NIC 27
Enviado por karen3110 • 10 de Junio de 2013 • Tesis • 1.077 Palabras (5 Páginas) • 681 Visitas
NIC 27
Fecha de vigencia
33. Esta Norma Internacional de Contabilidad tendrá vigencia para estados financieros que cubran periodos que comiencen en o después del 1 de enero de 1990.
RESUMEN TECNICO NIC 27
Resumen técnico Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IASC y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.
NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados
Está Norma será de aplicación en la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados de un grupo de entidades bajo el control de una controladora. Estados financieros consolidados son los estados financieros de un grupo, presentados como si se tratase de una sola entidad económica. Control es el poder para dirigir las políticas financiera y de operación de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades Un grupo es el conjunto formado por la controladora y todas sus subsidiarias. Una controladora (o matriz) es una entidad que tiene una o más subsidiarias. Una subsidiaria (o filial o dependiente) es una entidad controlada por otra (conocida como controladora, matriz o dominante). La subsidiaria puede adotar diversas modalidades, entre las que se incluyen las entidades sin forma jurídica definida, tales como las fórmulas asociativas con fines empresariales.
Una controladora elaborará estados financieros consolidados, en los cuales consolidará sus inversiones en las subsidiarias, de acuerdo con lo establecido en esta Norma. No será necesario que la controladora elabore estados financieros consolidados si, y sólo si:
(a) dicha controladora es, a su vez, una subsidiaria sin accionistas minoritarios o con accionistas minoritarios (incluyendo a los titulares de acciones sin derecho a voto), que han sido informados de que la controladora no presentará estados financieros consolidados y no han manifestado objeciones a ello.
(b) los instrumentos de pasivo o de patrimonio neto de la controladora no se negocian en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo mercados locales y regionales);, incluyendo los mercados regionales y locales);
(c) la controladora no registra, ni está en proceso de hacerlo, sus estados financieros en una comisión de valores u otra organización reguladora, con el fin propósito de emitir algún tipo de instrumentos en un mercado público; y
(d) la controladora última, o alguna de las controladoras intermedias, elaboran estados financieros consolidados que están disponibles para el público y cumplen con las Normas Internacionales de Información Financiera.
En los estados financieros consolidados se incluirán todas las subsidiarias de la controladora.
Procedimientos de consolidación
Los estados financieros consolidados se elaborarán utilizando políticas contables uniformes para transacciones y otros eventos que, siendo similares, se hayan producido en circunstancias parecidas. Al elaborar los estados financieros consolidados, la entidad combinará los estados financieros de la controladora y sus subsidiarias por línea, agregando las partidas que representen activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos de contenido similar. Con el fin de que los estados financieros consolidados presenten información financiera del grupo, como si se tratase de una sola entidad económica, se procederá de la siguiente manera:
(a) El importe en libros de la inversión de la controladora en cada una de las subsidiarias será eliminado
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