ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CASOS HIPOTÉTICOS


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2014  •  1.457 Palabras (6 Páginas)  •  351 Visitas

Página 1 de 6

LOS CASOS HIPOTÉTICOS PODRÍAN SER EN MATERIA LABORAL O PENAL:

CASOS: Lo que dice el Art. 780 C.C. La posesión actual no hace presumir la anterior, salvo que el poseedor tenga título; en este caso se presume que ha poseído desde la fecha de su título, si no se prueba lo contrario.

COMENTARIO: Si yo poseo hoy un inmueble, eso no hace presumir que yo haya sido poseedor tres (3) años antes, soy poseedor actual, ¿qué es lo que hace presumir que en tiempo anterior yo era poseedor? Que tenga un título, que tenga un acto jurídico por el cual yo haya derivado ese derecho de posesión, entonces se presume la posesión, la posesión anterior también. Es una presunción iuris tantum,

Usted es poseedor hoy, eso no quiere decir que lo fue el año anterior, ah pero mire, yo tengo un título aquí que me acredita como poseedor desde hace 14 meses, ah entonces se presume que posee desde la fecha de su título a no ser que se demuestre lo contrario, a no ser que se demuestre por ejemplo que es una posesión activa e ininterrumpida.

CASOS: Si somos trabajadores para una determinada persona o empresa, cuando digo trabajador, es porque haya una relación de subordinación y que nos pagan un salario por el trabajo que estamos desempeñando, luego es importante que la prestación de ese servicio por el cual nos pagan sea ininterrumpido (esto no quiere decir que no debe haber intermitencia) porque recuerden que hay servicio, que hay trabajo, eso no quiere decir que no sea constante la prestación del servicio, a lo mejor a usted le toca trabajar siendo enfermera tres (3) guardias por semana, ah, pero no trabajo los 5 días de la semana, es que por su trabajo no tiene que hacerlo, basta que haya trabajado esos tres (3) días, eso no dice su servicio fue interrumpido, no al contrario, fue ininterrumpido, prestó servicio cada vez que tenía que hacerlo, a cambio de lo cual pagaron su salario mensual, luego hay un hecho conocido el pago del salario mensual, completo sin ninguna deducción, ¿eso que me hace presumir a mí? que el trabajador prestó sus servicios ininterrumpidamente, porque sino, ¿por qué le pagaron completo? No que faltó tres (3) días veces en el mes y hay que despedirlo.

¿porque le pagó completo?, si paga completo se presume que trabajó en forma ininterrumpida, luego de un hecho conocido como el pago del salario sin deducción se llega a uno desconocido como es que el servicio fue prestado ininterrumpidamente.

Las presunciones pueden estar establecida por la Ley, también están las presunciones de que el hijo habido en el matrimonio es de ese querido papá, aunque lo niegue y aún sea verdad que no sea suyo, pero como nació del matrimonio, se la carguen a su cuenta, esa presunción es juris et juris, es suyo le guste o le desagrade. Puede ser una presunción legal o puede ser una presunción Hominis establecida por el hombre, por el juez que va a decidir pero se cual fuere la presunción es lo cierto que partimos de un hecho conocido para llegar a otro que no lo es, contrario alo que muchos piensan de que cuando un alegato se basa en una presunción no hay que probarlo, es mentira hay que probar el hecho conocido. si usted está reclamando prestaciones sociales, o el pago de domingos y feriados o vacaciones tiene que probar que la relación fue ininterrumpida, si demanda l cobro de prestaciones y el patrono le niega los hechos que usted está señalando en la demanda, usted tiene que probar que ese servicio fue ininterrumpido y como lo pruebo, usted tiene un testigo que está todos los minutos que usted a trabajado viéndolo trabajar, imposible ese no sería testigo nunca, ese sería un gran mentiroso, como prueba usted que el servicio fue ininterrumpido con el sueldo, con una presunción ¿Cuál es el hecho conocido? mes tras mes me pagaron mi salario completo. Entonces llegamos a probar un hecho desconocido partiendo de un hecho conocido, pero ese conocido hay que probarlo.

LOS HECHOS ADMITIDOS POR LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS admitir es aceptar, hay un medio de prueba que se llama la confesión. En innumerables conversaciones viendo una película, en un sin fin de situaciones van a decir fuláno confesó.

Confesar

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (8 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com