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CONDICIONES PARTICULARES DE REPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL


Enviado por   •  13 de Abril de 2015  •  Informe  •  291 Palabras (2 Páginas)  •  186 Visitas

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CONDICIONES PARTICULARES DE REPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

PARA EMPRESAS DE VIGILANCIA

Objeto del seguro: Se ampara la Responsabilidad Civil Extracontractual por el uso indebido

de armas de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada de acuerdo con el

Decreto 356 de 1994 Derivada del ejercicio de su objeto social en el giro de la operación de

vigilancia En los predios donde se presta el servicio únicamente.

Requisitos:

- Adjuntar copia de la licencia actualizada y aprobada por la Superintendencia de Vigilancia.

- Original de Certificado de Existencia y Representación Legal con vigencia no superior a tres

meses, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente.

Amparos:

 Responsabilidad Civil por Predios, Labores y Operaciones incluyendo gastos médicos

siempre que el Asegurado sea responsable de acuerdo con la ley sujeto a las condiciones de

la póliza y la aplicación del respectivo deducible previsto.

Amparos Adicionales:

El siguiente amparo es adicional y solo se entenderá contratado si se indica en la caratula de la

póliza y el tomador paga la prima adicional correspondiente.

 Bienes bajo cuidado tenencia y control incluyendo hurto y hurto calificado. Se excluye las

actividades del Asegurado que se relacionen directa o indirectamente con el transporte de

valores o su custodia.

Deducibles: Los deducibles varían teniendo en cuenta, el valor asegurado y otras

características particulares de cada riesgo, como las, protecciones existentes, actividad y

experiencia de siniestros.

Exclusiones:

 Se excluye la infidelidad de empleados.

 Se excluye la desaparición misteriosa

 Se excluye las actividades del Asegurado que se relacionen directa o indirectamente con el

transporte de valores o su custodia.

 Se excluyen las operaciones del Asegurado relacionadas con el chequeo de pasajeros y de

equipaje en aeropuertos.

 Excluye enfermedad profesional, endémica o epidémica, compensaciones a trabajadores y

seguridad social.

 Otras exclusiones, de acuerdo a la póliza original de Seguros del Estado SA.

Garantías:

 Cumplir todos los requisitos exigidos por la Superintendencia de Vigilancia.

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