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CUATRO CLAVES QUE DEBES CONOCER DE LA LEY ANTILAVADO


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2013  •  739 Palabras (3 Páginas)  •  551 Visitas

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ECONOMIA PERSONAL

POR: MC LUIS FERNANDO GRIJALVA ESCALANTE.

grijalva_uas@hotmail.com

CUATRO CLAVES QUE DEBES CONOCER DE LA LEY ANTILAVADO.

1 DE SEPTIEMBRE, 2013

Una persona que vende su auto en 210,000 pesos en efectivo, podría verse involucrada en un delito de lavado de dinero si no se encuentra al tanto del Reglamento de la Ley Antilavado que entró en vigor el 1 de septiembre.

La razón responde a que de ahora en adelante existirán topes al manejo en efectivo y de acuerdo con el artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones de Procedencia Ilícita, cualquier operación con vehículos nuevos o usados, ya sean terrestres, marítimos o aéreos, no debe pagarse o aceptar el pago con monedas, billetes y metales preciosos cuando se trata de una cantidad igual o superior a los 207,879 pesos.

Si la persona que compra el auto resulta involucrada en una actividad ilícita, quien vendió el auto también se podría ver afectado, toda vez que aceptó el dinero en efectivo y no identificó ni informó a las autoridades sobre la operación.

Por eso es importante estar al tanto de lo siguiente:

-Existe una serie de actividades catalogadas como vulnerables y quiénes las realicen deberán contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para poder dar aviso al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las operaciones que rebasen los topes establecidos.

-Las actividades que están sujetas a la ley son:

Juegos con apuesta, concursos y apuesta

Operaciones de mutuo o garantía, préstamos o créditos sin o con garantía

Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles

Compraventa o intermediación de metales, piedras, joyas, relojes y obras de arte

Servicios de construcción, transmisión de derechos, compraventa de bienes inmuebles

Emisión o comercialización de tarjetas de crédito, servicios, prepagados, cheques de viajero, instrumentos de almacenamiento de valores

Servicios profesionales independientes

Notarios públicos y corredores públicos

Comercialización o distribución de vehículos aéreos, marítimos y terrestres nuevos o usados

-Los topes que se establecen para el uso de efectivo:

El artículo 32 lo estipula en salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal. Por ejemplo, en operaciones de compra-venta de bienes inmuebles establece lo equivalente a 8,025 salarios mínimos, que a agosto de 2013 constituyen 519,699 pesos.

Mientras que para el pago mensual de rentas de inmuebles o vehículos indica que son 3,210 salarios mínimos, equivalentes a 207,879 pesos, cantidad que también aplica para las siguientes actividades:

Estos montos también aplican para actividades que se realicen

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