Alegatos De Conclusion
Enviado por anfeniso • 1 de Noviembre de 2012 • 639 Palabras (3 Páginas) • 2.615 Visitas
QUEJA
DR. ANTONIO TORREGROZA
AREA: DISCIPLINARIO
ALUMNA: DIANA PATRICIA SOLANO CASTAÑEDA
CASO HIPOTETICO:
Dependencia: Despacho Procuraduría Primera Delegada - Contratación Estatal
Disciplinario: BESALION CASTAÑO ARIAS
Cargo y Entidad: Gobernador del Departamento del Meta
Quejoso: José Ignacio Zúñiga Garzón.
Fecha de queja: 24 de Abril de 2010
Asunto: Pliego de Cargos (artículos 161,162 y 163 de la Ley 734 de 2002).
En Villavicencio, 24 días del mes de Abril de 2010, se hizo presente el señor JOSE IGNACIO ZUÑIGA GARZON, identificado con cedula de ciudadanía No. 17.320.510 de Villavicencio en su calidad de Rector del colegio INEM LUIS LOPEZ DE MESA, quien mediante queja denuncia las irregularidades en la ejecución del contrato No. 001 de 2008 suscrito entre la Gobernación del Meta en cabeza de BESALION CASTAÑO ARIAS, cuyo objeto fue la construcción de un Muro encerramiento en las Canchas de Voleibol dentro del Colegio INEM LUIS LOPEZ DE MESA, en Villavicencio por consiguiente nos allega copia del contrato No 001 de 2008 y solicita que se realice una investigación disciplinaria contra el señor BESALION CASTAÑO ARIAS, en su condición de Gobernador del Departamento del Meta y JUAN DAVID BUSTAMANTE MENDEZ, quien fungió como interventor del mencionado contrato
Documentos que Anexa:
1. 10 Fotografías
2. Contrato No 001 de 2008
Atentamente,
JOSE IGNACIO ZUÑIGA GARZON
C.C. 17.320.510 de Villavicencio
DILIGENCIA DE VERSION LIBRE
Dependencia: DESPACHO Procuraduría Primera Delegada Contratación Estatal
Radicación: 0008-28-07-2010
Disciplinario: BESALION CASTAÑO ARIAS
Cargo y Entidad: Gobernador del Departamento del Meta
Fecha de queja: 24 de Abril de 2010
Asunto: Pliego de Cargos (artículos 161,162 y 163 de la Ley 734 de 2002), Ley 80 de 1993
En Villavicencio, Departamento del Meta, a los 28 días del mes de de Julio de 2010 siendo a las 2:30 pm, se hizo presente en la Procuraduría Segunda Delegada Contratación Estatal el doctor BESALION CASTAÑO ARIAS, identificado con cedula de ciudadanía No. 91.211.548 de Villavicencio, con el fin de ser escuchado en diligencia de VERSION LIBRE en el proceso 0008-28-07-2010. Acto seguido el Procurador le informa el derecho que tiene a designar un abogado que lo asista en la presente diligencia ante lo cual manifestó que si. Le otorga poder para todas las diligencia procesales a la doctora DIANA PATRICIA SOLANO CASTAÑEDA identificada con cedula de ciudadanía No. 40.397.245 de Villavicencio. Esta delegada le informa que la versión que va a rendir
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