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ANALISIS A BASURA CERO


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.801 Palabras (8 Páginas)  •  161 Visitas

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ANALISIS A BASURA CERO

Jesús Manuel Porras Mendoza

David Toro

Sergio Díaz

Santiago Daza

La administración distrital del Alcalde Gustavo Petro incluyo en su programa de desarrollo el programa basura Cero, el cual básicamente busca  lograr que los residuos  no sean enterrados o incinerados, sino más bien aprovechados eficientemente y así de este modo devolverlos al ciclo productivo en un 100 %.

Uno de los determinantes importantes en basura cero y fundamental para el desarrollo del programa, es la cultura ciudadana, se plantea cambiar ese proceso actual que básicamente consiste en “Extraer, Consumir y descartar”   por una de mayor conciencia y compromiso, para un buen aprovechamiento  fundamentada en consumo responsable, la separación en la fuente, la reutilización, la reparación y el reciclaje de los bienes de consumo.

El programa de basura 0  fue aprobado  en el proyecto  de acuerdo 249 de 2013 el cual busca realmente es la institucionalización del mismo, principalmente este programa busca contribuir en el cambio hacia la protección del cambio climático. Y el cual no es nuevo ya que se ha venido aplicando en diferentes países como Nueva Zelanda quien fue el primer país.

Empresas

Por el Mercado y En el Mercado

Por lo tanto se puede observar como durante el programa de basura cero presentado en el proyecto se regula la participación de las empresas públicas y privadas o de cualquier otra institución participante en el programa.

“ARTÍCULO 369º. La ley determinará los deberes y derechos de los usuarios, el régimen de su protección y sus formas de participación en la gestión y fiscalización de las empresas estatales que presten el servicio. Igualmente definirá la participación de los municipios o de sus representantes, en las entidades y empresas que les presten servicios públicos domiciliarios.

ARTÍCULO 68º: El aprovechamiento de residuos sólidos podrá ser realizado por las siguientes personas: 1. Las empresas prestadoras de servicios públicos. 2. Las personas naturales o jurídicas que produzcan para ellas mismas o como complemento de su actividad principal, los bienes y servicios relacionados con el aprovechamiento y valorización de los residuos, tales como las organizaciones, cooperativas y asociaciones de recicladores, en los términos establecidos en la normatividad vigente. 3. Las demás personas prestadoras del servicio público autorizadas por el artículo 15 de la Ley 142 de 1994, conforme a la normatividad vigente.”

  • Sin embargo Quiere decir entre otras cosas que hay participación de cualquier entidad siempre y cuando el distrito, el cual está bajo la facultad de decidir si la situación lo determina.

Se pasó del sistema antiguo de participación múltiple, de un sistema donde había participación fuerte de los privados (una participación en el mercado), representada por un oligopolio, básicamente un conjunto de empresas dentro del círculo del mercado, por una participación mínima de los mismo y una participación mayor del estado (básicamente por el mercado) donde el circulo básicamente para a ser controlado por una empresa en este caso publica, Monopolio. Sin embargo en ningún momento se excluye la participación privada.

Recicladores

Durante todo el programa se recalca que la participación de los recicladores es de vital importancia, ya que ellos son parte fundamental en el proceso de reciclaje, por ejemplo se muestra una cifra en la que el 55% de la recuperación del papel es hecha por este gremio.

Y también se muestra la Acción de tutela interpuesta por Silvio Ruiz Grisales y la Asociación de Recicladores de Bogotá, en la cual se indicaba que había una barrera de entrada para los recicladores para participar en dicho proceso. Que el proceder de la UESP (Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos), no fue totalmente durante las licitaciones, ya que beneficiaban a los grupos de poder empresarial del momento.

Y por último se expresa fuertemente que la participación por parte del gremio de los recicladores debe ser sostenida mediante garantías y un modelo de reestructuración.

“II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

4. Incentivar la articulación con los diferentes tipos de organizaciones de recicladores, reciclado y aprovechamiento de los recursos, promoviendo una industria y el correspondiente mercado de productos recuperados.

4) CONTEXTO BOGOTA D.C.

 52% de recuperación de papel en Colombia, gracias a los recicladores. Estamos por encima de los  Estados Unidos.

ARTÍCULO 4º: El artículo 81 del Decreto 1713 de 2002, quedará así:

"ARTÍCULO 81.- PARTICIPACIÓN DE RECICLADORES. -Los Municipios y los Distritos asegurarán en la medida de lo posible la participación de los recicladores en las actividades de aprovechamiento de los residuos sólidos

        1.5.4. OTROS.

SENTENCIA T-724/03. Acción de tutela interpuesta por Silvio Ruiz Grisales y la Asociación de Recicladores de Bogotá - ARB contra el Distrito Capital de Bogotá – Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos.”

"...Consideran los actores vulnerado su derecho fundamental al debido proceso, toda vez que dentro de la actuación de la UESP hubo un "sistemático y antiguo manejo parcial que les impide a los recicladores ingresar a la prestación formal del servicio";...consideran vulnerado el principio de la buena fe, por cuanto la conducta de la UESP antes y durante el proceso licitatorio no ofrece garantías de transparencia; estiman vulnerado su derecho fundamental a la igualdad, pues, según ellos, el Pliego de Condiciones está diseñado para favorecer a un grupo específico de personas, ya que no contempla acciones afirmativas a favor de una población vulnerable y marginal como son los recicladores, a quienes pone a competir en igualdad de condiciones con poderosos grupos económicos

Articulo 3º

d. Inclusión Social: En todos los procesos de separación desde la fuente, reciclaje y aprovechamiento de residuos que adelante la Administración Distrital mediante el Servicio Público de Aseo, se garantizará la vinculación de organizaciones de recicladores de oficio. De igual forma, las diferentes empresas especializadas…”

AUTO 275 DE 2011

Finalidad

  • Revisar, definir y enviar  la corte parámetros  para separación, reciclaje, tratamiento y aprovechamiento  de RS  y reflejarlos  en la estructura  tarifaria general.
  • Acompañamiento técnico  y regulatorio a la UESP en la implementación  de un esquema  de aprovechamiento en Bogotá.

Básicamente este auto toma resolución para respaldar su determinación final, algunas de estas son:

  • Resolución número 352  de 2005: la cual determina la medición de los residuos por áreas de prestación.
  • Resoluciones 233 y 236  de 2002: incentivo a los usuarios agrupados que presenten los residuos de forma conjunta.
  • Resolución 351  de 2005: Remuneración por aprovechamiento.
  • Parámetro 5 :
  1. Creación y funcionamiento  de organizaciones  autorizadas (recicladores).
  2. Asesoría por parte de la UESP  y otras entidades del gobierno a los recicladores

Después de verificar claramente el auto 275 se puede determinar que la participación por diferentes grupos y personas está totalmente abierta, sólo que en cierta medida si incentiva a la formación de  los monopolios, ya que pretende dar beneficios económicos aquellos recicladores que presenten sus residuos en conjunto, es decir que la presentación de los mismo de manera individual no está fuertemente respaldada, lo que de cierta medida permitirá que los grupos existentes absorban los recicladores individuales, en lo que tiene que ver con la presentación.

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