ASPECTOS RELEVANTES DEL MERCADO DE VALORES EN EL SISTEMA FINANCIERO
Enviado por • 16 de Septiembre de 2014 • 2.647 Palabras (11 Páginas) • 524 Visitas
La Función del Mercado de Valores en el Sistema Financiero Mexicano.
Cuando se habla de valores, en el sentido técnico de nuestra asignatura, se debe comprender que se habla de fantasmas. Los valores son, como todas las instituciones del derecho, ficciones utilizadas para la regulación de otro aspecto de este un poco más concreto: los bienes, fungibles en nuestro caso, o mejor dicho su obtención futura (por regresar a las abstracciones), posibilidad de ganar frente a un riesgo asumido.
Creemos que en ese riesgo se resume el objetivo de las leyes del mercado de valores, en que el riesgo que asumen las partes se encuentre lo más controlado posible.
Ahora, para poder describir la función del mercado de valores, en primer lugar debemos hacer un concepto del término que nos haga ver de forma clara qué es aquello que se compra y se vende en ese mercado.
Es posible afirmar que por valores entendemos aquellos títulos de crédito y otros que representan capitales, que son susceptibles de transmisión en virtud de la obtención futura de una renta que puede ser variable o fija, y con un riesgo mayor o menor debidamente asumido.
Dentro de este marco conceptual, la naturaleza de los valores se encuentra en la expectativa de obtener un margen mayor sobre lo arriesgado, la especulación, y en la rentabilidad, fija o variable, que puede ofrecer un título, si por ejemplo se elige uno emitido por el gobierno con un rendimiento de tasa específica a cierto tiempo, o si por el contrario se prefiere adquirir acciones a precio y rendimiento según el mercado en un momento cierto.
La distinción con otros títulos como el pagaré o el cheque que pretenden garantizar una obligación, es que el título accionario representativo de un valor económico que cotiza en una bolsa, busca el riesgo esperando una ganancia, al especular en un mercado.
Este objetivo también es el que lo diferencia de las acciones de sociedades anónimas. En las sociedades anónimas las condiciones de venta están pactadas y se conocen desde el principio, en cambio, las acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores cuentan con un valor sujeto a condiciones de muchas formas impuestas por el mercado.
Sobre mercados
Sabemos que los hay de todos tipos y sin embargo su cualidad es la misma, ser el centro del comercio.
Imposible no ver el nuevo centro de tráfico, el virtual, con sus regulaciones todavía frescas y sin mucho respaldo empírico. Los mercados municipales, por otro lado, en los que se comercian mercancías básicas, tienen normas administrativas expedidas por las autoridades, sin obviar el hecho de que en un mercado municipal también cobran efecto las circunstancias un mercado más grande, en las variaciones en los precios de los productos.
Así, el tráfico de valores tiene su propio lugar, que no necesariamente físico y geográficamente delimitado como el de un mercado municipal, en el que fuerzas económicas se juntan para propiciar el comercio.
El lugar del Mercado de Valores en el sistema financiero mexicano
Como sabemos, el sector financiero es uno de los más importantes en el país, contribuye con una parte fundamental en la economía y funciona como un enorme puente con el mundo.
Se conforma en la parte superior de su estructura por las autoridades, encabezadas por el ejecutivo federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se encuentran también el Banco de México, fideicomisos públicos, la CNBV, CONSAR, CONSEF y las instituciones de protección, como el IPAB y la CONDUSEF.
En su base se encuentran todas las instituciones que ofrecen créditos, las de seguros y fianzas, un sector de derivados y ahí, como uno de los subsectores más grosos, está el bursátil.
En él están ubicadas, entre otros, las sociedades operadoras y administradores de inversión, de deuda y de capitales, oficinas de representación, las sociedades que operan como bolsa de valores, casas de bolsa, encargadas las últimas, junto con los especialistas bursátiles y sociedades de inversión, de funcionar como intermediarios entre los demandantes de financiamiento que emiten valores y los inversionistas que actúan, como ya se dijo, en función de un ánimo de alcanzar una ganancia, siendo los que colocan y dirigen la inversión.
La intermediación bursátil
En este sentido, una de las funciones más importantes del mercado de valores es la de ser foco de la intermediación de valores, y, para ser más abundantes en este rubro, citamos la Ley del Mercado de Valores, que en la fracción XV de su artículo segundo defina la intermediación con valores como “la realización habitual y profesional de cualquier de las actividades que a continuación se indican: a) actos para poner en contacto oferta y demanda de valores. b) Celebración de operaciones con valores por cuenta de terceros como comisionista, mandatario o con cualquier otro carácter, interviniendo en los actos jurídicos que correspondan en nombre propio o en representación de terceros. c) Negociación de valores por cuenta propia con el público en general o con otros intermediarios que actúen de la misma forma o por cuenta de terceros.”
Para desglosar la definición que nos otorga la Ley, tenemos que en el inciso a) se encuentra dispuesta la función de colocar y dirigir la inversión a la hora de “poner en contacto” oferta y demanda de valores. En el inciso b) observamos la función de representación, o no, que puede ejercer un intermediario, y, finalmente, en el inciso c), se observa que un intermediario en representación o en su nombre pero por cuenta de otros, puede negociar valores con otro intermediario que, en representación o en su nombre pero por cuenta de otros, realiza las mismas actividades.
Vemos también que en el supuesto que propone la Ley se habla de la realización habitual o de cualquiera de las actividades que señala el artículo citado, presentándonos un problema conceptual para saber cuando sea realiza una actividad de manera habitual o cuando no, problema que no es exclusivo de la Ley del Mercado de Valores .
La Real Academia de la Lengua Española nos dice que la definición de habitual es: “Que se hace, padece o posee por continuación por hábito” . Elemento lógico es el de la continuación, ya que elimina de una vez la posibilidad de que una actividad “habitual” se realice una sola ocasión, sin embargo, surge la pregunta sobre cuál es la frecuencia con que dos actividades se deban realizar para que su realización sea continúa.
Para seguir disipando nuestras dudas (en el mejor de los casos) respecto a la habitualidad de una acción, la RAE nos dice que por hábito entendemos el “modo especial de proceder o conducirse adquirido por repetición de actos iguales o semejantes, u originados por
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