ORGANIZACION DEL NOTARIADO
Enviado por gabu_3006 • 17 de Mayo de 2015 • 1.311 Palabras (6 Páginas) • 359 Visitas
ORGANIZACIÓN DEL NOTARIADO
Introducción
En el presente ensayo visualizaremos sobre los preceptos que encontramos en la organización del notariado y en cuanto a sus funciones de la clasificación de dicho sistema. Según el doctor Núñez Lagos nos habla: “Que los Colegios Notariales son al Notariado lo que el esqueleto al cuerpo humano. Un notariado sin organización colegial, es un notariado invertebrado. El Colegio une, articula y vertebra a los notarios en un noble afán de perfección. Es el comienzo y el sostén de más amplios y continuados afanes corporativos.” Estando conforme con la legislación notarial sobre la organización del notariado observamos que la clasificación nacional se divide en tres órganos los cuales tenemos: Colegio de Notarios, Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, y el Consejo del Notariado.
Entonces sobre la organización del notariado diremos que “Este título indica la manera jurídica o Status Iure de estructurar la profesión de escribano en las distintas demarcaciones territoriales, así como de regular las relaciones existentes entre los notarios y los colegios o instituciones que lo agrupan, sean éstos nacionales o internacionales
1. DISTRITO NOTARIAL
Surge por efecto de la demarcación notarial o determinación de la extensión y límites territoriales de la función notarial. Los distritos son cada una de las partes en que se divide el territorio nacional a efectos de determinar el límite máximo para la válida actuación del notario. Esta, en todo caso y salvo habilitación especial, sólo puede realizarse en los términos municipales que suelen integrarse en un distrito notarial que, por otra parte, coincide con un partido judicial. No obstante, en caso de no residir notario, o hallarse oficialmente ausente del distrito en el que un enfermo grave quiera otorgar testamento notarial, podrá el notario de un distrito contiguo autorizar dicho testamento sin habilitación especial. La misma previsión es aplicable a otros casos equivalentes
El decreto legislativo del notariado peruano establece en su artículo 127 que se considera distrito notarial a la demarcación territorial de la República en la que ejerce competencia un colegio de notarios. Además debemos precisar que el artículo 127 del decreto ley 26002, precisaba que se considera Distrito Notarial a la demarcación territorial de la República en la que ejerce jurisdicción un Colegio de Notarios.
Por lo tanto, podemos afirmar que la primera de las normas citadas tiene como antecedente legislativo nacional la segunda norma citada, por lo tanto, deben estudiarse en forma conjunta.
En la normatividad anterior se utilizaba el término jurídico competencia, mientras que en la norma vigente en su lugar se utiliza el término jurídico jurisdicción, por lo tanto, constituye está la sede para dejar constancia que ambos términos son más utilizados en el derecho procesal, y tienen diferente definición.
2. COLEGIOS DE NOTARIOS
El artículo 129 del decreto legislativo del notariado peruano establece que los colegios de notarios son personas jurídicas de derecho público, cuyo funcionamiento se rige por Estatuto Único.
Esta norma legal tiene como antecedente legislativo nacional inmediato al artículo 129 del decreto ley 26002, el cual establece que los Colegios de Notarios son personas jurídicas de derecho público, cuyo funcionamiento se rige por Estatuto único.
Muchos discuten si los colegios de notarios son o no colegios profesionales, por ello, debemos señalar que algunos notarios en el derecho peruano no son profesionales, pero son notarios, sin embargo, son personas jurídicas de derecho público, y por ello son constituidas por su ley de creación. Este tema es bastante importante en el estudio del derecho notarial, por ello, sugerimos un estudio doctrinario adecuado para que se conozca con información no sólo nacional, sino también extranjera.
Misión.- Tener participación efectiva en las decisiones del Estado relacionadas con la Función Notarial, revalorando para ello la imagen del notariado. Hacer que la colegiatura sea un vínculo trascendente entre los notarios entre sí y su colegio profesional, el cual se compromete a prestarles servicios integrales, de alta calidad, a los mejores costos del mercado.
Visión.- Posicionar al Colegio de Notarios de Lima como líder del Notariado Nacional y en la Unión Internacional del Notariado Latino, y como consultor privilegiado del Estado Peruano, en la búsqueda de la seguridad jurídica, la justicia y la realización
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