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Procesal Civil


Enviado por   •  28 de Junio de 2013  •  6.830 Palabras (28 Páginas)  •  440 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL.

I.- INTRODUCCIÓN

Para conocer sistemática la disciplina del Derecho Procesal Civil, es menester que el estudiante de Derecho haya adquirido solidamente conocimientos relacionados al tópico jurídico denominado proceso, en tales condiciones, deberá encontrarse familiarizado a los siguientes temas:

1).- PROCESO JURISDICCIONAL

El Estado como un ente dotado de la supremacía o soberanía, tiene entre sus finalidades garantizar la justicia entre los ciudadanos que le integran el elemento humano, así el proceso jurisdiccional funge como un instrumento estatal que le permite dirimir toda contiende de derechos que pueda derivarse de la actividad diaria de los gobernados.

Así pues, se entiende por proceso jurisdiccional el cúmulo de actos regulados tanto por la ley como por la jurisprudencia y ejecutados por los sujetos que intervienen ante un órgano del estado, con facultades jurisdiccionales para que este, aplique las normas jurídicas a la solución de la controversia o controversias planteadas.

Por facultad jurisdiccional debemos comprender la atribución que el Estado concede a ciertos órganos para que declaren y apliquen el derecho a determinadas situaciones controvertidas en su representación.

2).- ETAPAS PROCESALES

El proceso jurisdiccional doctrinal y didácticamente se ha dividido en dos grandes etapas:

1.- Instrucción.- Etapa en la cual las partes que intervienen en el proceso y demás sujetos procesales, allegan la información suficiente al juzgador, lo instruyen para que éste tenga amplio conocimiento en relación a la controversia que se ha sometido a proceso. Esta etapa se subdivide a su vez en tres fases a saber:

a) Fase Postulatoria.- Constituida en la práctica por la demanda y por la contestación de la demanda, en esta fase tanto la parte actora como la demandada fijan su postura de ataque (acción) y defensa (excepción) en la controversia.

b) Fase Probatoria.- Constituida por el ofrecimiento, admisión, preparación y desahogo de las pruebas, en ella las partes subministran la serie de elementos informativos (pruebas) al juzgador a fin de acreditar en juicio sus acciones y excepciones.

c) Fase Preconclusiva.- Constituida por los alegatos, esta fase se caracteriza por la serie de razonamientos lógicos – jurídicos que las partes esgrimen hacia el juzgador para que la sentencia le sea favorable ya a sus pretensiones en juicio o bien a sus excepciones. Se trata de un proyecto de sentencia que las partes someten a consideración del juzgador.

2.- Juicio.- En esta etapa se despliega la actividad unilateral del juzgador mediante la emisión de su juicio, esto, una vez que se ha hecho de su conocimiento la controversia mediante la etapa de instrucción. Esta etapa se encuentra constituida por el acto final procesal que es la sentencia.

3).- VINCULACION PROCESAL

Se entiende por vinculación la unión, enlace o conexión que existe entre los diferentes actos que se suscitan en el proceso jurisdiccional, dicha vinculación puede presentarse de tres maneras:

1.- Vinculación Cronológica.- Es la unión entre los actos procesales en razón del tiempo y momentos en que cada uno de ellos deben verificarse. El proceso no se desahoga de manera instantánea sino que se desahoga de manera progresiva en base a tiempos determinados por la ley o por el juzgador. Ejemplos: 1).- En el juicio ordinario civil el demandado es emplazado a juicio concediéndosele nueve días para que produzca contestación a la demanda. 2).- El término que la ley concede a las partes para ofrecer pruebas es de cinco días comunes y perentorios. Son actos procesales en los cuales encontramos invariablemente la fijación de tiempos para la realización de actos procesales.

2.- Vinculación Lógica.- Relación de los actos en virtud de la cual algunos son presupuestos y otros consecuencias. Ejemplos: 1).- La demanda es presupuesto procesal del auto admisorio de la misma y éste a su vez es consecuencia ella. Inmediatamente el auto admisorio se convierte en presupuesto del emplazamiento y el emplazamiento consecuencia del auto admisorio.

3.- Vinculación Teleológica.- Se traduce en que todos los casos se encuentran conexos con la finalidad de llegar a un mismo fin en el proceso que es la sentencia definitiva.

4).- LAS PARTES Y LOS SUJETOS EN EL PROCESO

Se entiende por sujeto procesal, toda persona que interviene de manera directa o indirecta en la prosecución del juicio, puede ser sujeto procesal el actor, demandado, juez, peritos, testigos etc. Por parte debe entenderse aquella persona que interviene directamente en el proceso teniendo interés jurídico en la resolución de la controversia planteada ante el órgano jurisdiccional, son parte en el proceso únicamente el actor y el demandado.

En el proceso jurisdiccional todas las personas que intervienen en él son sujetos procesales, pero no todos son parte procesal.

Enunciaremos mas no limitares, quienes pueden tener el carácter de parte en el proceso:

1. Personas Fisicas.

2. Personas Morales (jurídicas).

3. Tutores.

4. Curadores.

5. Albaceas.

6. Sindicos.

7. Extranjeros.

5).- LEGITIMACION DE LAS PARTES

Estar legitimado se refiere a la situación que guarda una persona en relación a determinado estado de derecho, lo que le permite obrar o intervenir directamente en él. Las partes en el proceso deben encontrarse legitimados ya para ejercitar sus derechos tanto sustantivos como adjetivos o bien para defenderlos. En el proceso existen los diferentes tipos de legitimación:

a) Legitimación en la Causa.- Situación jurídica que le permite al actor o demandado intervenir por su propio derecho en el proceso.

b) Legitimación en el Proceso.- Situación jurídica que le permite a un sujeto intervenir en el proceso validamente representando a otro.

c) Legitimación Activa.- Le corresponde a la parte actora y consiste en poder ejercitar activamente sus derechos en virtud de ser el titular de los mismos.

d) Legitimación Pasiva.- Le compete al demandado y consiste primordialmente en que éste sea el obligado a cumplir con las prestaciones que se reclaman en juicio.

6).- PERSONALIDAD PROCESAL

Se entiende por personalidad de los litigantes lo que en la doctrina, se llama “capacidad procesal” o sea la facultad que la ley reconoce a determinadas personas y niega a otras, de ejercitar el derecho de acción procesal, es decir, de acudir a los tribunales en demanda de justicia llevando a cabo todos los actos procesales necesarios para ello. En ocasiones el termino personalidad se circunscribe a la aptitud que tiene un sujeto para representar

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