Mediación-conciliacion
Enviado por tengohambre96 • 15 de Mayo de 2015 • 1.285 Palabras (6 Páginas) • 240 Visitas
4.1.- ¿Qué es la Mediación?
Folberg y Taylor la definen como un procedimiento que hace hincapié en la responsabilidad de los participantes de tomar decisiones que influyen en sus vidas, es decir, constituye un procedimiento que confiere autoridad sobre sí mismas a cada una de las partes.
Falcón establece que la mediación es un procedimiento no adversarial en que un tercero neutral –que no tiene poder sobre las partes- ayuda a que estas encuentren el punto de armonía en forma cooperativa y solucionen su conflicto
4.2.- ¿Quién puede ser Mediador?
Un sujeto neutral que se encarga de establecer la dirección del procedimiento de mediación. Un profesional a cargo de una función extrajudicial derivada de la ley.
4.3.- ¿Que es la Conciliación?
Es el método alterno mediante el cual uno o más prestadores de servicios de métodos alternos –con posible autoridad formal- intervienen para facilitar la comunicación entre los participantes en el conflicto y proponer recomendaciones o sugerencias que les ayuden a solucionarlo total o parcialmente.
Othon Pérez establece que la conciliación es un método propuesto en diversas leyes de carácter administrativo en esencia, por lo cual la conciliación como procedimiento está autorizada por la ley sólo en los rubros específicos que ésta señala; es decir, la conciliación es un procedimiento previsto en la ley, de tal suerte que no podríamos hablar de conciliación privada sino de conciliación pública en materia administrativa, conciliación en materia laboral y conciliación judicial.
Gil Echeverri señala que la conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan la solución de sus diferencias con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. Es más que un simple contrato o acuerdo, y por supuesto constituye una institución sustancialmente diferente de otros mecanismos alternos.
4.4.- Diferencia Doctrinal entre la Mediación y la Conciliación.
La mediación no propone el acuerdo, sólo guía a las partes; mientras que la conciliación propone el acuerdo y conduce a las partes para lograrlo.
4.5.- Clases de Mediación.
Hay tres tipos de mediación:
1. Obligatoria u oficial: Se presenta cuando existe una disposición legal o normativa que imponga dicha vía a las partes involucradas en un conflicto.
2. Voluntaria o privada: Ocurre cuando las partes se someten a la mediación por decisión propia o deliberada a través de un contrato cuando surja la controversia, sin que se encuentren compelidas a hacerlo por alguna disposición legal o normativa o factores externos a ellas.
3. Optativa: Se da cuando la ley confiere la opción de someterse a ella o la otra parte, pero esa alternativa es vinculante para esta última, es decir, la posibilidad de escoger sólo se brinda al actor o pretendiente.
4.6.- Tipos de Mediación.
Los más usuales son:
• Mediación comunitaria: Consiste en aplicar la técnica para resolver problemas comunitarios.
• Mediación multicultural: Se da en zonas o países donde conviven personas de diversas razas o sus raíces y costumbres son diferentes.
• Mediación judicial: Es inducida por el sistema judicial.
• Mediación en las organizaciones o en las empresas: Tiene efecto cuando se trata de empresas públicas o privadas.
• Mediación en materia penal: Es muy favorable, sobre todo en el caso de delitos menores o de delitos de menores.
• Mediación penal: Toma una gran importancia ya que gracias a las reformas procesales constitucionales efectuadas al artículo 17 de nuestra carta magna, se establece… Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias.
• Mediación ecológica: Es de considerar que si bien la defensa contra el daño al medio ambiente es un derecho humano de tercera generación que ha adquirido una importancia mundial en las últimas décadas, la cultura del medio ambiente se profesa sólo en países de primer mundo.
4.7.- Principios Básicos de la Actividad del Mediador.
4.8.- Características de la Mediación.
a) Confidencialidad: Significa que ninguna revelación efectuada durante el procedimiento se podrá divulgar o utilizar en algún proceso, ni generará consecuencias económico-sociales. La confidencialidad cubre tres aspectos:
1. Frente a terceros: Las partes firman un convenio de confidencialidad y el mediador nada podrá revelar de lo ocurrido durante el procedimiento ni ser citado
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