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Garantias Individuales


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  2.704 Palabras (11 Páginas)  •  415 Visitas

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El articulo 14 constitucional es uno de los mas importantes junto con el 16 en cuanto a garantias o materia de amparo, son garantias que protegen al gobernado o al pueblo de ciertas irregularidades que el estado pueda tener contra el, (amparo es aquel que se otorga despues de una apelacion (paso de un proceso legal) ante un abuso de autoridad, no entre particulares)

El artículo 14 te concede cuatro garantías que son:

a). La Garantía de Irretroactividad de las Leyes, prohíbe el que por virtud de una nueva ley, puedan afectarse situaciones o derechos constituidos conforme a una ley anterior. Recuerda que las leyes elaboran para regir lo futuro, la que obre sobre el pasado será retroactiva.

b). La Garantía de Audiencia, una de las más importantes dentro de cualquier régimen jurídico, ya que implica la principal defensa de que dispone todo gobernado frente a actos del Poder Político que tiendan a privarlo de sus derechos y sus intereses, impide que tu puedas ser privado de la vida, de tus propiedades, sin un previo juicio en el que te haya dado oportunidad de defenderte

c). Garantía de Legalidad en Materia Civil, impone a las autoridades judiciales la obligación de fundar sus sentencias en la letra de la ley.

d). Garantía de Exacta Aplicación de la Ley en Materia Penal, dispone que solo podrán imponerte las penas señaladas por la ley, para los diversos delitos, porque debe aplicarse precisamente la que este prevenida no otra similar.

El 1er. párrafo habla de la “RETROACTIVIDAD DE LAS LEYES,”

“dice que a nadie se dara efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna” ,

(“ significa que, si alguien ya está sentenciado o cuando esta aun en juicio (proceso para que lo sentencien) si sale una nueva ley que le beneficie la podran usar a su favor, si esta ley le perjudica no tienen porque aplicársela)

El 2do. parrafo nos indica que : "Nadie puede ser privado de la vida, de la libertad, de sus posesiones, propiedades o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho".

(es decir no te pueden detener autoridades (un judicial) sin orden alguna por escrito (esto lo lleva el judicial para comprobar que verdaderamente has sido una persona que ha faltado a alguna ley). En este párrafo se aplica la garantía de audiencia.- el concepto vida, la libertad, la propiedad, la posesión y los derechos del gobernado, estos bienes son los que todos los individuos gozan, como la vida; la vida es un bien y un don que todos tenemos, la libertad es de vital importancia para la voluntad, en donde gracias a la libertad podemos expresarnos y ser libres, la propiedad son lo que es de nosotros, por lo que debemos respetar, por lo que debemos respetar las posesiones de los demás y los derechos que gozamos en la sociedad.

El 3er. Párrafo nos indica que: "En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate"

Se aplican las: ( Garantías De La Exacta Aplicación De La Ley En Materia Penal)

(Esto significa que si no hay un delito específico que la ley diga que deba ser castigado, en el caso de que el delito sea "nuevo", no se debe juzgar ni castigar de acuerdo a un delito que se le parezca. (al menos que el estado sacara una ley especifica para ese delito , pero cuando esa ley entrara en vigor no podrían castigarme por ese delito, porque la ley no puede ser retroactiva).

El 4to.. Párrafo nos indica que: “En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a las letras o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta, se fundará en los principios generales del derecho".

Se aplican las: ( Garantías De Legalidad En Materia Jurisdiccional Civil.)

Esto significa que en caso de no haber una norma escrita de acuerdo al acto realizado se acudirán A LOS PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO COMO LA EQUIDAD, LA JUSTICIA y la garantía de exacta aplicación de la ley en materia penal, debiendo aplicarse precisamente la que esté prevenida para el caso, no otra similar.

ARTICULO 15 DE LA CONSTITUCION MEXICANA

El texto dice: "No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, …etc”

Este Artículo, hace referencia a los pedidos de extradición que quedan expresamente prohibidos por la Constitución mexicana, según los casos que enumera: presos políticos, esclavos y casos de violación a los Derechos Humanos. El término "extradición". Según la Real Academia de la Lengua Española, significa la entrega del refugiado o detenido en un país, a las autoridades de otro que lo reclaman. Por ejemplo: el gobierno ha pedido a Francia, la extradición de varios terroristas.

ARTICULO 16 DE LA CONSTITUCION MEXICANA

La disposición Constitucional dispone en PRIMER LUGAR que:

1.- NADIE (ninguna persona) podrá ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones. SOLAMENTE cuando la autoridad competente (función de administrar justicia, facultad legal), tenga razones fundadas, argumentos que debe motivar legalmente y por ESCRITO. Es imperante la protección de este DERECHO de todos "Garantías de seguridad jurídica"

2.- La SEGUNDA PARTE significa que otro Derecho Fundamental LA LIBERTAD, es la regla general, LA PRIVACION DE LA LIBERTAD es la excepción y ésta se da SÓLO en los casos de "Delito Flagrante, y el caso urgente". Flagrancia cuando la persona es sorprendida en el momento de estar cometiendo el delito o en la persecución inmediata después de cometerlo. Por otra parte, la autoridad judicial nunca puede proceder de oficio al dictar una orden de captura o aprehensión, DEBE existir primero una denuncia, querella, acusación donde se señale el delito.

3.- Otra de las garantías a la LIBERTAD es que máximo dentro de las 48 horas de la aprehensión, la autoridad judicial tiene la obligación de presentarlo ante el Juez, de lo contrario deberá ponerlo en libertad. El tiempo se duplica cuando se trate de varios aprehendidos

Respecto de la tercera parte del articulo 16, significa que para ingresar a un lugar con el fin de registrar, buscar, inspeccionar o descubrir objetos que evidencien determinadas circunstancias con el fin de aprehender, detener, capturar a una persona o tomar posesión de un bien SIEMPRE será escrita, emanada de la autoridad judicial, especificando detalladamente las diligencias que se van a practicar y no podrá salirse de dicho derrotero

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