Acta Constitutiva
Enviado por sugeyiker29 • 16 de Febrero de 2014 • 870 Palabras (4 Páginas) • 401 Visitas
ACTA CONSTITUTIVA
I
En la Ciudad de Monterrey N.L el día 24 del mes de Enero de 2014 los Señores Brian Pastrana Baltasar, de 19 años, estado civil soltero, profesión contador y Luz Maria Surge Lugo Mata, de 17 años, estado civil soltera, profesión contador han decidido constituir una Sociedad Anónima, de conformidad con lo establecido en el siguiente Estatuto:
Título I: Denominación, Domicilio, Plazo y Objeto.
Artículo 1º. Se denominará la Sociedad "Computers and Printers Lugo Pastrana Sociedad Anónima", con domicilio legal en Ave. Rómulo Garza #507 Col. Constituyentes de Querétaro San Nicolás de los Garza N.L, pudiendo establecer sucursales o agencias en todo el territorio de la República.
Artículo 2º. Se constituye la Sociedad por 5 años, contados a partir de la fecha del presente Instrumento, venciendo el día 24 de enero de 2019
Artículo 3º. El objeto de la Sociedad será el siguiente: compra y venta de computadoras e impresoras
Artículo 4º. El capital social es de $1’200,000 representado por 2 acciones de $600,000 valor nominal cada una.
Artículo 5º. Por decisión de la asamblea ordinaria, el capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo determina el Art. 188 de la Ley 19.550.
Artículo 6º. Se puede emitir títulos representativos de más de una acción. Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del Art. 211 de la Ley 19.550.
Artículo 7º. Las acciones pueden ser nominativas, endosables o no, ordinarias o preferidas.
Artículo 8º. El Directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado por el Art. 193 de la Ley 19.550, en caso de mora en la integración del capital.
Artículo 9º. Se puede emitir títulos representativos de más de una acción.
Título II: Administración y Representación
Artículo 10º. Está a cargo de un Directorio la Administración de la Sociedad, compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de dos y un máximo de 10, con mandato por 5 años.
Artículo 11º. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeren.
Artículo 12º. Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente y un Vicepresidente; éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.
Artículo 13º. La Asamblea fijará la remuneración del Directorio. El Directorio sesiona válidamente con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos presente.
Artículo 14º. Tiene el Directorio todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales. En consecuencia puede celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento
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