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INFORME SOBRE LA LECTURA: “JURISDICCIÓN”


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2022  •  Informe  •  1.299 Palabras (6 Páginas)  •  108 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

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CURSO:

Derecho Procesal Civil

INFORME SOBRE LA LECTURA: “JURISDICCIÓN”

AUTOR:

Torres Solórzano, Jordy José

 DOCENTE:

Dr. Ventura Pinedo, Carlos Eduardo

CICLO:

IV

TRUJILLO - PERÚ

2022

LA JURISDICCIÓN

  1. Etimología

La palabra jurisdicción proviene del latín “jus” y “dicere”, que significa administrar el derecho. Esta definición tiene su origen en el tribunal público en Grecia.

  1. Antecedentes Históricos

La historia de la jurisdicción se remonta a la forma en la que eran solucionados los conflictos. Empezando por el Código de Hammurabi en donde el rey tenía la potestad de solucionarlos. Posteriormente, en Roma lo hacían los “arbiters” y “juders”, quienes eran particulares y funcionados imperiales, respectivamente. Dentro de los juders, existía una división entre los “merum”, quienes eran los que resolvían problemas menores; los “mixtum”, problemas urbanos o de policía. Con la caída del Imperio Romano de Occidente, se volvió al mecanismo de la autodefensa y la autocomposición, luego del Renacimiento se volvería ala heterocomposición.

Al hablar de las relaciones que tiene la jurisdicción, la primordial es la que tiene con el poder. Primero, con el poder religioso y luego como poder del Estado. Este punto, al darse la Revolución Francesa de 1789, en donde se planteó la división de poderes de Montesquieu.

  1. Noción

La jurisdicción es la potestad que tiene el Estado para solucionar conflictos a través de la imposición de leyes y el Derecho. Esta actividad jurisdiccional se le es encarga al Poder Judicial, el cual tendrá la obligación de resolver el conflicto y así restaurar el orden quebrantado. El concepto de poder no se ajusta, debido a que la actuación de un juez es un poder-deber, al cual no puede negarse.

  1. Concepto

La jurisdicción es una función pública realizada por los órganos competentes del Estado, en la que, por acto de juicio, se determinan el derecho de las partes, que mediante las decisiones judiciales se dará fin al conflicto o incertidumbre jurídica.

El acto de juicio consiste en la valoración que realiza el juez para determinar cual de las partes tiene razón. Es decir, al proceso y su procedimiento. Y en cuanto a la cosa juzgada, esta se da con el auto supremo, el cual es una decisión inapelable.

  1. Definiciones

La definición de jurisdicción es abordada por diferentes autores como Chiovenda, Couture o Fornoci. Estos coinciden en que es una función pública realizada por un órgano competente destinado a resolver conflictos o incertidumbres jurídicas.

  1. Características
  1. Legalidad: Es la ley quien expresamente le otorga atribuciones y obligaciones a los órganos del poder judicial.
  2. Es de orden público: La comunidad jurídica no se puede ver afectada mediante la alteración de la voluntad de los individuos, por lo que la jurisdicción tiene cumplimiento obligatorio y general. Su desconocimiento, afecta a toda la sociedad.
  3. Indelegabilidad: El ejercicio de la jurisdicción es “intuito personae” del juez. Es por ello que los jueces no le pueden dar a otro juez o persona su jurisdicción. En el caso de vacaciones, se da el caso del encargo, es decir, la comisión. En cuanto al Caso de Corte, este consiste en el levantamiento del fuero para que la persona que ocupó un cargo público de decisión, sea procesada por tribunales superiores.
  1. Naturaleza
  1. Criterio orgánico: El fundamento de la jurisdicción esta en la aplicación de la ley. Poder ejecutivo y legislativo también lo realizan a través de la notificación para el pago de multa por incumplimiento de deberes formales y el juicio de responsabilidades, respectivamente.
  2. Criterio formal: La esencia de la jurisdicción se encuentra buscando la presencia de las partes, quienes recurren al Estado, para que, a través del juez, se resuelva el conflicto mediante un proceso que involucra diferentes procedimientos.
  3. Criterio funcional: Consiste en restablecer el espíritu social y legal cuando existe un litigio o conflicto. Esto se logra mediante la resolución de un juez, la cual se hace a través del razonamiento. Este debería ser por las partes, pero el juez acciona como sustitución. Los aforismos latinos, nemo judez sine actore (no puede actuar el juez si no hay demandante) y nemo procedat juri ex oficium (el proceso no puede caminar de oficio) son fundamentales para entender este criterio.
  1. Manifestación

Se da a través de la emisión de la sentencia o función de declaración de certeza y la ejecución de la misma, esto es cuando la sentencia ha sido determinada como cosa juzgada o verdad jurídica.

  1. Elementos

Son potestades y aptitudes que tiene el juez. En primer lugar, la notion es la potestad de aplicar la le. La vocatio es la aptitud de conocer la pretensión. El coertio es la potestad de precautelar los intereses. El iuditio es la potestad de dictar una sentencia. Y el Executio es la potestad de ejecutar lo juzgado.

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