INSTRUCTIVO ENTE DIDACTICO, ACCION DELEGADA
Enviado por lizromer1519 • 31 de Octubre de 2016 • Informe • 2.817 Palabras (12 Páginas) • 414 Visitas
CONTENIDO PAG.
Objetivo 2
Base legal 3
NORMAS
Para Realizar la Solicitud inicial de Autorización como Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores. 4
Conformación de la Carpeta a presentar para la Solicitud o renovación de Autorización. 6
Consignación de los requisitos para la solicitud inicial de autorización como Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores. 9
Consignación de requisitos para la incorporación de nuevos instructores y manuales. 11
Sobre el uso y actualización del Instructivo 12
Personal que intervino en el desarrollo del Instructivo 13
Proveer a las Empresas inscritas en el INCES de un instrumento para solicitar la Constancia de Autorización como Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores, con la finalidad de cumplir con los requisitos exigidos por el Instituto.
- CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, GACETA OFICIAL DE LA REPUBLÍCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA N° 5.908 ( E ) DE FECHA DE FECHA 19-02.09
- LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
- LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL.
- CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO.
- LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS, GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA N° 5891 (E) DE FECHA 31-07-08
- LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT)
- LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
- DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES)
- DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS EMANADAS POR EL INSTITUTO Y DEMÁS ORDENAMIENTOS JURIDICOS VIGENTES.
PARA REALIZAR LA SOLICITUD INICIAL DE AUTORIZACIÓN COMO ENTES DIDACTICOS O CENTROS DE FORMACIÓN PARA TRABAJADORES:
- Los documentos necesarios para realizar la solicitud de Entes Didácticos o Centros de Formación para Trabajadores, deberán ser presentados en original y copia por el solicitante.
- Los documentos requeridos por el INCES deben presentarse en el orden indicado en el presente instructivo (norma Nro.3) siendo el primer documento a archivar la letra (a) de forma ascendente y los mismos deben estar actualizados.
- Los recaudos a consignar para realizar la solicitud son los siguientes:
- Registro Mercantil y/o Acta Constitutiva.
- Registro de Información Laboral (N.I.L.)
- Registro de Información Fiscal (R.I.F.)
- Registro ante el INCES – Unidad Estadal de Administración Tributaria
- Solvencia INCES vigente
- Reglamento Docente. (Normas internas relacionadas con el cumplimiento de la acción docente, Instructores, participantes, instalaciones, horarios entre otros)
- Relación de costos por cursos y participantes.
- Control de Asistencia, según indicadores INCES. (Anexo N° 1).
- Modelo de Certificado:
Anverso: Nombre(s) y Apellido(s) del Egresado, Cédula de identidad del egresado, Nombre del curso u oficio, Firmas.
Reverso: Contenido del Curso o Conocimiento Evaluado, (según sea el caso), duración en horas del contenido (teórico, práctico e integral), total horas de formación (según sea el caso), fecha de inicio, fecha de finalización, y número de registro.
- Diseño Curricular de cada uno de los cursos a registrar. (Anexo 2).
- Relación de Instructores.
- Relación de Manuales de cursos a dictar
- Elaborar comunicación dirigida al INCES, en la cual solicita la Inscripción como Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores. (Anexo N° 3)
CONFORMACIÓN DE LA CARPETA A PRESENTAR PARA LA SOLICITUD O RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN
- Las carpetas a ser consignadas para la solicitud de autorización como Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores, deben contemplar las siguientes características:
- Las carpetas a ser utilizadas deben ser de tamaño oficio y resistentes al uso diario, con alta capacidad, se sugieren carpetas oficio de fibra (marrón) o carpetas de alta capacidad tipo Bibliorato (carpeta de lomo ancho, tapas de cartón grueso).
[pic 3]
- La carpeta en la cual se conformará el expediente debe contar con dos (02) etiquetas. Una en la cara principal externa y la otra en la pestaña o lomo de la misma, dependiendo del tipo de carpeta, con el nombre del Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores, Nro. de Aportante y Nro. de RIF.
[pic 5][pic 4]
- Cada uno de los requisitos a presentar deben estar divididos por separatas identificadas de forma legible en el borde de la misma, según la denominación del documento que se está presentando. [pic 6]
- Los documentos que conforman el expediente, deben estar claros, legibles y sin tachaduras ni enmiendas.
