Resumen Resolucion 909/ 2008
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MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCION NÚMERO
(0909)
5 de junio de 2008
Por la cual se establecen las normas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones
Artículo 1°. Definiciones. Para los fines de la presente resolución se adoptan las definiciones contenidas en el Anexo 1.
• Emisión: Es la descarga de una sustancia o elemento al aire, en estado sólido, líquido o gaseoso, o en alguna combinación de estos, proveniente de una fuente fija o móvil.
• Emisión Molesta: Es aquella generada por sustancias o actividades industriales, comerciales o de servicio, que produce fastidio, aunque no cause daño a la salud humana.
CAPITULO II
Estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire para fuentes fijas puntuales de actividades industriales
Parágrafo 1°. Los procesos e instalaciones de producción de pigmentos inorgánicos a base de caolín, carbonato de sodio y azufre, tendrán un límite de emisión admisible de SO2 de 2000 mg/m3 a condiciones de referencia y el oxígeno de referencia para estos procesos será del 18%.
Parágrafo 2°. Los procesos e instalaciones de producción de ácido sulfúrico y de azufre tendrán un límite de emisión admisible de SO2 de 1600 mg/m3 para las instalaciones existentes y de 900 mg/m3 para las instalaciones nuevas, a condiciones de referencia y con oxígeno de referencia del 11%.
Parágrafo 3°. Los procesos e instalaciones de producción de caprolactama tendrán un límite de emisión admisible para SO2 de 1600 mg/m3 y para NOx de 1000 mg/m3 a condiciones de referencia y con oxígeno de referencia del 11%.
Estándares de emisión admisibles para equipos de combustión externa existentes a condiciones de referencia (25 ºC, 760 mm Hg) con oxígeno de referencia del 11%
DEFINICIONES
Biomasa: Materia orgánica originada en un proceso biológico, espontáneo o provocado, utilizable como fuente de energía.
Combustión Externa: Es el proceso en el cual, el combustible es utilizado para formar vapor fuera del equipo y parte de la energía interna del vapor se emplea para realizar trabajo en el interior del equipo.
Combustibles Gaseosos: Se denominan combustibles gaseosos a los hidrocarburos naturales y a los fabricados exclusivamente para su empleo como combustibles, y a aquellos que se obtienen como subproducto en ciertos procesos industriales y que se pueden aprovechar como combustibles. Por ejemplo: gas natural, metano, etano, propano, butano, gas de refinería, gas de alto horno, biogas o mezclas de éstos.
Combustibles Líquidos: Se consideran combustibles líquidos Diesel, Fuel Oil No. 2 o ACPM, Fuel Oil Nº 6, crudo o bunker.
Combustibles Sólidos: Se consideran combustibles sólidos los siguientes: carbón
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