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ELEMENTOS DE EXISTENCIA Y DE VALIDEZ


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2013  •  1.049 Palabras (5 Páginas)  •  293 Visitas

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Anteriormente habíamos señalado que no existe variación alguna, en términos generales, en relación a las reglas generales del contrato civil, respecto al mercantil y tratándose de los elementos del contrato mercantil, se sigue la misma regla ya apuntada anteriormente, según el artículo segundo del Código de Comercio que indica que se aplicará a los actos de comercio las disposiciones del derecho común a falta de las de este código.

ELEMENTOS DE EXISTENCIA

Así que los contratos mercantiles al igual que los civiles, tienen dos elementos de existencia: que son el consentimiento y el objeto.

El autor Miguel Martínez y Flores, indica que el consentimiento y el objeto son elementos esenciales para la existencia del contrato mercantil y que puede ser invalidado por incapacidad legal de las partes, por vicios del consentimiento, por ilicitud en su objeto, motivo o fin, porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.

Ahora vamos a analizar primeramente los dos elementos de existencia del contrato mercantil, resaltando aquellos puntos importantes y diferenciales con el derecho civil.

CONSENTIMIENTO

El autor Manuel Broseta, indica que los contratos mercantiles (al igual que los civiles) se perfeccionan con el consentimiento de las partes, el cual se produce por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa del contrato, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1262 del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando el contrato se celebra entre presentes --indican los autores Arturo Puente y Flores y Octavio Calvo--, no es difícil saber en que momento se perfecciona, ya que este existe desde que las dos partes manifiestan su voluntad de obligarse, el problema surge cuando este contrato se celebra entre ausentes; en este caso la oferta y la aceptación pueden hacerse por escrito, y esto da lugar a los contratos para correspondencia.

El artículo 80 del Código de Comercio nos explica que en este caso de contratos que se celebran por correspondencia se perfeccionarán en el momento en que se conteste aceptando la propuesta o las condiciones con que esta sea modificada.

En cuanto a la correspondencia telegráfica se producirá obligación entre los contratantes cuando hayan admitido previamente y por escrito este medio.

Nos indica el maestro Cervantes Ahumada que en este se sigue el sistema de la expedición, pero que tiene una excepción, que se trata del contrato de seguros en el que se sigue el sistema de recepción.

OBJETO

El objeto es la cosa que el obligado debe dar o el hecho que deba hacer o no hacer. En las obligaciones de dar, el objeto debe reunir los siguientes requisitos:

1.- Existir en la naturaleza.

2.- Ser determinado o determinable en cuanto a su especie.

3.- Estar en el comercio.

En cuanto a las obligaciones de hacer o no hacer, éstas deben ser posible y lícitas.

Es imposible el hecho que no puede existir porque es incompatible con una ley de la naturaleza o con una norma jurídica que debe regirlo necesariamente, y que constituye un obstáculo insuperable para su realización; por el contrario, no se considera imposible el hecho que no pueda ejercitarse por el obligado, pero sí por otra persona en lugar

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