LA CONCILIACION Y MEDIACION FACULTATIVA Y LEGAL
Enviado por MIRTHA524 • 22 de Octubre de 2014 • 749 Palabras (3 Páginas) • 507 Visitas
LA CONCILIACION Y MEDIACION FACULTATIVA Y LEGAL
De los delitos contra las personas.
El Derecho Penal especial estudia la clasificación de los delitos (Aquellos que atacan los bienes jurídicamente tutelados).El Código Penal venezolano en su libro II, clasifica las diversas especies del delito, cumpliendo con una de las funciones primordiales de de toda norma, sea legal o científica. En los diferentes ordenamientos jurídicos, dicha clasificación puede llevarse a cabo conforme a una infinita diversidad de criterios
(Quintano Antonio, Pág.12-13, 1972).
Ahora bien nuestra legislación en materia penal acoge como base de categorización y agrupación la naturaleza propia del objeto del delito, es decir, el bien jurídico tutelado colectivo o individual, que los individuos en sociedad fundamentándose en la importancia que tienen esos valores para la misma, se han puesto de acuerdo en proteger. Entre ellos en el Titulo IX de los Delitos Contra Las Personas, se presentan varios tipos penales que atentan contra bienes jurídicos tutelados como lo son la vida, la integridad física y moral. A continuación se colocaran los capítulos contentivos al titulo IX de los delitos contra las personas amanera de saber cuales son algunos de los mencionados delitos que atentan contra las personas:
y Capitulo I: Del Homicidio.a)
Homicidio intencional, que puede ser simple (articulo 405), agravado (articulo 407), o calificado (articulo406).b)
Homicidio con causal (articulo 408)c)
Homicidio culposo (articulo 409)d)
Homicidio preterintencional, que puede ser propiamente dicho o preterintencional con causal (articulo 410).
Y Capitulo II: De Las Lesiones Personales. a)
Según el elemento subjetivo (intención), pueden ser intencionales (artículos 413 al 418),preterintencionales (articulo 419) o culposas (articulo420).b)
Según el elemento objetivo (resultado), pueden ser menos graves (articulo413), gravísimas(articulo 414), graves (articulo415), leves (articulo 416), levísimas (articulo 417).
Y Capitulo II Disposiciones Comunes a Los Capítulos anteriores (Homicidios y Lesiones).
Y Capitulo IV Del Aborto Provocado.
Y Capitulo V Del Abandono de Niños o de otras Personas Incapaces de Proveer a su seguridad o a susalud.
Y Capitulo VI Del Abuso en la Corrección o Disciplina y de la sevicia en las Familias.
Y Capitulo VII De la Difamación y De la Injuria .y El Homicidio según la Doctrina.
En su semántica gramatical, como en la jurídica lata ³muerte de un hombre por otro hombre´ (hominiscaedes ad homine) (Irureta Goyena José, Pág. 6, 1928).
Sin embargo constituye una definición muy antigua y precaria, lejana de parecer un concepto jurídico- penal. Carrara Francesco ha perfeccionado la definición,
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