- Los documentos que conforman el expediente, deben estar sujetos con un gancho, en el margen izquierdo en la parte interna de la carpeta.
[pic 8][pic 7]
CONSIGNACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA LA SOLICITUD INICIAL DE AUTORIZACION COMO ENTE DIDÁCTICO O CENTRO DE FORMACION PARA TRABAJADORES:
- El representante del Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores, deberá consignar ante la División de Formación Profesional Unidad de Programa Nacional de Formación Delegada del Ente Regional correspondiente, el expediente con la documentación solicitada en original y copia, con el objeto de verificar la autenticidad de cada uno de ellos.
- El Funcionario responsable de la Unidad del Programa Nacional de Formación Delegada, será el encargado de verificar, sellar, visar y fechar con su nombre, apellido y código de empleado, cada una de las páginas que conforman el expediente como copia fiel y exacta del original.
- El Funcionario responsable de la Unidad del Programa Nacional de Formación Delegada, informará al solicitante interesado, el lapso en el cual se realizará la visita a las instalaciones, dejando constancia escrita.
- La División de Formación Profesional, a través de la Unidad del Programa Nacional de Formación Delegada del Ente Regional, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos para la emisión de la solicitud de la Constancia de Autorización del Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores, deberá realizar la Supervisión Administrativa Técnico Docente a fin de:
- Verificar las instalaciones del Ente o Centro de Formación para –Trabajadores (domicilio fiscal y espacios de aprendizaje).
- Síntesis Curriculares con sus respectivos soportes: fotocopia de la Cédula de Identidad, Fondo Negro del título profesional o credenciales en la especialidad a dictar, así como el componente docente de cualquier Institución reconocida que lo acredite como facilitador, con el mínimo de horas establecidas por el INCES.
- Manuales a registrar bajo los parámetros establecidos por el INCES.
- La División de Formación Profesional, a través de la Unidad del Programa Nacional de Formación Delegada del Ente Regional, será la responsable de otorgar la Constancia de Autorización como Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores bianual, una vez verificado el cumplimiento de todos los parámetros y requisitos solicitados por el INCES.
CONSIGNACIÓN DE REQUISITOS PARA LA INCORPORACIÒN DE NUEVOS INSTRUCTORES Y MANUALES
- El representante del Ente Didáctico o Centro de Formación para Trabajadores, cada vez que requiera incorporar Instructores y Manuales deberá presentar la siguiente documentación:
- Solvencia INCES vigente.
- Relación de Instructores y Manuales a incorporar
- Relación de los costos por cursos y participantes
- Síntesis Curricular
- Diseño Instruccional (Programa y Manual de Curso) a registrar.
- La documentación debe ser presentada en la División de Formación Profesional Unidad del Programa de Formación Delegada, como se indica en las normas CONFORMACIÓN DE LA CARPETA A PRESENTAR PARA LA SOLICITUD O RENOVACIÓN DE AUTORIZACION, del presente instructivo.
- Elaborar comunicación dirigida al INCES, en la cual solicita la Incorporación de Nuevos Instructores y Manuales.
SOBRE EL USO Y ACTUALIZACIÓN DEL INSTRUCTIVO
- La actualización o modificación de este Instructivo será responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Organizacional, adscrita a la Gerencia General de Planificación, conjuntamente con la Gerencia General de Formación Profesional.
- La Gerencia General de Formación Profesional, deberá comunicar cada (6) seis meses a la Gerencia General de Planificación, Gerencia de Desarrollo Organizacional, sobre la operatividad de este Instructivo, con las observaciones correspondientes en caso de que las hubiere.
- De este Instructivo deberán existir una copia en las siguientes Dependencias:
- Dirección Ejecutiva
- Gerencia General de Formación Profesional.
- Oficina de Auditoría Interna.
- Consultoría Jurídica.
- Gerencia General de Planificación - Gerencia de Desarrollo Organizacional.
- Gerencia General de Informática.
- Gerencias Regionales.
Para el desarrollo del presente Instructivo, se contó con la colaboración de los funcionarios de las Dependencias Administrativas que se mencionan a continuación
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