ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CLASIFICACIÓN Y CARACTERISTICAS DE ACCIONES


Enviado por   •  13 de Agosto de 2014  •  1.681 Palabras (7 Páginas)  •  360 Visitas

Página 1 de 7

CLASIFICACION Y CARACTERISTICAS DE LAS ACCIONES

DEFINICIÓN DE ACCIÓN

Las acciones son títulos de crédito nominativos, que representan una parte, en que se ha dividido el importe del capital social de una sociedad mercantil capitalista.

Los Títulos de crédito nominativos, que acreditan a su poseedor la calidad de accionistas incorporando las obligaciones y los derechos que tienen frente a una S.A. o S. en C.X. A, o bien: Conjunto de derechos y obligaciones Status que tiene un accionista frente a una S.A. o S. en C. por A.

Características:

Clasificación

Las acciones pueden clasificarse, desde varios puntos de vista, sin embargo, nosotros mencionaremos la representación en el capital social, por tanto tendremos:

Las acciones al capital numerario, son las que se exhiben en efectivo (numerario).

Las acciones del capital de especie, son aquellas que habrán de todo o en parte, con bienes distintos al numerario.

Las acciones nominativas, son aquellas en las cuales, consta el nombre del socio o accionista; serán negociables cuando puedan circular de acuerdo al contrato social, serán no negables; cuando el contrato social no permita su circulación.

Las acciones al portador, son aquellas en las cuales no consta el nombre del socio o accionista, solo en el extranjero. Serán sencillas, cuando el título principal represente una acción. Serán múltiples, cuando el título principal represente dos o más acciones.

Las acciones liberadas, son aquellas que han sido exhibidas totalmente. Son acciones pagaderas que han sido exhibidas totalmente. Son acciones ordinarias, aquellas que confieren a sus poseedores legítimos los derechos y las obligaciones establecidos en el contrato social.

Acciones liquidas: Son aquellas que se han negociado en bolsa en los últimos siete días hábiles bursátiles.

Acciones medianamente liquidas: Son aquellas que no habiéndose negociado en bolsa en los últimos siete días hábiles, si lo han hecho en los últimos treinta días.

Acciones no liquidas: Son aquellas que se han negociado en los últimos treinta días hábiles.

Definición

Las acciones son valores negociables de renta variable que representan la fracción o parte alícuota mediante la cual una persona física o jurídica participa en el capital social de una sociedad anónima o sociedad comercial por acciones. Dicha participación se ve reflejada en un valor que otorga a su tenedor la calidad de accionista y conlleva a un conjunto de relaciones jurídicas entre éste y la sociedad. Según el artículo 207 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 (LSC), las acciones serán siempre de igual valor.

Acciones ordinarias: otorgan derecho a voto y poseen derechos económicos en igual proporción a su participación en el capital social. (Art. 2°, Cap. I, Normas CNV).

Como principio cada acción ordinaria da derecho a un (1) voto, pero el estatuto puede crear clases que reconozcan hasta cinco (5) votos por acción ordinaria. No obstante ello, después haberes sido autorizados a hacer oferta pública de sus acciones las sociedades no pueden emitir acciones de voto privilegiado (art. 216, LSC).

Acciones preferidas: otorgan una preferencia económica o dividendos de cobro preferente con respecto a las acciones ordinarias (art. 3°, Cap. I, Normas CNV). Pueden carecer de voto salvo en los siguientes asuntos: transferencia del domicilio al extranjero; cambio fundamental del objeto, disolución anticipada de la sociedad y reintegración total o parcial del capital (arts. 217-244, LSC).

Tienen derecho a voto siempre que se encuentren en mora en recibir los beneficios que constituyen su preferencia y cuando se suspenda o se retirare la autorización de cotización en bolsa (art. 217; LSC).

Acciones de participación: representan una participación en el capital social pero carecen de derecho a voto (art. 4°, Cap. I, Normas CNV).

Acciones no rescatables: sólo pueden ser rescatadas como consecuencia de una reducción de capital decidida por la asamblea de accionistas, sin que el plazo de dicho rescate esté fijado al tiempo de la emisión o quede librado, conforme las condiciones de ésta, a opción del accionista (art. 5°, Cap. I, Normas CNV).

Acciones rescatables: son aquéllas cuyo rescate o compra total o parcial por la emisora o por terceros esté fijado en el tiempo o librado a opción del accionista, según las condiciones de emisión.; o esté comprometido de cualquier otra forma (art. 6°, Cap. I, Normas CNV).

Forma de representación de las acciones

Las acciones pueden representarse en:

Títulos (láminas): pueden representar una o más acciones. (art. 208, LSC) y ser al portador o nominativos, endosables o no. A partir del dictado de la Ley N° 24.587, los valores negociables privados emitidos en el país y los certificados provisionales que los representen deben ser nominativos no endosables. También pueden

Emitirse acciones escriturales conforme a la ley de sociedades comerciales.

Certificados globales: las sociedades que hacen oferta pública pueden emitir certificados globales que representen una determinada cantidad de acciones, para su inscripción en regí-menes de depósito colectivo. (art. 208, LSC).

Acciones escriturales: el estatuto social puede autorizar que todas las acciones o algunas de sus clases no se representen en títulos. En este caso se inscriben en cuentas llevadas a nombre de sus titulares en un registro de acciones escriturales. Este registro puede ser llevado por la sociedad, por bancos comerciales o de inversión o cajas de valores autorizadas. La calidad de accionista se presume por las constancias de las cuentas abiertas en el registro

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com