Garantias Individuales
Enviado por gabriel_gabriel • 10 de Noviembre de 2013 • 2.723 Palabras (11 Páginas) • 297 Visitas
GARANTIAS DE IGUALDAD
Artículo 1 .- Este articulo trata sobre que la esclavitud queda prohibida en México, dice que cualquier esclavo extranjero que entre al territorio nacional, alcanzara por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. También dice que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, la edad , él genero, las capacidades diferentes , la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Artículo 2.- Este artículo habla que la nación es única e indivisible. Dice que la nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas. Dice que la conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quienes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.
Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. Este artículo defiende a los indígenas porque en sus comunidades pueden hacer cosas que no están permitidas en una sociedad común ya que están apartados de la civilización, ya que ellos se rigen con sus propias costumbres.
Artículo 4.- El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Este artículo también habla de la forma libre del número de hijos que se desea tener y de su esparcimiento.
Dice que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. También que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. La familia tiene derecho de disfrutar de vivienda digna y decorosa. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos.
Artículo 12.- En los Estados U nidos mexicanos no se concederán títulos de nobleza ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país. Este artículo es el más claro ejemplo de las garantías de igualdad que nos rigen a todos los habitantes de este país.
Artículo 13.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas para la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al ejército.
GARANTÍAS DE LIBERTAD
Artículo 3.- Este artículo dice que todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, Estados y Municipios-impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educción primaria y la secundaria son obligatorias.
La educación que imparte el Estado tendrá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él a la vez el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. En la educación que se imparta por el Estado será laica, habrá libertad de creencia y por tanto se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus defectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Este artículo es de los más importantes o el más importante porque te dan las bases para la formación de tus valores y porque te fomentan el amor a la patria y el valor de la justicia.
Artículo 5.- Este artículo dice que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque ley cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo si no por resolución judicial. También dice que la Ley decidirá en cada Estado que profesiones necesitan un titulo para ejercerlas y que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial.
Artículo 6.- La manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, si no en el caso que ataque a la moral los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el estado. Este artículo trata sobre las personas que se pueden expresar libremente sobre cualquier tema en público siempre y cuando no afecte a terceras personas.
Artículo 7.- Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, no exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrar se a la imprenta como instrumento de delito. También dice que las denuncias por delitos de prensa se evitara que no sean encarcelados los expendedores, papeleros, operarios y demás empleados del establecimiento de donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquellos.
Artículo 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacifica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la Republica. Este articulo habla sobre el ejercicio del derecho de petición de que debe de hacerse por escrito y que el estado tiene la obligación de contestar de igual manera en determinado tiempo.
Artículo 9.- No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la Republica
...