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Ley 26887


Enviado por   •  30 de Julio de 2013  •  1.547 Palabras (7 Páginas)  •  338 Visitas

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Se considera reorganización el acto por el cual una sociedad segrega uno o más bloques patrimoniales y los aporta a una o más sociedades nuevas o existentes, recibiendo a cambio yconservando en su activo las acciones o participaciones correspondientes a dichos aportes.Las reorganizaciones referidas en los artículos anteriores se realizan en una misma operación,sin perjuicio de que cada una de las sociedades participantes cumpla con los requisitos legales prescritos por la presente ley para cada uno de los diferentes actos que las conforman y de quede cada uno de ellos se deriven las consecuencias que les son pertinentes.Cualquier sociedad constituida y con domicilio en el extranjero, siempre que la ley no lo prohíba, puede radicarse en el Perú, conservando su personalidad jurídica y transformándose yadecuando su pacto social y estatuto a la forma societaria que decida asumir en el Perú. Paraello, debe cancelar su inscripción en el extranjero y formalizar su inscripción en el Registro.La sucursal establecida en el Perú de una sociedad constituida en el extranjero puedereorganizarse; así como ser transformada para constituirse en el Perú adoptando alguna de lasformas societarias reguladas por esta ley, cumpliendo los requisitos legales exigidos para ello yformalizando su inscripción en el Registro.Es sucursal todo establecimiento secundario a través del cual una sociedad desarrolla, en lugar distinto a su domicilio, determinadas actividades comprendidas dentro de su objeto social. Lasucursal carece de personería jurídica independiente de su principal.Está dotada de representación legal permanente y goza de autonomía de gestión en el ámbito delas actividades que la principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a susrepresentantes.La sucursal se cancela por acuerdo del órgano social competente de la sociedad. Su inscripciónen el Registro se efectúa mediante copia certificada del acuerdo y acompañando un balance decierre de operaciones de la sucursal que consigne las obligaciones pendientes a su cargo que sonde responsabilidad de la sociedad.Cuando sociedades extranjeras con sucursal establecida en el Perú participen en una fusión oescisión, se procederá de la siguiente manera.1. Para la inscripción en el país del cambio de sociedad titular de la sucursal originada en lafusión de su principal constituida en el extranjero, el Registro exigirá la presentación de ladocumentación que acredite que la fusión ha entrado en vigencia en el lugar de la sociedad principal; el nombre, lugar de constitución y domicilio de la sociedad principal absorbente oincorporante y que ella puede tener sucursales en otro país.2. Para la inscripción en el país del cambio de sociedad titular de la sucursal, originada en laescisión de la sociedad principal constituida en el extranjero, el Registro exigirá la presentaciónde la documentación que acredite que la escisión ha entrado en vigencia en el lugar de larespectiva sociedad principal; el nombre, lugar de constitución y domicilio de la sociedad beneficiaria del bloque patrimonial que incluye el patrimonio de la sucursal y que ella puedetener sucursales en otro país.La sociedad se disuelve por las siguientes causas:1. Vencimiento del plazo de duración, que opera de pleno derecho, salvo si previamente seaprueba e inscribe la prórroga en el Registro;2. Conclusión de su objeto, no realización de su objeto durante un período prolongado oimposibilidad manifiesta de realizarlo;3. Continuada inactividad de la junta general;4. Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a cantidad inferior a la tercera parte del capital pagado, salvo que sean resarcidas o que el capital pagado sea aumentado o reducido en cuantíasuficiente;

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5. Acuerdo de la junta de acreedores, adoptado de conformidad con la ley de la materia, oquiebra;6. Falta de pluralidad de socios, si en el término de seis meses dicha pluralidad no esreconstituida;7. Resolución adoptada por la Corte Suprema, conforme al artículo 410;8. Acuerdo de la junta general, sin mediar causa legal o estatutaria; y,9. Cualquier otra causa establecida en la ley o prevista en el pacto social, en el estatuto o enconvenio de los socios registrado ante la sociedad. No obstante mediar acuerdo de disolución de la sociedad anónima, el Estado puede ordenar sucontinuación forzosa si la considera de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley. En la respectiva resolución se establece la forma cómo habrá de continuar la sociedad y sedisponen los recursos para que los accionistas reciban, en efectivo y de inmediato, laindemnización justipreciada que les corresponde. En todo caso, los accionistas tienen el derechode acordar continuar con las actividades de la sociedad, siempre que así lo resuelvan dentro delos diez días siguientes, contados desde la publicación de la resolución.Disuelta la sociedad se inicia el proceso de liquidación.La sociedad disuelta conserva su personalidad jurídica mientras dura el proceso de liquidación yhasta que se inscriba la extinción en el Registro.Durante la liquidación, la sociedad debe añadir a su razón social o denominación la expresión"en liquidación" en todos sus documentos y correspondencia.Desde el acuerdo

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