Norma se aplica a todas las actividades de construcción que se desarrollen en obras de edificación, obras públicas, obras de montaje y desmontaje, y cualquier operación incluida el transporte en las obras, desde la planificación hasta la conclusión del proyecto.
- Definiciones
Para los propósitos de esta Norma se aplican las siguientes definiciones:
- Andamio.- Estructura provisional con estabilidad, fija, suspendida o móvil, y los componentes en el que se apoye, que sirve de soporte en el espacio a trabajadores, equipos, herramientas y materiales, con exclusión de los aparatos elevadores.
- Construcción: Abarca las siguientes acepciones: Edificación, incluidas las excavaciones y las construcciones provisionales, las transformaciones estructurales, la renovación, la reparación, el mantenimiento (incluidos los trabajos de limpieza y pintura), la restauración y la demolición de todo tipo de edificios y estructuras. Obras de uso y servicio público: movimiento de tierras, trabajos de demolición, obras viales, cunetas, terminales, intercambios viales, aeropuertos, carreteras y autopistas, ferrocarriles, puentes, túneles, trabajos de servicios como: comunicaciones, desagüe, alcantarillado y suministro de agua y energía. Montaje electromecánico, montaje y desmontaje de edificios y estructuras de elementos prefabricados. Procesos de preparación, habilitación y transporte de materiales.
- Empleador: Abarca las siguientes acepciones: Persona natural o jurídica que emplea bajo cualquier modalidad a uno o varios trabajadores en una obra, y según el caso: el contratista principal, subcontratista y trabajadores independientes.
- Entibaciones: Apuntalar con madera las excavaciones que ofrecen riesgo de hundimiento.
- Estrobos: Cabo unido por sus chicotes que sirve para suspender cosas pesadas.
- Eslingas: Cuerda trenzada prevista de ganchos para levantar grandes pesos.
- Lugar de trabajo: Sitio en el que los trabajadores deban estar o a los que hayan de acudir a causa de su trabajo, y que se halle bajo control de un empleador.
- Obra: Cualquier lugar o jurisdicción en el que se realice alguno de los trabajos u operaciones
- Persona competente: Persona en posesión de calificaciones adecuadas, tales como una formación apropiada y conocimientos y experiencia para ejecutar funciones específicas en condiciones de seguridad.
- Representante de los trabajadores (o del empleador): Persona elegida por las partes y con conocimiento de la autoridad oficial de trabajo, autorizada para ejecutar acciones y adquirir compromisos establecidos por los dispositivos legales vigentes, en nombre de sus representados.
- Trabajador: Persona empleada en la construcción.
- Inspección del trabajo
Para los efectos del control de cumplimiento de la presente Norma se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador.
- Requisitos del lugar de trabajo
1.5.1 Consideraciones básicas Generales
El lugar de trabajo debe reunir las condiciones necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, transeúntes, terceros y propiedades adyacentes.
Se mantendrá en buen estado y convenientemente señalizadas, las vías de acceso a todos los lugares de trabajo.
El empleador designará, delimitará y señalizará las diferentes áreas de la obra, que ha continuación se indican, tomando en consideración la seguridad y la salud de los trabajadores
• Área administrativa
• Área de servicios (SSHH, comedor y vestuarios)
• Área de operaciones de obra.
• Área de preparación y habilitación de materiales y elementos prefabricados.
• Área de almacenamiento de materiales
• Área de parqueo de equipos
• Vías de circulación peatonal y de transporte de materiales
• Guardianía
• Áreas de acopio temporal de desmonte y de desperdicios.
Asimismo se deberá programar los medios de seguridad apropiados, la distribución y la disposición de cada uno de los elementos que los componen dentro de los lugares zonificados.
Se adoptarán todas las precauciones necesarias para proteger a las personas que se encuentren en la obra y sus inmediaciones, de todos los riesgos que puedan derivarse de la misma.
El ingreso y tránsito de personas ajenas a la obra deberá ser utilizando el equipo de protección personal necesario, y será reglamentado por el responsable de Seguridad de la Obra.
Se debe prever medidas para evitar la producción de polvo en la zona de trabajo, con la aplicación de paliativos de polvos y en caso de no ser posible utilizando equipos de protección personal y protecciones colectivas.
1.5.2 Instalaciones Eléctricas Provisionales
Las instalaciones eléctricas provisionales para la obra deberán ser ejecutadas y mantenidas por personal calificado.
Toda obra deberá contar con “línea de tierra” en todos los circuitos eléctricos provisionales. La línea de tierra deberá descargar en un pozo de tierra de características adecuadas para el tamaño de la obra y según lo establecido en el Código Nacional de Electricidad.
1.5.3 Primeros auxilios
El empleador será responsable de garantizar en todo momento la disponibilidad de medios adecuados y de personal con formación apropiada para prestar primeros auxilios. Teniendo en consideración las características de la obra, se dispondrán las facilidades necesarias para garantizar la atención inmediata, debiendo por lo menos contar con un botiquín de primeros auxilios el mismo que deberá contar con el equipamiento que se indica en el anexo 01. De ser necesario, la evacuación a centros hospitalarios de las personas heridas o súbitamente enfermas.
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