Introducción Al Derecho- Gracia Maynez CAPITULO XI: DISCIPLINAS JURIDCAS ESPECIALES Y DISCIPLINAS JURÍDICAS AUXILIARES.
Enviado por von6 • 26 de Enero de 2014 • 1.963 Palabras (8 Páginas) • 3.229 Visitas
Sin duda alguna es indispensable analizar, desde su origen y conceptualización lo que son las disciplinas jurídicas especiales y auxiliares. Como punto de inicio tomare en cuenta la distinción del derecho privado y el derecho público, en el cual se hace mención de los intereses particulares y colectivos, además distinguiendo que existe un gran mediador competente autoritario que en este caso es el Estado. Es decir planteare estas dos grandes ramas de una manera amplia que a su vez se dividen en disciplinas especiales y auxiliares. Por lo tanto esta clasificación repercute en el ámbito jurídico ya que es generalmente la aceptada actualmente.
Perteneciendo al derecho público: los derechos constitucional, administrativo, penal y procesal; al privado, el civil y el mercantil, esta división se refiere al derecho interno, es decir, al orden jurídico de cada Estado. Siguiendo de esta clasificación también se destacan el derecho privado y público internacionales.
A continuación hare mención de cada disciplina de estas dos grandes ramas, dando como resultado una definición explicita de cada tipo de derecho.
Derecho Constitucional: Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.
Bien refiere este concepto a la unidad política de un pueblo, que sigue un modo de vida regulado por las normas jurídicas, además de considerar que es lo que nos rige como individuos pertenecientes a un Estado; y así obtener una estructura fundamental para el progreso social.
Derecho Administrativo: Es la rama del derecho público, que tiene por objeto especifico la administración publica, es decir llegar a satisfacer intereses colectivos en un Estado.
En los estados modernos la administración tiene la capacidad de realizar los intereses generales, y por supuesto que convengan a la nación. Esta cuestión se da por parte de los órganos competentes, pero realizan esta función sin ser obligados, sino todo lo contrario para satisfacer sus propios intereses generales, esto en sentido material; pero en el sentido formal es todo aquel acto que desempeña el poder ejecutivo. Además busca un propósito en común.
Derecho Penal: El criminalista Español Eugenio Cuello Calón lo define como el ‘’ conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad’’.
Es decir son aquellas normas, implicadas en todo ordenamiento jurídico; que a su vez busca la penalización y la justicia de los actos ilícitos que puede llegar a realizar un individuo, jurídicamente son acciones antisociales prohibidas por la ley, y que claro que tiene un castigo, como la perdida de libertad o hasta la muerte misma.
Si bien esta disciplina se refiere a toda búsqueda de la justicia a partir de hechos relevantes que van en contra de la paz de un Estado, y que además un ataque directo a la integridad física, honor, propiedad de cada persona. Este también procede de una conducta represiva y establece medidas preventivas.
Derecho Penal Disciplinario y Derecho Militar: el primero proveniente del ejercicio de la potestad disciplinaria, por parte de los funcionarios, de una conducta ajustada a los deberes y obligaciones que su reglamentación profesional les impone. El segundo, no se reduce, sin embargo, al estudio de las leyes que castigan las infracciones militares, es decir son las nomas que coordinan, sincronizan y conciernan las relaciones derivadas de la vida marcial.
Estas dos subdivisiones del Derecho penal, forman parte sin duda de un orden jurídico general dentro del Estado, estas a su vez se deben de considerar independientes y autónomas, porque llevan a cabo acciones destacadas en el ámbito político. Es mantener la imposición de poder y el mando en todo momento.
Derecho Procesal: Es el conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, ya con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaren la existencia de determinada obligación y, en caso necesario, ordenen que sehaga efectiva.
Principalmente tiene como característica este tipo de disciplina hacer valer la existencia de hechos judiciales, que forman parte de un derecho instrumental o adjetivo, relativo a ser autónoma e independiente; esto hace referencia a que en vez de que los particulares hagan justicia por sí mismos, los órganos del Estado intervienen en su autodefensa, para así ayudar a los particulares en la obtención de sus derechos subjetivos, desarrollados efectivamente en el ámbito jurisdiccional.
Derecho Internacional Público: Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre si y señalan sus derechos y deberes recíprocos. O también es designado como ‘‘el derecho de gentes’’.
‘‘Si los Estados son normalmente soberanos, esto es, si constituyen el supremo poder sobre la tierra, no cabe pensar una potencia superior que establezca como poder legislativo un derecho sobre ellos, los declare como poder judicial e imponga coactivamente su realización como poder ejecutivo’’. El error de quienes argumentan de este modo dice- Radbruch- estriba en creer que la aparición y realización de las normas jurídicas presupone una organización de los sometidos a tales preceptos.
A partir de esta postura, considero que es verdadero que el Estado siempre tiene un poder soberano, el cual no puede ser modificado, o si no se llegaría a suscitar solo a partir de los respectivos poderes legislativo, judicial y ejecutivo. Por supuesto dándole participación de gran importancia a cada una de las sociedades que integran las naciones representativas en todo Derecho Internacional Público.
Ahora por otra parte definiré, las disciplinas de la rama del Derecho Privado, según García Máynez:
Derecho Civil: Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana. Esta rama es dividida en cinco partes:
I. Derecho de las personas
II. Derecho Familiar
III. Derecho de los bienes
IV. Derecho sucesorio
V. Derecho de las obligaciones
Estos a su vez obtienen una compilación de todos los hechos y actos trascendentes de la humanidad valiéndose del apoyo político. Ya que este Derecho les ayuda como personas individuales a criterio, el obtener
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