CERTIFICADOS DE ORIGEN
Enviado por gabi__875 • 2 de Junio de 2015 • 545 Palabras (3 Páginas) • 157 Visitas
El certificado de origen, así como el EUR, el FORM A y otros documentos de origen, sirve para acreditar frente a la autoridad aduanera de importación que la mercancía que en él se detalla se ha fabricado o producido en el país que se indica como origen.
La acreditación del origen resulta imprescindible para determinar el arancel aplicable a la importación y los regímenes preferenciales derivados de acuerdos entre ambos países.
El procedimiento normal es que el certificado de origen sea expedido en el momento de la exportación.
En caso de pérdida o robo se podrá solicitar la expedición de un duplicado exactamente igual al certificado expedido inicialmente, en el que figurara la leyenda “duplicado” y la fecha de la expedición del certificado original, produciendo sus efectos a partir de esa fecha y no la del día en que se expide el duplicado.
Excepcionalmente, y por causas justificadas y/o circunstancias especiales, podrá solicitarse la expedición de un certificado “a posteriori”. En este caso en el certificado deberá indicarse la leyenda “expedido a posteriori”.
La administración aduanera podrá de oficio y aleatoriamente realizar los oportunos controles “a posteriori” para comprobar la autenticidad de los documentos de origen y los datos contenidos en ellos.
Asimismo, si existieran dudas fundadas respecto a la autenticidad y contenido, podrán realizarse los oportunos controles a efectos de las comprobaciones pertinentes.
En el caso de los sistemas preferenciales existe un plazo inicial de seis meses para que la Administración aduanera del país consultado conteste a la solicitud de comprobación.
Transcurrido ese plazo sin obtener contestación será reiterada la solicitud y, si en un segundo plazo de cuatro meses no ha sido obtenida contestación, o la misma ha sido contradictoria con lo solicitado la Administración aduanera podrá denegar el beneficio solicitado liquidando la diferencia de derechos no ingresada inicialmente.
El certificado de origen deberá haber sido expedido por una autoridad debidamente facultada por el país emisor o por un organismo que ofrezca las garantías necesarias y, asimismo, debidamente facultado.
Deberá contener todas las indicaciones necesarias para la perfecta identificación de las mercancías a que se refiera (número, naturaleza, marcas o numeración de los bultos, descripción de la mercancía, pesos bruto y neto, nombre del expedidor, etc.).
Por último, deberá certificar fehacientemente que la mercancía que se detalla es originaria de un país determinado.
El plazo de validez es de 5 meses desde la fecha de expedición.
Se utiliza para el intercambio con países catalogados como “terceros” por el Arancel de Aduanas Comunitario (TARIC).
El
...