Regimen De Propiedad De Inmuebles Del Ciudadano Extranjero En Mexico
Enviado por anyre • 12 de Noviembre de 2014 • 414 Palabras (2 Páginas) • 359 Visitas
RÉGIMEN DE PROPIEDAD DEL INMUEBLE DEL EXTRANJERO
La propiedad del extranjero en México
Es el artículo 27 constitucional el que regula la propiedad in-
mueble para el extranjero limitándolo a suscribir la cláusula -.
Calvo, así como prohibir adquirir en propiedad dentro de los
límites de una franja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán -
los extranjeros adquirir el dominio directo sobre las tierras y
aguas.
Únicamente al Transmigrante le está prohibido la adquisición
de bienes inmuebles por la misma calidad migratoria.
En relación con bienes muebles puede adquirirlos sin restricción mayor que las estipuladas por la propias regulaciones,
así como podrá realizar depósitos de valores que también
le permitan las disposiciones respectivas.
En el articulo 121 de nuestra constitución se consagra lo siguiente:
“Los bienes inmuebles se rigen por la ley del lugar de su ubicación”. Principio conocido en el Derecho Internacional Privado como el de LEX REI SITAE.
Siendo absurdo desde el punto de vista jurídico aseverar que los bienes inmuebles se rigen por la ley del lugar de su ubicación, ya que por estricto derecho los bienes no pueden regirse, no pueden ser titulares de derechos, ni reportar obligaciones, ni mucho menos ser sancionados.
El principio antes enunciado como norma jurídica solo se refiere a la conducta humana que tenga relevancia jurídica en relación con un bien inmueble, considerando a los inmuebles uli singuli como aspecto de objeto de un patrimonio
El articulo 2 de la ley de inversión extranjera, por inversion extranjera se entiende:
1. La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas.
2. La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero.
3. La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por la ley de inversión extranjera.
Con respecto a las personas morales, la Ley de Nacionalidad considera como mexicanas a las que se constituyan conforme a las leyes de la República y tengan en ella su domicilio legal.
Entre las obligaciones establecidas se menciona la siguiente:
Inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) Sección Segunda de la Secretaría de Economía dentro e los 40 días hábiles contados a partir de la fecha de constitución de la sociedad o de participación de inversión extranjera.
Ya inscritas en el RNIE tendrán que cumplir además con las obligaciones siguientes:
I. Informe económico anual (renovación de la constancia de inscripción).
II. Informe trimestral sobre
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