ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apunte y problema de salario


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2021  •  Resumen  •  482 Palabras (2 Páginas)  •  48 Visitas

Página 1 de 2

       [pic 1]         TECNOLOGÍCO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE ECATEPEC.

Maestra: Ana María Flores Romero

MATERIA: LEGISLACIÓN LABORAL. 

NOMBRE DEL DOCENTE: ANA MARIA FLORES ROMERO.

NOMBRE DEL ALUMNO: Alexis Josimar Urrutia Salazar

GRUPO: 16201      TURNO: MATUTINO   FECHA: 22/10/2021

No. UNIDAD 4. CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO.

4.1.1 JORNADAS DE TRABAJO

4.1.2 DIAS DE DESCANSO  

4.1.3 AGUINALDO

4.1.4 TIEMPO EXTRAORDINARIO

4.1.5 VACACIONES.

ACTIVIDADES 2do. Parcial

APUNTE Y PROBLEMA

4.1.1 JORNADA DE TRABAJO.

  • Jornada Diurna es igual a 8 horas.
  • Jornada Nocturna igual a 7 horas.
  • Jornada Mixta igual a 7 horas y media.

4.1.2 DÍAS DE DESCANSO.

  • Artículo 69 LFT. Establece que todo trabajador deberá de tener 1 día de descanso.
  • Artículo 70 LFT. Los trabajos que requieran una labor continua el patrón y el trabajador se pondrán de acuerdo los días que disfrutará de descanso.
  • Artículo 71 LFT. Establece que el día de descanso natural se procure sea el domingo: Los trabajadores que presten servicio el día domingo considerado como día de descanso se le pagará doble más un 25% de prima dominical.
  • Artículo 72 LFT. Cuando un trabajador no labore toda la semana se le pagará un salario proporcional a los días que hubiera trabajado de igual manera que el día de descanso.
  • Artículo 73 LFT. Los trabajadores no están obligados a trabajar en día de descanso.

  • Artículo 74 LFT. Establece los días de descanso obligatorios:
  • 1 de Febrero.
  • Primer lunes de Febrero (5 de febrero).
  • Tercer lunes de marzo (21 de Marzo).
  • 1 de Mayo.
  • 16 de Septiembre.
  • Tercer lunes de Noviembre (20 de Noviembre).
  • 1 de Diciembre por cada 6 años.
  • 25 de Diciembre.
  • Artículo 75 LFT. Los trabajadores quedarán obligados a prestar su servicio si la empresa lo requiere en los días de descanso con un salario doble.

4.1.3 AGUINALDO.

El trabajador tendrá derecho a que se le pague antes del 20 de Diciembre, el aguinaldo, por lo menos, de una quincena.

PROBLEMA.

Si trabajaste menos de un año para tu patrón, para calcular lo que te corresponde de aguinaldo sigue estos pasos. Los resultados corresponden a un trabajador que trabajó seis meses y 10 días con un salario neto mensual de 13,000 pesos. 

13,000 pesos / 30 días = 433.33 pesos de salario diario

433.33 x 15 = 6,500 de aguinaldo

Toma el aguinaldo y divídelo entre 365 días = 17.80 pesos de aguinaldo por día

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb) pdf (147 Kb) docx (344 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com